Si eres deudor de un Crédito CAE y no estás al día con el pago de la deuda, podrás presentar una Solicitud de Suspensión siempre que lo hagas antes de cumplirse 45 días corridos desde que incurriste en mora.
Si eres deudor de un crédito reprogramado CORFO y no estás al día con esa deuda, podrás presentar esta Solicitud de Suspensión siempre que no hayan pasado más de 45 días hábiles desde que incurriste en mora.
Requisitos y Documentación Necesaria
Si has trabajado de manera independiente, Comisión Ingresa podrá solicitar antecedentes que permitan acreditar que tu situación de desempleo o de cesantía ha significado que NO tengas ingresos a lo menos durante los 30 días anteriores a la fecha en que postulaste a la Suspensión de Pago del Crédito CAE.
A modo de ejemplo, es posible que te sea requerido el cese del contrato y/o convenio de honorarios o las boletas de honorarios del período evaluado, entre otros documentos.
- Cese del contrato y/o convenio de honorarios.
- Boletas de honorarios del período evaluado.
Proceso de Solicitud
Antes de ingresar tus datos en el formulario electrónico, lee atentamente el Instructivo de Llenado, que te orientará respecto de cómo completarlo. Una vez que completes el formulario, no olvides adjuntar la documentación solicitada, antes de enviarlo.
Las páginas del formulario no tienen un orden correlativo, por lo que puedes completarlas en cualquier orden.
Una vez enviado el formulario, podrás visualizar el COMPROBANTE DE ENVÍO que contendrá tus datos personales, la información que ingresaste al formulario y detallará además los documentos que enviaste para acreditar tu cesantía o desempleo.
Aparecerá asimismo un número de comprobante, que valida el envío de tu solicitud.
Acceso al Formulario
Si eres deudor del Crédito CAE, para acceder al formulario de postulación, ingresa con tu Clave Única o bien, digita tu RUT y como clave, la misma que utilizas en Mi Crédito CAE de www.ingresa.cl (es decir, tu Clave Ingresa).
Si eres deudor de un crédito reprogramado CORFO, ingresa con tu Clave Única.
Una vez que hayas completado todos los campos contenidos en el Formulario de Inscripción, deberás GUARDAR los datos, lo que te permitirá ingresar al Formulario de Postulación propiamente tal.
Consideraciones Importantes
Ten presente que para efectos del otorgamiento de este beneficio, la ley establece que también se considerarán los ingresos de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil.
Tú mismo has pagado esas cotizaciones de manera voluntaria o el pago fue efectuado por la Tesorería General de la República, a través de la retención de la devolución de impuestos, a menos que seas tu propio empleador y mantengas un contrato de trabajo (en cuyo caso deberás clasificarte como “cesante” para postular a este beneficio).
Revisa qué documentos debes adjuntar al formulario y cómo obtenerlos.
Selecciona la opción “Suspensión de Pago por Desempleo”, si en los últimos 12 meses NO has cotizado en el Sistema Previsional, por no contar con un contrato de trabajo.
Revisa qué documentos debes adjuntar al formulario y cómo obtenerlos.
Envío de la Solicitud y Comprobante
Una vez que hayas completado toda la información solicitada en el formulario, pincha el botón ENVIAR SOLICITUD. Automáticamente, el sistema arrojará el Certificado de Envío de Solicitud del Beneficio Suspensión de Pago por Cesantía o Desempleo, en el cual aparecerán tus datos personales, un resumen de los antecedentes que ingresaste en el formulario, el detalle de los documentos que adjuntaste y un número de comprobante.
Beneficio de la Suspensión
De obtener la suspensión del pago de tus cuotas, el beneficio aplicará por el número de meses señalado en el mensaje que recibirás como resultado de tu solicitud (es decir, hasta por 6 meses).
El pago de la totalidad de las cuotas que obtengan suspensión, se hará exigible cuando finalices tu calendario de pago. Mantendrán su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
Información Adicional
El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile.
| Causales de Término de Contrato |
|---|
| Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ) |
| Vencimiento del plazo de contrato (Art. ) |
| Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ) |
| Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ) |
| Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ) |
| Necesidades de la empresa (Art. ) |
| Quiebra del empleador (Art. ) |
Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
Debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
Seguro de Cesantía y Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.
Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.
El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.
Información Adicional de BancoEstado
BancoEstado cuenta con un Plan de Cumplimiento de la Ley N°19.496, el cual establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, conocida también como Ley del Consumidor o Ley SERNAC. Este Plan tiene como objetivo, prevenir, evitar, mitigar los riesgos de multas, juicios, daños patrimoniales y de reputación generados por el incumplimiento de la Ley, promoviendo la confianza del mercado en las actividades de BancoEstado.
Infórmese sobre la garantía estatal de los depósitos en su Banco o en www.cmfchile.cl.
Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl.
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