El rol del agente educativo es fundamental para el desarrollo integral de los niños y niñas en el ámbito educativo. Este profesional debe mantener prácticas de trabajo bien tratante con los niños, la comunidad educativa y el equipo de trabajo, en coherencia con los valores institucionales, del servicio público y el enfoque de derechos de los niños, que fomenten un ambiente enriquecedor, respetuoso y de buen trato.

Además, es esencial realizar la jornada laboral dentro de los horarios estipulados por el establecimiento, informando a la educadora de párvulos y a la jefatura de la unidad cualquier eventualidad en el cumplimiento del mismo.

Requisitos Generales para Ingresar a la Administración Pública

Los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública se encuentran señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

  1. Ciudadanía: Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  2. Servicio Militar: Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  3. Salud: Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  4. Educación: Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  5. Antecedentes Laborales: No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
  6. Antecedentes Penales: No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

Además, es fundamental no estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

  1. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  2. Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  3. Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  4. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
  5. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.

Requisitos Específicos

Además de los requisitos generales, se exige:

  • Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
  • Certificado de competencias para ejercer como Auxiliar Paramédico otorgado por la Autoridad Sanitaria, previa aprobación del curso de 1.500 horas como mínimo, según programa del Ministerio de Salud.

Proceso de Selección

El proceso de selección consta de varias etapas:

  1. Filtro Curricular: Revisión de los currículos de los postulantes considerando la formación educacional, capacitación y experiencia profesional. La experiencia profesional se evaluará conforme lo señalado en el CV registrado.
  2. Evaluación Psicolaboral: Evaluación de la adecuación psicolaboral del postulante para el desempeño del cargo, conforme a las competencias indicadas en el perfil.
  3. Declaraciones Juradas: Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art.

Al término de la fecha de cierre de recepción de CVS, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados, de lo contrario no serán consideradas dentro del Filtro Curricular, por tanto, es de exclusiva responsabilidad del candidato(a) acreditar su documentación.

El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, lo cual hace referencia a que ningún postulante cumple con los requisitos y competencias requeridas para desempeñar el cargo.

Respecto a los resultados de los postulantes que avanzan en cada una de las etapas del proceso de selección; La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Sur se contactará con cada postulante seleccionado a través de correo electrónico o telefónicamente. La ausencia de algún documento solicitado, será detonante de la imposibilidad de postular. La inasistencia a cualquiera de estos llamados, dejará automáticamente fuera a los postulantes. Los plazos pueden estar sujetos a modificaciones.

Finalmente, "en virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan.

TAG: #Empleo

Lea también: