Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

¿Cómo afiliarse al AFC?

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Requisitos para acceder al Seguro de Cesantía

En el caso de financiamiento con la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), si el beneficiario tiene contrato indefinido o es trabajador(a) de casa particular, ahora necesita 10 cotizaciones, en vez de las 12 que necesitaba antes de esta ley. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Pedro Cornejo, gerente de Operaciones y Servicios de AFC, aconseja a los afiliados que "antes de hacer una segunda solicitud o dirigirse a una sucursal, los invitamos a revisar en www.afc.cl si cumplen con los nuevos requisitos. Una herramienta muy útil es el simulador de cobro disponible en la Sucursal Virtual de afiliados.

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?

La solicitud del Seguro de Cesantía se puede realizar en www.afc.cl, ingresando a la Sucursal Virtual, con su Clave Única del Estado o con su clave AFC. Para ingresar, deben hacerlo con su RUT y Clave Única del Estado o con su clave AFC, que puede ser solicitada en la misma web.

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Pasos para la solicitud:

  1. Subir el finiquito o documento de término de contrato: el documento debe estar digitalizado a color, con todas sus páginas por ambas caras. Puede ser un documento en PDF o fotografía(s) en formato JPG, JPEG o PNG.
  2. Revisar la simulación de pago: en este paso, el afiliado podrá ver las fechas y montos que recibirá.
  3. Confirmar los datos de transferencia: paso en que el afiliado deberá indicar en qué cuenta bancaria quiere recibir sus pagos.

¿Qué hacer si no cumples con los requisitos?

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Información Adicional

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

“En AFC estamos comprometidos con entregar un servicio de calidad y oportuno a nuestros afiliados y sus empleadores. Justamente, el cambio de esta sucursal apunta a ofrecer instalaciones renovadas para entregar una mejor atención presencial, especialmente en apoyo de las personas que atraviesan un momento de desempleo”, señala Ángel Rebolledo, gerente general de AFC. Calama se suma a las sucursales de Teatinos (Santiago Centro), Rancagua y Chillán, que también contarán con nueva dirección.

Horario de Atención en Sucursales AFC

Lunes a jueves 09:00 a 14:00 horas.

Todos los miércoles del mes (excepto 16/07), de 09:00 a 14:00 horas.

¿Cuánto se Ahorra en el Seguro de Cesantía?

Una de las preguntas más frecuentes de nuestros afiliados es cuánto dinero tienen ahorrado en su Seguro de Cesantía. La cotización que el empleador paga mes a mes, corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

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