La Asignación Familiar es un beneficio estatal en Chile que busca apoyar económicamente a trabajadores y pensionados que tienen cargas familiares. Este artículo detalla los requisitos y el proceso para acceder a la Asignación Familiar a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
¿Quiénes pueden ser considerados cargas familiares?
Para efectos de la Asignación Familiar, se consideran cargas familiares a:
- Hijos.
- Nietos.
- Bisnietos.
- Ascendientes declarados inválidos.
- Niños huérfanos o abandonados, menores de 18 años, que estén al cuidado de una institución o persona natural.
Es importante destacar que no hay límites de edad para los hijos, nietos, bisnietos y ascendientes declarados inválidos.
Requisitos generales para la Asignación Familiar
Los causantes deben vivir a expensas de la persona trabajadora o pensionada que las invoque (beneficiario), y no pueden tener una renta igual o superior al 50% del ingreso mínimo mensual.
Proceso para trabajadores activos
La persona trabajadora activa debe acreditar con los documentos que correspondan, la calidad de causante de la "carga" familiar, ante la Caja de Compensación, quien autorizará el pago. Una vez obtenida, la debe entregar a su empleador, quien pagará junto con su remuneración las Asignaciones Familiares autorizadas, descontándolas del pago de impuestos que deben efectuar, ya que son de cargo del Estado.
Proceso para pensionados
La persona afiliada pensionada debe acreditar sus "cargas" ante la entidad que le paga la pensión, quien se las cancelará junto con su mensualidad. En el caso de encontrarse recibiendo su pensión en Retiro Programado o Renta Temporal, lo acreditará ante su AFP.
Montos de la Asignación Familiar
A partir del 1 de julio de 1992 (Ley N° 19.152), el monto se diferencia según el ingreso mensual del beneficiario, entendiéndose por tal la suma de los ingresos devengados durante el primer semestre de cada año (remuneraciones, subsidios, pensiones), dividida por el número de meses en que registre ingresos.
Documentación requerida
Para acreditar las cargas familiares, se deben presentar los documentos que correspondan según el tipo de causante. Por ejemplo, para niños huérfanos o abandonados al cuidado de una institución o persona natural, se requiere la resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
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- Tendrás 15 días corridos para adjuntar la documentación que acredite la carga, si el sistema te lo pide.
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