La Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) es una institución clave en el sistema previsional chileno. Las y los asesores están bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones (SP), institución que acredita sus capacidades y mantiene un registro de los profesionales y entidades autorizados para ejercer la actividad. Consulta la nómina y busca asesores vigentes en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP).
Funciones y Responsabilidades
La Superintendencia de Pensiones (SP) tiene diversas funciones, entre ellas:
- Acreditar las capacidades de los asesores previsionales.
- Mantener un registro de los profesionales y entidades autorizados para ejercer la actividad.
- Supervisar a los asesores previsionales.
Acreditación y Registro de Asesores Previsionales
Para registrarse como asesor o asesora previsional, es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Inscribirse y rendir la prueba de acreditación de conocimientos previsionales y seguros. La prueba se realiza dos veces al año en los períodos que informa la institución por todos sus canales de atención.
- Inscribirte en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), con tu RUN y ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- Renovar el documento a través del sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), con tu RUN y ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Importante: tu documento se debe actualizar a contar del 1 de agosto de cada año.
- Completar el formulario y adjuntar la garantía. Importante: el proceso está disponible del 1 al 30 de septiembre de cada año.
Relación con la Ley de la Renta
La Ley de la Renta (Art. correspondiente) establece diversas categorías de rentas, algunas de las cuales están relacionadas con las operaciones supervisadas por la Superintendencia de AFP.
Categorías de Rentas
Algunas de las categorías de rentas relevantes incluyen:
- Capitales mobiliarios y del Art.
- Contribuyentes del Art.
- Rentistas del Art.
- Suplementeros del Art.
- Pescadores Artesanales del Art.
- Contribuyentes del Art. Nºs. independientes clasificados en el Art. 42 Nºs.
- Actividades acogidas al Art. 14 bis ó al Art.
- Rentas mobiliarias, referidas en el Nº 2 del Art.
- Rentas mobiliarias, sea cual fuere su denominación.
- Rentas que tengan intereses (Art.).
- Las rentas provenientes de las operaciones a que se refiere el Art.
Tipos de Rentas Específicas
Dentro de estas categorías, se incluyen rentas específicas como:
- Rentas de debentures o títulos de créditos (Art.).
- Rentas obtenidas en Bolsa de Comercio (Art.).
- Rentas de actividades desarrolladas en el país (Art.).
- Rentas provenientes de dinero (Art. 20 Nº 2, letra e)).
- Rentas referidas en el Nº 2, letra f) y Art.
- Rentas a que se refiere el Nº 8 del Art.
- Rentas obtenidas en la enajenación de bienes raíces (Art.).
- Rentas obtenidas en la enajenación de pertenencias mineras (Art.).
- Rentas obtenidas en la enajenación de bonos y debentures (art. letra j)).
- Rentas comprendidas en los incisos i), j) y k) del Nº 8 del Art.
- Rentas de raíces poseídos en comunidad (Art.).
Determinación de la Renta
La renta se determina de acuerdo a lo dispuesto por el inciso segundo del Art. correspondiente. La ganancia experimentada en el plazo que comprende la operación debe anotarse en la línea correspondiente. Esta renta está sujeta al Impuesto Global Complementario y debe registrarse en la línea 7 (Código 155).
Rescate de Cuotas de Fondos Mutuos
El tratamiento tributario del rescate de cuotas de fondos mutuos se ajusta a lo establecido en el inciso octavo del artículo 22 del D.L.
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