El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio económico otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) a las mujeres trabajadoras en Chile. Está diseñado para mejorar los ingresos de aquellas que pertenecen al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH). Este bono se entrega a través de pagos mensuales o anuales, según la elección de la beneficiaria al momento de postular, y se extiende por un período de cuatro años.
Requisitos para el Bono al Trabajo de la Mujer
Para ser elegible al Bono al Trabajo de la Mujer, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.278.446 durante el año calendario en que se perciba el bono. Para 2023, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 606.537 pesos mensuales.
- Estar al día en el pago de las cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se concede el bono.
- No trabajar en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
- No registrar solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven.
También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Monto del Bono Mujer Trabajadora
El Bono Mujer Trabajadora se paga de acuerdo a los siguientes tramos según la renta bruta mensual de la trabajadora:
| Tramo | Renta Bruta Mensual | Monto a Recibir | Consideraciones |
|---|---|---|---|
| A | Igual o inferior a $269.572 | Desde $1 a $40.436 | A mayor renta, el monto aumenta |
| B | Superior a $269.572 e igual o inferior a $336.965 | Cercano a $40.436 | El monto se mantiene constante |
| C | Superior a $336.965 e inferior a $606.537 | Desde $40.436 a $1 | A mayor renta, el monto disminuye |
En cuanto a la forma de pago, el Bono Mujer Trabajadora se puede recibir por depósito en la Cuenta RUT del Banco Estado o en otra cuenta bancaria. También existe la posibilidad de retiro en efectivo en Banco Estado o ServiEstado, presentando la cédula de identidad. Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
¿Cómo Apelar si no Resultó mi Postulación?
Si cumples con todos los requisitos, pero postulaste y no saliste beneficiaria, puedes presentar un reclamo siguiendo estos pasos:
- Ingresa a buzonciudadano.sence.cl.
- Accede con tu Clave Única, Clave Tributaria o Clave Sence. Si no la tienes, solicítala.
- En "Tipo de solicitud" selecciona "Reclamo" según tu caso.
- Luego, en "Instrumento, beneficio o programa" selecciona "Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)".
- En el apartado "Descripción" detalla tu caso, si no recibiste el pago incluso cumpliendo los requisitos o si obtuviste un monto inferior al que te corresponde.
- Más abajo adjunta los documentos que respalden tu caso.
- Finalmente haz clic en "Enviar formulario".
Se te entregará un número de solicitud con el que podrás hacer seguimiento a tu apelación.
Otros Trámites Relacionados con el BTM
Además de apelar, existen otros trámites que puedes realizar en relación con el Bono al Trabajo de la Mujer:
- Renunciar al BTM: Si eres trabajadora y deseas renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio.
- Renunciar por tus trabajadores/as (empleador): Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
- Solicitar montos de una familiar fallecida: Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.
- Solicitar un pago caducado: Si tienes un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Preguntas Frecuentes
Aquí respondemos algunas preguntas frecuentes sobre el Bono al Trabajo de la Mujer:
- ¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer? Sí, no hay problema en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
- ¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de BTM si también soy beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado? Recibirás el pago del IMG en lugar del BTM.
- ¿Qué pasa con mi pago mensual de BTM si mi empleador me postula y soy beneficiaria del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas? Recibirás el pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
- ¿Qué es la reliquidación? Es un proceso para ajustar los montos pagados en exceso o deficientes.
- ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Para cualquier otra consulta o trámite, te recomendamos visitar el sitio web del Sence o utilizar el Buzón Ciudadano.
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