¿Sabes a qué te arriesgas legalmente si estás atrasado o has incumplido la forma de pago de la pensión de alimentos? Más de 1.700 hombres fueron detenidos en Chile entre enero y abril de este año, todos por la misma razón: incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia para sus hijos. En total, este inmenso grupo de padres supera los 3.700 millones de pesos en deudas.

La pensión de alimentos es una obligación legal que tienen los padres hacia sus hijos menores de edad o aquellos que se encuentran estudiando. En ocasiones puede suceder que el padre o madre obligado a pagar, no cumpla con su obligación del pago efectivo de pensiones de alimentos. ¿Qué ocurre en este caso?

Sin embargo, la intervención por parte de Carabineros no es la única medida que legalmente pueden llevar a cabo los Tribunales de Familia. A continuación, te explicamos cuáles son los posibles riesgos a los que te enfrentas si no tienes al día tu situación respecto a la pensión de alimentos, y de qué manera puedes regularizar este procedimiento para evitar demandas.

Posibles Medidas Judiciales por No Pago

Una vez que existe una resolución respecto a los alimentos, el denominado "alimentante" (que puede ser el padre o la madre, según se haya determinado en el juicio o mediación) debe cumplir con sus obligaciones tal y como se le comunicó. Si no se acataran los pagos en los plazos o formas establecidas, luego de la correspondiente notificación por carta certificada, el demandado o demandada se expone a:

  • Suspensión de la licencia de conducir: Hasta por un periodo de seis meses.
  • Retención de la devolución de impuestos o renta: Con el fin de cubrir la totalidad o parte de los dineros adeudados.
  • Oficio al empleador: La empresa para la que trabaja el alimentante hará la retención de la parte de su sueldo que equivale a la pensión alimenticia para, así, hacer el depósito de dicho monto al cónyuge.
  • Arresto nocturno: Hasta por 15 días entre las 22:00 y las 6:00 horas, acción que puede reiterarse hasta que se culmine el pago total o si se vuelve a incumplir con el depósito.
  • Arresto completo: Hasta por 15 días, medida que se aplica si se incumple el arresto nocturno o no paga la pensión luego de haber estado dos veces bajo arresto nocturno.
  • Arraigo nacional: Prohibición para salir del país hasta el pago de la deuda.
  • Embargo y remate de bienes: Con el fin de cubrir los montos adeudados.

En caso de no pagar tres o más cuotas de pensión de alimentos, el juez puede ordenar el arresto del deudor. El arresto puede durar hasta 15 días renovables hasta por un tope máximo de 60 días. Otra de las consecuencias legales de no pagar la pensión de alimentos es el embargo de bienes. El juez puede ordenar el embargo de bienes del deudor para saldar la deuda de la pensión de alimentos.

En algunos casos, el no pagar la pensión de alimentos, puede impedir que la persona ejerza cargos públicos o sea contratista del Estado. La persona puede quedar registrada como deudor alimentario moroso. Al ser deudor, el Registro Civil tiene la potestad de prohibirte que renueves tu pasaporte.

Si te despiden o renuncias a tu empleo, no podrás retirar el finiquito de Notaría hasta que judicialmente se compruebe que hay un compromiso de tu parte para pagar la deuda de pensión.

El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ). Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y la tramitación de un juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos.

Como resultado del trámite, solicitaste orientación o información. CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes). Como resultado del trámite, habrás solicitado la asesoría.

¿Cómo puedes evitar estas medidas judiciales?, ¿quieres conocer los montos mínimos y máximos asociados al pago de pensiones alimenticias?, ¿no sabes cómo demandar a tu cónyuge por impago?

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