Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer de qué se trata cada una de estas jornadas en detalle. Pero empecemos por lo primero: ¿Qué significa la jornada laboral? Su definición se encuentra especificada en el artículo 21 del CT y se trata del tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considera también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no sean de su responsabilidad.
Duración de la Jornada Laboral
La jornada ordinaria de trabajo estaba fijada en 45 horas. Con la reforma aprobada en 2023, la duración de la jornada ordinaria de trabajo no deberá exceder de 40 horas semanales. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal.
En ningún caso la jornada ordinaria podrá superar las diez horas por día, sin perjuicio de las facultades del Director del Trabajo para autorizar una extensión distinta con acuerdo de los trabajadores en situaciones especiales.
Implementación de la Ley de 40 Horas
La reducción de la jornada se implementará de forma gradual en un periodo de 5 años, hasta llegar a las 40 horas. Este artículo en el Código del Trabajo ha sido modificado, otorgando el derecho a una jornada laboral a todas y todos los trabajadores. (Ley N°21.561, art. 4.
En una jornada de 5 días semanales, el empleador deberá reducir la jornada en al menos una hora en un día. Se modifica para aquellas empresas que a la fecha de entrada en vigor de la ley tengan imputado la hora de colación a la jornada.
La aplicación de la ley en ninguna circunstancia podrá representar una disminución de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.
Las empresas calificadas de menor tamaño que implementen la reducción de jornada de forma anticipada gozarán de puntaje adicional en la evaluación de postulaciones a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
Consideraciones Adicionales
Cualquiera de las partes puede recurrir ante la Inspección del Trabajo si hay controversia entre empleador y trabajador sobre si la labor específica se encuentra dentro de las tienen o no limitación de jornada.
Promedio de la Jornada
Existe la posibilidad de promediar la jornada. La ley da la opción de que empleador y trabajador acuerden que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato para implementar esta modalidad.
Existe la posibilidad de que en la negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, se pueda acordar que el tope semanal se amplíe a 52 horas en cada semana. Este límite de 52 horas no se puede desarrollar en más de dos semanas seguidas dentro del ciclo.
Derechos de los Trabajadores con Niños
El trabajador deberá entregar al empleador el respectivo certificado de nacimiento o la sentencia que le otorgue el cuidado personal de un niño o niña para ejercer este derecho. El empleador no podrá negarse, salvo que la empresa funcione en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo o si la naturaleza de los servicios prestados por el trabajador exige su presencia en un horario determinado. Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este derecho.
Compensación de Horas Extraordinarias
Las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año. Si no los solicita en la oportunidad indicada corresponderá su pago dentro de la remuneración del respectivo periodo.
Además, la Ley de 40 horas abre la posibilidad de acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado.
Control de Asistencia
El empleador tiene el deber de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias. Una resolución del Director del Trabajo establecerá y regulará las condiciones y requisitos de los sistemas de registro y control de asistencia.
Regímenes Especiales
También establece cambios en la jornada de las trabajadoras y trabajadores de casa particular. En el caso de quienes trabajan puertas afuera se aplicará la reducción a 40 horas. Quienes laboren puertas adentro continuarán con el descanso mínimo de 12 horas diarias.
Tipos de Jornada Laboral en Chile
De acuerdo a lo que dispone el Código del Trabajo (CT), en Chile existen muchos tipos de jornada laboral y para definir su horario dependerán factores como el rubro en el que se esté desarrollando cada trabajador.
En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.
- 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
- 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
- 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.
Jornada Bisemanal
También conocido como “jornada ordinaria larga” por su extensión de 12 horas. Entre los tipos de jornada laboral también se encuentra el bi-semanal, tratándose de trabajos que se realizan en “apartados de centros urbanos” y su distribución ordinaria es de 90 horas que pueden ser repartidas en 10, 11 o 12 días con derecho a descanso de cuatro, tres o dos días íntegros que también podrán ser compensatorios en domingos y festivos trabajados.
Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas.
Jornada Parcial
Art. “La jornada parcial es aquella que no es superior a dos tercios de la jornada ordinaria de trabajo. Vale decir, 30 horas semanales o menos. Art. Jornada Parcial: Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora.
El Artículo 22 y la Flexibilidad Laboral
El artículo 22 del Código del Trabajo regula la duración de la jornada laboral, y establece excepciones para ciertos trabajadores. Lo que dice el artículo 22 es que la duración de la jornada laboral no debe sobrepasar las 40 horas semanales. Además establece excepciones a la limitación de jornada, que incluye a personas que prestan servicios a distintos empleadores, los gerentes, administradores y apoderados con facultades de tipo administrativo, y trabajadores que laboren sin fiscalización directa.
Es importante recordar que la ley de 40 horas que entró en vigencia en abril de este año, establece que la reducción de la jornada laboral se hará de forma gradual, pasando a 42 horas en 2026, y a 40 en 2028. Actualmente, la jornada laboral es de 44 horas, aunque algunas empresas ya se sumaron a las 40 horas semanales.
Consejos para Organizar tu Tiempo Bajo el Artículo 22
Si estás eximido de la limitación de la jornada laboral -es decir, que no tienes un horario fijo- acá te voy a dar algunos consejos para organizar mejor tu tiempo.
Establece un Horario
Si bien estar exento de la limitación de horas del artículo 22, lo más recomendable es que tú mismo establezcas un horario que te resulte cómodo para cumplir con tu jornada laboral. Tener un horario y respetarlo puede mejorar la productividad y reducir la tentación de extender la jornada laboral innecesariamente. Puedes ajustar tu horario a tus momentos de mayor energía o cuando tengas menos distracciones, maximizando así tu rendimiento.
Trabaja en Base a Objetivos, No Horas
Al no estar limitado por la jornada de 44 horas, lo ideal es enfocarse en el cumplimiento de objetivos y resultados, más que en cumplir cierta cantidad de horas. Establece metas diarias y semanales para mantener el enfoque en el resultado, no en las horas trabajadas. Esto ayudará a aprovechar la autonomía en beneficio de la productividad.
Evita la Sobrecarga de Trabajo
La flexibilidad que otorga el artículo 22 no se debe traducir en sobrecarga de trabajo. Aprovecha la flexibilidad que te da estar exento de la limitación de la jornada y establece límites claros una vez que cumplas tus objetivos. Recuerda que el descanso es fundamental para evitar el agotamiento, el estrés y la pérdida de productividad a largo plazo.
Establece Límites Personales para Evitar el Agotamiento
No tener un horario de trabajo se puede traducir en largas jornadas laborales o incluso trabajar fines de semana. En ese sentido, es muy importante que establezcas límites claros y tiempos de desconexión. Si bien puedes ser flexible con tus horarios, reservar tiempo para el descanso es esencial para evitar el agotamiento.
Aprovecha las Ventajas de la Flexibilidad
Lo mejor de trabajar bajo el artículo 22, es la flexibilidad que te da el no tener un horario fijo. Aprovecha esa ventaja para conciliar mejor tu vida laboral, familiar y personal. Con una buena organización, podrás dedicar tiempo al trabajo, a tu familia y a cualquier actividad o hobby que tengas.
Siguiendo cada uno de estos consejos, podrás organizar mejor tu tiempo y así aprovechar la flexibilidad que te brinda trabajar bajo el artículo 22.
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