Estados Unidos es uno de los destinos más codiciados por quienes buscan nuevas oportunidades laborales. Obtener tu visa de trabajo para Estados Unidos es el primer paso para vivir una gran experiencia laboral en el extranjero.

Opciones de Visa de Trabajo para Chilenos

Estados Unidos ofrece diferentes tipos de visas de trabajo, cada una diseñada para distintos perfiles de trabajadores y situaciones laborales.

Visa H-1B1: Exclusiva para Chilenos y Singapurenses

Chilenos que desean trabajar en EE.UU. tienen la opción de la Visa H-1B1, un programa exclusivo para Chile y Singapur. Solo 6.800 trabajadores extranjeros de estos países pueden optar a este sistema, con 1.400 cupos para Chile. La visa permite múltiples entradas por 18 meses, con posibilidad de renovación.

Ventajas:

  • Menos competencia.
  • Proceso rápido.
  • Renovaciones ilimitadas.
  • Estabilidad laboral.

Visa H-2A y H-2B: Trabajos Temporales

La visa H-2A está destinada a trabajos agrícolas temporales o estacionales, mientras que la visa H-2B se aplica a empleos temporales no agrícolas, como en la industria hotelera, construcción, paisajismo, etc.

Otras Visas de Trabajo

Además de las visas mencionadas, Estados Unidos ofrece otras categorías de visas de trabajo para diferentes propósitos y perfiles de solicitantes. Cada tipo de visa cuenta con requisitos adicionales que debes cumplir.

Requisitos Generales para Calificar

Para calificar, debes tener al menos una licenciatura o su equivalente en experiencia laboral en el área específica y una oferta laboral ya establecida. Esta visa te permite trabajar temporalmente en algún proyecto en Estados Unidos relacionado con tu área de especialización.

Proceso para Obtener una Visa de Trabajo en Estados Unidos

El proceso para obtener una visa de trabajo en Estados Unidos requiere cumplir con una serie de pasos específicos, dependiendo del tipo de visa solicitada.

  1. Completa el formulario DS-160: esto lo puedes hacer en línea, en la página del Departamento de Estado.
  2. Cargar los documentos uno por uno en la página.

Las tarifas de solicitud de visa de trabajo son fijadas por el Departamento de Estado de Estados Unidos y pueden cambiar periódicamente.

Documentación Adicional Requerida

Si viajas con su familia, debes avisar, porque se debe procesar una visa a cada uno. Esta visa "dependiente" (Usted es el titular), tendrá la misma duración que la suya, y no les permite trabajar.

Documentos necesarios:

  1. CARTA DEL EMPLEADOR EN CHILE: La carta debe detallar el empleador, así como los datos de contacto de la persona responsable, y las razones por las cuales Ud.
  2. CONTRATO DE TRABAJO EN ESPAÑOL LEGALIZADO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y FIRMADO POR UD Y EL EMPLEADOR: Que cumpla con todas las disposiciones laborales y previsionales pertinentes. Firmado por el empleador.
  3. COPIA DE SUS TÍTULOS ACADÉMICOS (SOLAMENTE si se aplican a su caso y si su trabajo los requiere).
  4. FORMULARIO DE POSTULACIÓN (adjunto): Debe completarlo en el computador, no a mano.
  5. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES EMITIDO POR EL MINISTRY OF JUSTICE DE NUEVA ZELANDA.
  6. CERTIFICADO MÉDICO QUE DESCARTE ENFERMEDADES INFECTOCONTAGIOSAS (Contagious-disease clearance certificate): Carta emitida por un médico/centro médico registrado en Nueva Zelanda, que confirme que Ud. se encuentra en buenas condiciones de salud y que no posee infecciones o enfermedades contagiosas. Esta carta no debe tener más de 30 días de vigencia. El examen debe ser un chequeo general (sangre, orina, entrevista con el médico para descargar enfermedades mentales), no rayos X. El médico será capaz de detectar infecciones u enfermedades que Ud.
  7. ITINERARIO DE VIAJE.

Cualquier documento faltante causará una demora en su proceso. El Consulado no puede hacerse responsable de la demora en su postulación si Ud. no adjuntó los documentos mencionados anteriormente.

Tan pronto su visa sea aprobada por Inmigración Chile, le enviaremos los detalles para realizar una transferencia electrónica, e instrucciones para enviar su pasaporte. Se paga cuando la visa está aprobada, no por la postulación. Nunca debe pagar por anticipado.

El valor de la visa varía de acuerdo a la ciudadanía que indica el pasaporte. Entregar la documentación no necesariamente significa que su visa será aprobada. El Consulado podrá solicitarle más documentos en el proceso de su visa.

Al tener toda su documentación correcta y completa, enviaremos sus antecedentes a Inmigración Chile, quienes corroborarán los datos proporcionados.

Autorización ESTA para Viajes Cortos

Postula durante todo el año a través del sistema ESTA. Debes contar con un pasaporte electrónico, porque es el único que acepta el sistema ESTA.

El periodo permitido para permanecer en Estados Unidos es de 90 días cada vez. Si sobrepasas el periodo autorizado y permaneces por más de 90 días, debe considerar que no podrás ingresar nuevamente, aunque tu autorización esté vigente.

Si haces uso de la autorización en forma muy seguida, es decir, no dejando un periodo normal entre un ingreso y otro, podrás tener problemas para ingresar, porque las autoridades de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) pueden considerarte un eventual inmigrante sin visa.

Resultados de la Solicitud ESTA

  • Aprobada (approved): recibirás un código de autorización que te permite, hasta por un plazo de dos años (o menos si tu pasaporte tiene una validez inferior a dos años), viajar a Estados Unidos por turismo, negocios o tránsito solamente, con una estadía de 90 días cada vez, durante el período autorizado.
  • Viaje no autorizado (denied): si tu autorización es denegada y esto se debe a un error involuntario en la información proporcionada, puedes postular 24 horas después. Ingresa al Sistema Electrónico de Autorización de Viajes (ESTA) y completa el formulario.

Importante: si la autorización no es concedida, no te devolverán los 17 dólares.

Si viajarás a Estados Unidos en una nave privada o no publicada en la citada nómina, deberá tener u obtener una visa de turismo y negocios, B1/B2 o la visa que corresponda al motivo de su viaje.

Información Adicional sobre Visas y Permisos

La autorización previa o visa podrá otorgarse a quienes tengan intención de ingresar al país sin ánimo de establecerse en él. La autorización previa o visa no permite la realización de actividades remuneradas, salvo excepciones legales contempladas en Art. 50 de la ley 21.325 la que autoriza un permiso de trabajo que debe ser tramitado en forma paralela en la plataforma del Servicio Nacional de Migraciones en Chile.

Esta autorización de trabajo, no obliga el otorgamiento de la visa o autorización previa, si el interesado no cumple con los requisitos. Los titulares de una autorización previa o visa no pueden postular a un permiso de residencia dentro de Chile, salvo las excepciones contempladas por la ley.

Requisitos para la Solicitud de Autorización Previa o Visa

  1. Completar el formulario en plataforma de Servicios Consulares en línea, explicando el motivo del viaje y tiempo de estadía.
  2. La solicitud con ingresos múltiples, debe estar debidamente justificada por el interesado, especificando la cantidad de ingresos.
  3. Subir fotografía a color con fondo blanco, tamaño pasaporte (5x5 cm), rostro completo, sin accesorios como lentes, pañuelo, gorro, etc.
  4. Copia de la hoja de personalización del pasaporte vigente.
  5. Acreditar residencia (estatus migratorio) en caso de residir en un país distinto al de su nacionalidad. Debe indicar el motivo por el cual ingresó y presentar el timbre de ingreso al país, estampado en el pasaporte.
  6. Acreditar medios económicos propios, o medios propios y del invitante. Cuando el invitante reside en Chile, posea la relación familiar de cónyuge o que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio (Unión Civil); padres, hijos menores de 18 años, hijos con discapacidad, hijos solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando y menores de edad que se encuentren bajo su cuidado personal o curaduría.
  7. Requisito de ingreso a Chile de los menores de 18 años de edad establecido en Art. 28 de la Ley de Migración y Extranjería: Deberán ingresar al país acompañado por su madre, padre, guardador o persona encargada de su cuidado personal. En caso contrario, debe contar con autorización escrita de uno de ellos, del Tribunal o de la Autoridad competente, según corresponda.
  8. Es posible que se soliciten documentos adicionales y se requiera una entrevista personal, a la cual se debe asistir presentando toda la documentación en original. Se enviará correo electrónico para citación a entrevista y presentación de antecedentes.

El proceso de postulación para la autorización previa o visa se realiza a través de la plataforma electrónica SAC Ciudadano. El usuario debe completar el formulario y subir al sistema la documentación exigida. (Los documentos deben estar en formato PDF y el nombre del archivo no debe tener símbolos o caracteres especiales o gráficos, para evitar errores al momento de abrir el archivo)

La autorización previa o visa puede ser rechazada o aprobada, en ambos casos será notificado al usuario a su correo electrónico. La presentación de los antecedentes no obliga a la autoridad consular a otorgar la autorización previa o visa.

Si la solicitud es aprobada, el Consulado enviará instrucciones para el pago, dando un plazo de 30 días para concretar el pago de la visa. Posteriormente, se debe enviar el comprobante al Consulado, para que demuestra el pago.

Emisión Electrónica de la Visa

La visa será remitida en forma electrónica, desde el correo oficial de la oficina o sección consular al correo electrónico personal informado por el usuario. Es obligación del usuario imprimir la visa y portarla al momento de ingreso al país junto con su documento de viaje vigente.

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