El Seguro de Cesantía es un beneficio importante para los trabajadores en Chile. A continuación, te explicamos cómo funciona y cómo puedes acceder a él.
¿Quiénes pueden acceder al Seguro de Cesantía?
Pueden acceder al Seguro de Cesantía aquellos trabajadores cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado antes de esta fecha, puedes afiliarte de manera voluntaria.
- Trabajadores contratados a partir del 2 de octubre de 2002: Afiliación automática.
- Trabajadores contratados antes del 2 de octubre de 2002: Afiliación voluntaria a través del sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
¿Cómo afiliarse voluntariamente?
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Para afiliarte, sigue estos pasos:
- Ingresa al sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
- Completa tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”.
- Accede con tu ClaveÚnica.
- También puedes pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
¿Cómo funciona la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Requisitos para acceder al Seguro de Cesantía
Para hacer uso del Seguro de Cesantía, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
Para solicitar el beneficio, sigue estos pasos:
- Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica.
- Si no tienes clave, pídela.
- Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Fondo de Cesantía Solidario
Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
¿Qué hacer si no cumples los requisitos?
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Aviso de iniciación de servicios
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Consideraciones adicionales
- Jornada parcial: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
- Pensionados: De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
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