En Chile, existen distintos tipos de jornadas laborales que varían según el tipo de empresa, por lo que para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer en detalle cada una de estas jornadas.

Una jornada laboral se define como el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar sus servicios conforme a su contrato. Este debe establecer los días, horas y reglas de la presencia laboral de un trabajador en su lugar de trabajo, ateniéndose a las legislaciones vigentes de la Dirección del Trabajo (DT).

Aspectos Clave de la Jornada Laboral

Algunas características a tomar en cuenta son:

  • Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7.
  • El mínimo de días a trabajar son 5, ya que si trabajas menos, la jornada superaría las 10 horas diarias.
  • De hecho, tu jornada no puede superar las 45 horas semanales, ni 10 horas diarias.
  • Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal. En general, ese día de descanso corresponde a los domingos.
  • El contrato manda.

Tipos de Jornadas Laborales en Chile

En Chile existen las jornadas activas y pasivas.

  • La primera, activa, es la más tradicional y transcurre durante casi todo el tiempo en que el trabajador va a la oficina o al local de trabajo y realiza sus tareas.
  • En el caso de la segunda, pasiva, el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.

Por ejemplo, se cae la conexión a internet en la oficina y el trabajador no puede llevar a cabo sus funciones ya que la herramienta principal de trabajo no se encuentra disponible por causas externas.

Divisiones dentro de la jornada activa y ordinaria:

  • 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre. Todos deben tener un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada 24 horas y ningún trabajador podrá conducir más de cinco horas continuas.
  • 60 horas semanales: Corresponde a personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales. No deben permanecer más de 12 horas diarias en el lugar de trabajo.
  • 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas. El máximo diario es de diez horas, por lo que en caso de que la jornada se distribuya en forma pareja durante cinco días, la jornada diaria será de 9 horas.
  • Autorizada por la Dirección del Trabajo: Se refiere al establecimiento de sistemas especiales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso cuando el sistema de jornada de trabajo que establece el artículo 38 no pudiese aplicarse, dadas las características especiales de la prestación de servicios y siempre y cuando se haya constatado, mediante fiscalización, que las condiciones de higiene y seguridad son compatible con esistema.
  • Bisemanal: Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas. Al término de éstas deberán otorgarse los días de descanso compensatorio de los días domingo o festivos que hayan tenido lugar en el períodos bisemanal, aumentados en uno.
  • Jornada Parcial: Corresponde a lo que conocemos como contrato part time. Para esto es necesario cumplir con ciertas condiciones como no superar las 30 horas semanales y 10 diarias, además de otorgar descanso de mínimo media hora y máximo una hora.

Jornadas Extraordinarias

En el caso de las jornadas extraordinarias, es decir, horas extras, estas no pueden superar las 2 horas diarias y cada una de estas vale una hora de trabajo más un 50% de esta.

Ley de 40 Horas

Por otro lado, es importante recordar que el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado.

La reducción de la jornada se implementará de forma gradual en un periodo de 5 años, hasta llegar a las 40 horas.

  • En una jornada de 5 días semanales, el empleador deberá reducir la jornada en al menos una hora en un día.
  • Este artículo en el Código del Trabajo ha sido modificado, otorgando el derecho a una jornada laboral a todas y todos los trabajadores.
  • Además, la Ley de 40 horas abre la posibilidad de acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado.
  • En el caso de las Trabajadoras Puertas Adentro la reducción de la jornada se va a traducir en dos días libres al mes, remunerador y de libre disposición.

Supervisión de la Jornada Laboral Diurna

Supervisar la jornada de trabajo diurna implica controlar que se cumpla el tiempo y el horario de trabajo pactado. Para empezar, las empresas vigilan el momento de entrada o inicio de la jornada. Así encontramos que los primeros métodos solo incluían la anotación en libros y la vigilancia de capataces.

En Chile, el art. Son relojes que usan tecnología de reconocimiento de distintas características del cuerpo humano. Para activarse es necesario que el trabajador acerque la parte del cuerpo humano configurada en el sistema. Al hacerlo, el reloj biométrico marca la hora de ingreso o salida del recinto laboral en jornada diurna o nocturna.

Son relojes que se configuran con el uso de tarjetas con bandas magnéticas, claves, passwords, y tokens. De este modo, al acercar el dispositivo, se fija la hora de marcación de la jornada diurna.

Un software de RRHH como el de Sesame HR, permite además enviar notificaciones al trabajador.

Debido a esto, los empleadores pueden supervisar todas las características de la jornada diurna.

Flexibilidad y Organización

En síntesis, vemos que la jornada diurna posee sus propias características y condiciones. No obstante, la nueva Ley la ha dotado con flexibilidad. Pero, por otro lado, requiere mayor organización del empleador para supervisarla y contabilizarla.

Tabla Resumen de Tipos de Jornada

Tipo de Jornada Características
180 horas mensuales Choferes y auxiliares de transporte interurbano.
60 horas semanales Personal de hoteles, restaurantes y clubes (excepto personal administrativo, etc.).
45 horas semanales Distribuidas en 5 o 6 días.
Bisemanal Faenas en lugares apartados de centros urbanos.
Parcial (Part-time) No superar las 30 horas semanales y 10 diarias.

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