El sueldo mínimo siempre ha sido un tema de importancia nacional, tanto para la economía del país como para la calidad de vida de los trabajadores. Según nuestra legislación laboral, es el pago en dinero, obligatorio, fijo y entregado por períodos iguales, que recibe un trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, determinado en su contrato.

Esta remuneración corresponde al sueldo base, sin incluir bonificaciones como la de alimentación, movilización, herramientas, caja, etc.

¿Qué es un Anexo al Contrato de Trabajo?

En el caso de que se requiera modificar algunas condiciones o efectos de la relación laboral, se redacta un anexo al contrato de trabajo, el cual se entenderá como parte del contrato de trabajo una vez firmado. Este tipo de documento debe ser registrado en el sitio web de la Dirección del Trabajo.

El sueldo es la cantidad de dinero que se paga de manera obligatoria al trabajador. Es un monto fijo que el empleador paga periódicamente, de la manera determinada en el contrato de trabajo, al trabajador a cambio de la prestación de sus servicios dentro de una jornada ordinaria de trabajo.

Importancia del Consentimiento del Trabajador

El empleador no tiene la facultad de modificar unilateralmente las remuneraciones del trabajador. El trabajador debe estar de acuerdo con la modificación de su sueldo o cualquier otra remuneración. Una vez que la actualización de remuneraciones esté lista, deberá ser firmada por el trabajador y el empleador.

Registro del Anexo en la Dirección del Trabajo

La actualización de remuneraciones debe ser registrada en el sitio web de la Dirección del Trabajo y será obligación del empleador realizar este trámite.

Ejemplo de Cláusula en un Anexo de Contrato

A continuación, se presenta un ejemplo de una cláusula que podría incluirse en un anexo de contrato:

En [Ciudad] a [Día] de [Mes] de 2018, entre la empresa [Nombre de la Empresa], representada por don [Nombre del Representante].

Sueldo base mensual: $[Monto]

Gratificación: La que se pagará de acuerdo a la modalidad del artículo 50 del Código del Trabajo, esto es, el 25% de la remuneración devengada por el trabajador, con tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales, la cual se pagará mensualmente en base al 25% de la remuneración mensual con tope en un duodécimo de los 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales.

SEGUNDO: autoriza a [Acción autorizada].

En todo lo demás se mantiene lo consignado en contrato de fecha [Fecha del Contrato].

¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario.

TAG: #Sueldo

Lea también: