La pensión de alimentos en Chile es un derecho fundamental que garantiza que una persona reciba apoyo económico de otra, generalmente en relaciones de familia como padres e hijos. Este apoyo puede ser establecido por acuerdo entre las partes o por una resolución judicial. Es crucial comprender estos aspectos, ya que, más allá de una separación, los involucrados seguirán siendo familia. Junto con el régimen de visitas, la pensión de alimentos debe ser regulada rápidamente para asegurar el bienestar de todos.
¿Qué Leyes y Normas Regulan el Derecho de Alimentos en Chile?
La pensión de alimentos no se limita a cubrir las necesidades básicas para la subsistencia (comida, vestuario y vivienda), sino que también abarca el aprendizaje y desarrollo integral de la persona que los solicita. Esta información es importante, porque no solo abarca lo preciso para que la persona que los solicita pueda cubrir sus necesidades de desarrollarse espiritual y materialmente.
¿Quién Puede Solicitar Alimentos?
- El Cónyuge: Mientras persista el matrimonio, incluso si están separados, uno de los cónyuges puede demandar alimentos para sí.
- El Hijo o Nieto: Este es el caso más común.
- El Padre: Por ejemplo, un padre anciano cuya pensión de vejez no es suficiente.
- Los Hermanos: Un caso menos común, pero posible, como un hermano en dificultades económicas.
La ley establece un orden de prelación para el pago de alimentos. Generalmente, se deben pagar hasta los 21 años, y se puede extender hasta los 28 años si la persona está estudiando. Después de los 28 años, solo se pagará si la persona sufre de invalidez o incapacidad física o mental.
Factores Clave para Calcular la Pensión de Alimentos
Es importante señalar que la pensión de alimentos no se determina como un porcentaje directamente proporcional a los ingresos del padre. Se otorga en la medida necesaria para cubrir los gastos del menor. Sin embargo, los tribunales consideran que los hijos tienen derecho a acceder a la posición social del padre. Aunque no se busca enriquecer al menor, sí deben vivir mejor si el padre tiene los recursos para ello.
El primer factor a considerar es cuánto gasta el menor. Prácticamente todos los gastos necesarios para que el menor alcance su máximo desarrollo personal posible. Nuestra legislación no contempla que la «pensión alimenticia» o «pensión de alimentos» se pague en base a lo mínimo para sobrevivir, sino que a aquello para vivir modestamente dentro del status social que el menor tenía al momento de la separación de los padres. En consecuencia, dependiendo de esto en ocasiones, por ejemplo, un gasto en clases de ballet si podría considerarse gasto.
El segundo factor es determinar cuánto gana la madre. Básicamente corresponde a los ingresos mensuales y gastos. Su situación patrimonial en general. A los Juzgados de Familia de nuestro Poder Judicial, por regla general, no les gusta la postura de la madre que no trabaja porque «no puede». Si no lo hace, su abogado tendrá que tomar la mejor estrategia para afrontar el juicio.
Monto Mínimo y Máximo de la Pensión de Alimentos
El monto mínimo corresponde al 40% de un sueldo mínimo por un hijo. Si hay más de uno, es decir, de dos hacia arriba, el 30% de un sueldo mínimo para cada uno, mientras que el máximo corresponde al 50% de los ingresos mensuales del padre o de quien deba pagar la pensión de alimentos. Respecto del máximo, corresponde al 50% de sus ingresos. Esto contempla la totalidad de lo pagado por concepto de Pensión de Alimentos en un sentido amplio. En consecuencia, si el padre tiene una deuda de alimentos y está tratando de ponerse al día con una cuota adicional, esta incluida dentro del 50%.
En efecto, la ley señala que tanto el padre como la madre deben concurrir a los gastos de los hijos en proporción a sus ingresos. En consecuencia, luego de determinados los gastos del menor, los ingresos de la madre y los ingresos del padre, según la diferencia que haya entre dos últimos saldrá la cifra con la que cada uno debe concurrir al desarrollo de su hijo.
Ejemplo de Proporción entre Padre y Madre
Si el padre gana el doble que la madre, deberá aportar el doble que la madre en los gastos del hijo. En este caso la relación es 1 es a 2, por lo tanto, el padre gana el doble que la madre, por lo tanto tendrá que aportar el doble que la madre en los gastos del hijo.
¿Cómo Iniciar el Proceso para Establecer la Pensión de Alimentos?
El primer paso es intentar un acuerdo de palabra o firmado ante notario. Sin embargo, la vía más formal y segura es a través de un proceso de mediación. Se deberá comenzar solicitando un proceso de mediación. Esto puede hacerse de manera publica o privada. Si optas por el sistema publico, con tu clave única puedes solicitarlo a través del portal de la oficina judicial virtual del Poder Judicial. Si optas por el sistema privado, solo debes buscar uno en google.
Si la mediación fracasa, se emitirá un certificado de mediación frustrada, lo que permitirá presentar una demanda ante el tribunal de familia. Redactada la demanda, se debe gestionar el ingreso del documento y su firma mediante el sitio web de la oficina judicial virtual del Poder Judicial con clave única y llenar el formulario que solicita la plataforma.
La audiencia preparatoria es donde suelen terminar la mayoría de los juicios de alimentos, pues se suele cerrar en un acuerdo. En caso de que no sea asi, se preparará las segunda audiencia indicando los medios de prueba para probar las alegaciones.
Pasos para Calcular la Pensión de Alimentos
- Identificar al alimentante y al alimentario: Determinar quién debe pagar y quién recibirá la pensión.
- Calcular los ingresos del alimentante: Sumar todos los ingresos estables y regulares del padre o madre responsable.
- Calcular los gastos del alimentario: Determinar los gastos necesarios para el desarrollo del hijo, proporcionales a los ingresos del alimentante.
- Determinar la capacidad de pago del alimentante: Evaluar cuánto puede pagar el alimentante sin afectar su propia subsistencia.
- Calcular la pensión de alimentos: Fijar un porcentaje del ingreso del alimentante, sin que sea inferior al salario mínimo.
¿Qué Considera el Juez para Fijar la Pensión?
- Las necesidades del hijo (alimentación, educación, salud, vivienda, vestuario).
- La capacidad económica del obligado a pagar la pensión.
- El estilo de vida del hijo.
- Otros factores relevantes.
Uno de los factores importante para calcular el monto de una pensión alimenticia es saber cuáles son los ingresos del demandado, en palabras simples, cuánto gana.
¿Qué Cubre la Pensión Alimenticia?
Esta obligación no incluye sólo la alimentación. Tratándose de niños, niñas y adolescentes, incluye además la vestimenta, salud, vivienda, recreación, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio.
Tabla Resumen de Montos Mínimos y Máximos
| Número de Hijos | Monto Mínimo | Monto Máximo |
|---|---|---|
| Un hijo | 40% de un sueldo mínimo | 50% de los ingresos del alimentante |
| Dos o más hijos | 30% de un sueldo mínimo por hijo | 50% de los ingresos del alimentante |
Modificación y Cese de la Pensión de Alimentos
La pensión alimenticia es esencialmente modificable. Es posible pedir un aumento por parte del alimentario o una rebaja o cese por parte del alimentante en cualquier momento.
Respecto del cese de los alimentos, estos proceden cuando se extinguen las circunstancias que permitían exigirla. Por ejemplo, el hijo sobre los 21 años terminó los estudios, o cumplió 21 y se dedicó a trabajar. Se deja de pagar si el hijo fallece.
¿Cuándo Corresponde Aumento, Rebaja o Cese?
- Variación de las necesidades económicas de quien recibe el pago de la pensión.
- Cambio en los ingresos del alimentante.
Incumplimiento de la Pensión de Alimentos
El legislador establece formas para proteger y garantizar el pago de esta prestación, y estos métodos son los apremios. Para terminar con el incumplimiento de la pensión de alimentos, el primer paso es realizar la liquidación de pensión alimenticia. Una vez hecha la liquidación, el tribunal enviará una notificación de la liquidación practicada a quien está incumpliendo para que haga valer sus derechos.
Medidas de Apremio en Caso de Incumplimiento
- Arresto nocturno del deudor.
- Caución (garantía).
- Retención de la devolución anual del impuesto a la renta.
- Suspensión de la licencia de conducir.
- Embargo y remate de bienes.
Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.
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