Los altos cargos de las AFP deben declarar sus sociedades -y las de sus cónyuges- para evitar que sus negocios se beneficien con las inversiones de los fondos previsionales. La Superintendencia de Pensiones revisa todas las sociedades que integran los miembros de los directorios y altos gerentes de las AFP. Y también aquellas en las que participan sus cónyuges.
Lo hace para evitar que esas sociedades puedan hacer negocios relacionados con las inversiones que realizan las AFP con los fondos previsionales de los trabajadores. Pero la regla es coja: directores y gerentes de AFP solo están obligados a declarar sus sociedades constituidas en Chile. Las que se han creado en el extranjero quedan a salvo de miradas inquisidoras.
CIPER rastreó sociedades creadas en paraísos fiscales y detectó al menos cinco que aparecen relacionadas con personas que tienen o han tenido altos cargos en diversas AFP en los últimos años. Dos de ellos son directores de AFP en ejercicio. Otro fue presidente de una AFP hasta el año pasado. El cuarto es gerente de negocios internacionales de una de estas administradoras y el quinto fue gerente general (y antes director) hasta 2018.
La norma que obliga a los directores y principales gerentes de las AFP a declarar sus sociedades en Chile y las de sus cónyuges es bastante laxa en comparación con otras regulaciones que fiscalizan conflictos de interés. CIPER detectó otros dos casos de directores de AFP cuyos familiares directos aparecen en sociedades creadas en paraísos fiscales.
A continuación, se presentan algunos casos específicos detectados:
- Juan Benavides Feliú: Presidente de AFP Habitat entre 2014 y 2019, quien aparece en la Fundación Altinum, entidad que operó en Panamá al menos entre 2010 y 2015, cuando él ya ejercía el mando de la AFP. Juan Benavides ha sido gerente general corporativo de Falabella y hoy es presidente del directorio de Codelco.
- Patrick Muzard Le Minihy de la Villeherve: Se desempeña como gerente de Negocios Internacionales de AFP Habitat. Junto a Muzard, en esta sociedad de exploración minera aparecen varias decenas de personas naturales y jurídicas.
- Isidoro Palma Penco: Actual director de AFP Cuprum, aparece en Praco Didacol, una sociedad automotora colombiana registrada en Panamá en 2013 y cerrada en 2018. Isidoro Palma Penco es hoy también miembro del directorio de Codelco.
- Eduardo Vildósola Cincinnati: Fue director (2011-2012) y gerente general (2012-2018) de AFP Capital. En todo ese período también estuvo registrado en la vicepresidencia de Cepa Enterprises, firma constituida en Panamá en agosto de 1984, junto a sus padres y hermanos.
- Juan Pablo Coeymans Moreno: Miembro del directorio de AFP Modelo desde 2017, mantiene estrechos lazos de parentesco con los socios de Klein and Cliton Investment, que opera bajo la jurisdicción de Islas Vírgenes Británicas. En esa sociedad aparecen su padre Luis Alberto Coeymans Avaría (como presidente de la firma), su hermano Luis Felipe Coeymans Moreno (como secretario) y su madre María Teresa Moreno Valenzuela (tesorera).
Las preguntas que surgen de estos datos son varias. Por ejemplo, ¿pueden administrar fondos de pensiones quienes utilizan paraísos fiscales para mantener bajo reserva su patrimonio o planificar una baja tributación? “No es ilegal tener una empresa en un paraíso fiscal ni transferir dinero al exterior”, planteó a CIPER el superintendente de Pensiones que ejerció en 2014, Álvaro Gallegos.
La directora ejecutiva de la Fundación Observatorio Fiscal, Jeannette von Wolfersdorff, apuntó a la necesidad de otorgar una mirada global al tema, más allá del mercado de las administradoras de fondos de pensiones.
Es importante recordar que la disposición que permite invertir en el extranjero es una norma vigente, que hace posible invertir como mínimo 3 por ciento, y como máximo, 10 por ciento. Y es una autorización que da el Banco Central al sector financiero llamado AFP. En la actualidad, las Administradoras de Fondos de Pensiones tienen invertido alrededor de un 1,5 por ciento.
En virtud de la iniciativa, como una señal y una manera de dar mayor flexibilidad a la facultad del Banco Central, se dice: "Señores, el máximo que tendrán para invertir en el exterior, en vez de 10, será 12 por ciento". Porque el Banco Central tiene incluso facultad, en caso de riesgos, de situaciones difíciles cambiarías -ya aprobamos una modificación al artículo 45 de la Ley Orgánica del Banco Central-, para revocar esas autorizaciones y obligar a traer nuevamente los recursos.
¿Y qué es lo que hacen las AFP? ¿Cuál es la obligación de la administradora de un fondo de terceros, para que ese trabajador que posee esa cuenta individual obtenga la mejor rentabilidad y vea si le están administrando bien o no sus recursos, con el objeto de transferir o no su cuenta? Su obligación, obviamente, es efectuar las mejores inversiones.
Hasta el momento, querámoslo o no, la rentabilidad del sistema y de las AFP ha sido buena. Tienen rentabilidad superior al promedio de la rentabilidad media del país. Y eso tiene que redundar en beneficio de los trabajadores.
Y si me señalan: "Señor, es mejor invertir esos dineros en Chile", por supuesto que así se haría si, efectivamente, se obtuviera aquí una rentabilidad equivalente a la que se lograría afuera. Esas son las reglas del mercado.
En cuanto a las posibilidades de instrumentos de inversión, sólo se agregan las acciones. Todos los demás instrumentos emitidos en el extranjero que se mencionan están autorizados en la legislación vigente, con un margen de 10 por ciento. Por tanto -repito-, lo único que se agrega son las acciones.
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