En este artículo, exploraremos el concepto de la base imponible en la liquidación de sueldos, detallando los componentes esenciales y cómo se calculan. Comprender estos aspectos es crucial tanto para empleadores como para empleados, ya que garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales y una correcta gestión de las remuneraciones.

¿Qué es el Sueldo Imponible?

Para comprender qué es el sueldo imponible, es necesario saber qué es el sueldo base. Este corresponde al monto pactado entre el empleador y el trabajador, el cual es recibido por el trabajador por sus horas de trabajo.

El sueldo imponible equivale a la remuneración de un trabajador sobre la cual se descuentan los montos correspondientes al ahorro previsional y salud. También se debe considerar el seguro de cesantía, que corresponde al 3% de la remuneración imponible. Sin embargo, este porcentaje puede ser descontado del sueldo del trabajador solo si este tiene contrato indefinido. Siendo así, el empleador debe aportar el 2,4% y el trabajador -de su sueldo- el 0.6% restante.

El sueldo imponible corresponde al resultado de la suma de todos los ingresos del trabajador: sueldo base, comisiones, gratificaciones y bonos. Este monto final (sueldo imponible) servirá de base para el cálculo de los descuentos de salud y AFP.

Te será más fácil entender cuál es el sueldo imponible si sabes, también, qué es el sueldo base, el sobresueldo y otros términos relacionados con los “haberes imponibles”.

  • Sueldo base: Es el monto que el empleador acuerda pagarle a un trabajador, y queda establecido en el contrato de trabajo.
  • Comisiones: Ingresos variables según el desempeño del trabajador.
  • Sobresueldo: Corresponde a las horas extras.
  • Gratificación: Es una parte de las utilidades que el empleador entrega al trabajador por algún motivo en específico.
  • Bonos: Pagos adicionales por desempeño u otros motivos.

¿Cómo se calcula el Sueldo Imponible?

Como mencionamos anteriormente, el sueldo imponible es el resultado de la suma de todos los ingresos del trabajador. Por ende, para calcularlo, es necesario sumar el sueldo base, las comisiones, las gratificaciones y los bonos, en caso de haberlos.

Ejemplo: Juan tiene un sueldo base de $400.000. Además, recibe $50.000 por comisiones y otros $40.000 de bono por rendimiento. Esto equivale a una renta imponible de $490.000. Aunque Juan también recibe $80.000 en bonos de transporte y colación, es importante saber que estos ítems no son imponibles (como tampoco los viáticos, prestaciones familiares, movilizaciones, etc.). Por lo tanto, no se incluyen dentro de la fórmula.

Ejemplo práctico: Sandra trabaja en una librería y recibe mensualmente como sueldo base la suma de $520.000. Además, cada mes recibe un bono por $50.000, la gratificación por $55.000 y $80.000 por horas extras. Todos los ingresos de Sandra suman una cantidad de $705.000 mensuales, los cuales corresponden a su sueldo imponible.

Es decir:

  • Sueldo base: $520.000
  • Bono: $50.000
  • Gratificación: $55.000
  • Horas extras: $80.000
  • Sueldo Imponible: $705.000 (Total de ingresos)

Con este monto se calcularán las imposiciones en forma de descuentos que se aplican al sueldo imponible.

¿Qué son las imposiciones?

Las imposiciones son cotizaciones obligatorias que se calculan a partir del sueldo imponible y que no forman parte de las remuneraciones.

Siguiendo con el ejemplo de Sandra, ella recibe $705.000 de sueldo imponible mensualmente. A este monto se le debe descontar las imposiciones: AFP y salud. En el caso de la AFP, corresponde a un 10% del sueldo imponible, mientras que en salud, equivale al 7%.

Entonces el cálculo quedaría de la siguiente manera:

  • Sueldo Imponible: $705.000
  • AFP: $70.500
  • Salud: $49.350
  • Sueldo imponible descontando las imposiciones: $585.150

¿Son todos los beneficios imponibles?

No, no todos los beneficios son imponibles. En el caso de los bonos de transporte y colación, prestaciones familiares o viáticos no son parte del sueldo imponible y por lo tanto, tampoco del cálculo para las imposiciones, por lo que no reciben ningún tipo de descuento.

Cálculo de la Renta Tributable

Para determinar la renta tributable, debes sumar los haberes imponibles y tributables y luego rebajar los descuentos legales de cargo del trabajador (AFP, salud, seguro de cesantía del trabajador y APV régimen B).

Ejemplo:

Suma de haberes imponibles y tributables → 10.000.000+ $182.083 = $10.182.083
Suma descuentos legales → $335.025 (AFP)+ $1.839.468 (APV*) + $210.141 (Salud)
$10.182.083 - $2.384.634 = $7.797.449 renta tributable

* En este caso, tenemos un nuevo descuento que rebajar de la base tributable, que corresponde a un ahorro de tipo APV régimen B.

¿Qué es un APV régimen B?

Es un ahorro previsional voluntario bajo el cual no se pagan impuestos al hacer el ahorro, puesto que los aportes se rebajan de la base imponible del impuesto único de segunda categoría.

Impuesto de Segunda Categoría

El Impuesto Único de Segunda Categoría a los sueldos, salarios y pensiones es un tributo progresivo que se paga mensualmente por todas aquellas personas que perciben rentas del desarrollo de una actividad laboral ejercida en forma dependiente y cuyo monto excede mensualmente las 13,5 UTM.

  • En el caso del monto a rebajar por concepto de salud para la renta tributable, el SII establece un tope, que equivale al 7% del tope imponible mensual.

Cálculo de la Asignación por Zona Extrema

Dentro de los antecedentes se indica que el trabajador cuenta con el beneficio de zona extrema, esto quiere decir que se debe determinar el monto por asignación según la zona asignada, resultado que se utilizará más adelante para determinar el monto de impuesto único a retener.

Para eso, primero se debe revisar dicha asignación directamente en la ficha del trabajador > pestaña Condiciones > Beneficios > Asignación de Zona Extrema, valor que se ingresa en factor en la ficha. Esto quiere decir que, si el porcentaje de asignación de zona es 98%, en su ficha se debe ingresar como 0,98 tal como lo muestra la imagen a continuación:

El siguiente paso es determinar el valor de la asignación, para lo cual se debe utilizar la siguiente fórmula:

Luego, se utilizará como tope comparativo para el beneficio que otorga el DL N.º 889, la Escala Única de Sueldos Decreto Ley N.º 249 que indica la remuneración Grado 1-A.

En el mes de dic 2023 la remuneración del Grado 1-A es de $655.177.

Con ambos resultados en mano debemos comparar e identificar el resultado de menor valor, el cual se utilizará para rebajar de la base tributable.

Para el caso expuesto, el cálculo sería el siguiente:

(Renta tributable 1 * Factor zona extrema) / (1+ Factor zona extrema)
($1.376.281 * 0,98) / (1+0,98) → ($1.348.755 / 1.98) = $681.190 resultado 1

Luego, calculo la segunda parte con la renta 1-A de la tabla de sueldos:
(Remuneración Grado 1-A * Factor zona extrema)
($655.177 * 0,98) = $642.073 resultado 2

Compara ambos resultados y el de menor valor equivaldrá a la asignación por zona extrema, monto que será rebajado de la renta tributable para determinar el impuesto.

Base imponible para cotizaciones

La renta imponible para efectos de las cotizaciones es anual y corresponde al 80% de los honorarios brutos recibidos en el año calendario anterior. Sobre ese monto se efectuará tu cálculo previsional.

Con los antecedentes disponibles de tus honorarios obtenidos el año anterior, el SII verificará si estás obligado a cotizar. Para esta Operación Renta la Cobertura Parcial para salud y pensiones corresponderá a 27% de la Base Imponible, por lo tanto, si el total de honorarios fue de $2.000.000, la Base Imponible será de $1.600.000 y tu cálculo de Salud y AFP sería sobre el monto de $432.000.

Sueldo Bruto vs. Sueldo Líquido

El sueldo bruto es el monto total acordado con tu empleador antes de descuentos. El sueldo líquido es lo que realmente recibes “en el bolsillo”, después de descontar AFP, salud, seguro de cesantía, impuestos, etc.

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