En ProVida AFP, simplificamos el proceso de solicitud de pensión para que sea ágil y seguro. Puedes solicitar tu Pensión por videollamada o solicitando el preingreso en el formulario. No necesitas salir de tu casa, nuestro objetivo es que pensionarte sea rápido y seguro para ti. Por eso, puedes solicitar tu Pensión a través de un Ejecutivo.

¿Cómo Solicitar tu Pensión en ProVida?

Si decidiste pensionarte puedes preingresar tu solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. En ProVida queremos que tu solicitud sea ágil y segura.

Requisitos y Documentación

Para iniciar el proceso, se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresas la solicitud en nombre del afiliado, indícalo en el formulario. En algunos casos se necesitará más información tuya y un ejecutivo te llamará.

Seguimiento de tu Solicitud

En 5 días hábiles tendrás noticias sobre tu solicitud. Recibirás noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

Opciones de Pago

Tú eliges cómo cobrar tu Pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad. Una vez pensionado recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión.

Pensión de Vejez: El Beneficio que Reciben los Afiliados a las AFP

La Pensión de Vejez es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP. Dependerá de varios factores, como tus Ahorros, edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios.

¿Puedo Retirar mi Ahorro Previsional?

No. De acuerdo con la ley, solo podrás retirar la plata que ahorraste a través de pagos mensuales de Pensión cuando te jubiles. En algunos casos podrías acceder al Excedente de Libre Disposición.

¿Qué Sucede con mis Ahorros si Fallezco?

Si te pensionaste en una AFP tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes se entregarán en un solo pago a tus herederos o al Estado, según la ley.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Para acceder a la PGU, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados.
  • Debes pertenecer al 90% con menores ingresos del país.
  • En caso de estar pensionado, debes tener una pensión menor a $702.101.

Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $702.101 y $1.114.446 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable. El monto de la PGU aumentará a $250.000 y se implementará gradualmente.

Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas.

Reforma Previsional: Cambios Importantes

Es importe señalar que el texto aprobado de la reforma no considera el Autopréstamo, entendiéndose como tal, a la posibilidad del afiliado de retirar parte de sus ahorros previsionales. Lo que considera el texto es un mecanismo donde un porcentaje de la cotización será destinada al Seguro Social. Ese dinero se acumula en bonos y se devuelve cuando la persona se jubila. A esto se le conoce como cotización de rentabilidad protegida, con el que se financiará el beneficio por año cotizado.

A partir del quinto mes después de la publicación de la ley, la cotización a cargo del empleador aumentará gradualmente hasta llegar al 8,5%. Ese 1,5% se acumulará en bonos y será devuelto cuando la persona se jubile.

Actualmente, los empleadores ya se hacen cargo del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), estimado en un 1,5% de la remuneración imponible de los trabajadores para efectos de esta ley. Los elementos mencionados son solo algunos de los diversos aspectos que incluye la reforma.

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Es el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual se refleja como Prima Seguro Mujer u Hombre. El SIS es un seguro que te protege frente al riesgo de Invalidez o fallecimiento. Si eres trabajador dependiente, el seguro es financiado por tu empleador. Si eres independiente, debes pagar junto a tus cotizaciones obligatorias.

Fondos Generacionales

Los Fondos Generacionales están diseñados para facilitar que los Afiliados estén en el Fondo adecuado según su edad, adaptándose con el tiempo a medida que se acercan a su edad de jubilación.

Información Mensual de tu Cuenta

Resume los movimientos de tu cuenta, pago de cotizaciones y los resultados de tu Ahorro Obligatorio y Voluntario. Nos mueve informarte, por eso cada mes te enviaremos los movimientos de tu cuenta.

  • Abonos: Son todos los movimientos en tus cuentas que aumentan tus Ahorros.
  • Cargos: Son todos los movimientos en tus Cuentas que producen una resta en tus Ahorros.

Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Es un Ahorro adicional para complementar el Ahorro destinado para tu Pensión. Te contamos qué son, cómo funcionan y te orientamos para que elijas el mejor para ti.

Pensión de Sobrevivencia

Es un derecho para tu familia.

  • Cónyuge: Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Cónyuge sobreviviente divorciado: Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.
  • Conviviente Civil: Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Madre/Padre de hijos de filiación no matrimonial: Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
  • Padres: Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.

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