El reajuste de la pensión de alimentos es un proceso esencial para mantener el poder adquisitivo del monto originalmente fijado para cubrir los gastos del alimentario. Con el tiempo, los costos de alimentación, transporte, salud, educación y vivienda aumentan, haciendo que el monto inicial sea insuficiente. A pesar de esto, muchas personas desconocen que las pensiones alimenticias están sujetas a reajustes, lo que puede llevar a pagos incorrectos y acumulación de deudas.

¿Qué es la Reajustabilidad de la Pensión Alimenticia?

La reajustabilidad consiste en ajustar el monto de la pensión alimenticia para que no pierda su poder adquisitivo con el tiempo. La idea es que con el valor de la pensión de alimentos se pueda comprar en el futuro aproximadamente lo mismo que cuando fue fijada. Es decir, la pensión debe subir conforme suben los precios de los bienes y servicios necesarios para el alimentario.

Si la pensión no fuera reajustada y fuera un monto fijo, el dinero se desvalorizaría y cada vez se podría comprar menos con la misma cantidad de dinero. Por lo tanto, el reajuste se aplica siempre, se solicite al tribunal o no. Si no se paga la pensión reajustada, este monto se acumulará como deuda.

¿Cuál es el Reajuste que se Aplica a mi Pensión de Alimentos?

Todas las pensiones de alimentos se reajustan. El reajuste que se aplica es el que se fijó en la sentencia del tribunal, en la mediación o en la transacción de común acuerdo. Actualmente, todas las pensiones se fijan en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

La UTM es una medida económica que se actualiza mensualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esta medida sube todos los meses según vayan subiendo los bienes y servicios en el país y junto con ella sube la pensión alimenticia.

Si tu pensión no está fijada en UTM, es conveniente solicitar la conversión al tribunal de familia. Antes de noviembre de 2021, existían principalmente tres tipos de reajuste:

  • La pensión se reajustaba por IPC cada 6 meses.
  • La pensión se reajustaba por IPC una vez al año.
  • La pensión consistía en un porcentaje del sueldo mínimo.

¿Cómo Puedo Saber a Cuánto Está Actualmente mi Pensión?

Para saber cuánto debes pagar o recibir de pensión, debes considerar cómo fue fijado el reajuste:

Si la Pensión fue Fijada en UTM

Simplemente multiplica el número en que se fijó la pensión por el valor de la UTM en el mes que se paga. Por ejemplo, si la pensión fijada son 3,96 UTM y el valor de la UTM en agosto de 2023 es $63.199, la operación sería:

3,96 X 63.199 = $250.268

Entonces, la pensión que correspondería a agosto de 2023 son $250.628 pesos.

Si la Pensión fue Fijada como Porcentaje del Sueldo Mínimo

La pensión se reajustará cuando el sueldo mínimo aumente, generalmente una o dos veces al año. Cuando el sueldo mínimo sube, la pensión también lo hace.

¿Cómo se Solicita el Reajuste de la Pensión?

En realidad, no es que se solicite el reajuste, el reajuste se aplica siempre. Lo que se solicita es el cálculo de la deuda de pensión alimenticia, que es conocida como liquidación de deuda. En la liquidación de deuda se obtienen dos datos importantes: a cuánto está la pensión alimenticia actualmente y si se ha pagado menos por no considerar el reajuste, cuánto sería la deuda.

¿Qué Pasa Si No Se Solicita el Reajuste de los Alimentos?

Si no se solicita el reajuste de la pensión, estos se siguen acumulando como deuda y cuando usted lo determine se podrá iniciar el procedimiento de cobro. Existe la mala costumbre de los deudores de alimentos, de pagar exactamente la misma suma que cuando le fijaron los alimentos sin considerar reajuste alguno. La diferencia entre pensión pagada y la pensión reajustada, se va acumulando como deuda.

Por ejemplo, si la pensión fue fijada en $100.000 pesos en 2015 y ahora la pensión es de $250.000, no solo se debe la diferencia de $100.000 pesos por el último mes, sino que la acumulación de todos los saldos cada mes que subió desde el 2015.

¿Sube la Pensión Si Sube el Sueldo Mínimo?

Muchas personas creen que, si aumenta el ingreso mínimo mensual (IMM), automáticamente sube la pensión de alimentos. Pero una vez que la pensión queda fijada, ese monto se expresa en UTM, no en pesos ni en ingresos mínimos.

Ejemplos de Cálculo de la Pensión Alimenticia

La ley establece los montos mínimos y máximos que puede fijar el juez como pensión de alimentos. Se presume que el alimentante tiene los medios para otorgarlos. El monto mínimo de la pensión no puede ser inferior a un 40% de un Ingreso Mínimo Remuneracional (IMR) si se tiene una sola carga, o 30% del IMR por cada hijo si se tienen dos o más.

Ejemplo 1: Un Hijo

Roberto es demandado de alimentos por la madre de su hijo Gabriel. No es posible demostrar cuál es el ingreso de Roberto, ya que éste indica encontrarse cesante. El Tribunal realiza el siguiente cálculo:

Ingreso Mínimo Remuneracional actual: $210.000

1 solo hijo (Gabriel) => 40% de $210.000 = $84.000

Roberto deberá pagar, como mínimo, $84.000 de pensión alimenticia para la manutención de su hijo Gabriel.

Ejemplo 2: Dos Hijos

Si Roberto tuviera dos hijos, Gabriel y Rocío, el mínimo de la pensión alimenticia es el 30% de un Ingreso Mínimo Remuneracional por cada niño:

Ingreso Mínimo Remuneracional actual: $210.000

2 hijos (Gabriel y Rocío) => 30% de $210.000 = $63.000 por cada uno => $63.000 X 2 = $126.000

Roberto deberá pagar, como mínimo, $126.000 de pensión alimenticia para la manutención de sus hijos Gabriel y Rocío.

La ley permite que el juez rebaje prudencialmente la pensión si el alimentante no tiene los medios suficientes para pagar los montos mínimos así calculados. Además, el monto máximo de la pensión de alimentos al que puede ser condenado el alimentante corresponde a un 50% de sus rentas.

Si el Ingreso Mínimo Remuneracional varía y sube de $210.000 a $250.000, Roberto deberá pagar, en el primer caso, a su hijo Gabriel una pensión alimenticia reajustada de $100.000 (antes era de $84.000) y en el segundo caso, a sus hijos Gabriel y Rocío, una pensión de alimentos reajustada de $150.000 (antes era de $126.000).

Importancia de Solicitar el Reajuste de la Pensión Alimenticia

La reajustabilidad de la pensión alimenticia no opera en forma automática, sino que debe ser solicitada al Tribunal. Las pensiones pagadas sin reajuste, por no haberse realizado este trámite, se entienden pagadas correctamente, perdiéndose el reajuste debido, ya que éste no será posible cobrarlo posteriormente al alimentante.

Si el Tribunal ha reliquidado la pensión y el alimentante no paga la pensión de alimentos reajustada, se pueden ejercer todas las medidas de apremio en su contra por el saldo impago.

Tabla Resumen de Reajustes

Tipo de Reajuste Frecuencia Aplicación
UTM (Unidad Tributaria Mensual) Mensual Todas las pensiones fijadas desde noviembre de 2021
IPC (Índice de Precios al Consumidor) Semestral o Anual Pensiones fijadas antes de noviembre de 2021
Porcentaje del Sueldo Mínimo Cuando aumenta el Sueldo Mínimo Pensiones fijadas antes de noviembre de 2021

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