El Seguro de Cesantía se transformará en los próximos meses en un alivio para miles de chilenos que, en el peor de los casos, podrían tener este beneficio como único ingreso familiar. Para optar a esta ayuda, las personas deben acudir a la Administradora de Fondos de Cesantía (o AFC, como se lo conoce por sus siglas) y acreditar la situación de desempleo ante ellos.

¿Qué es el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)?

El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley No 19.728, financiado con aporte del Estado y del empleador para otorgar prestaciones por cesantía, en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes y, las demás que establece la ley.

Beneficios del FCS

Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es Indefinido y 3 giros si es a Plazo Fijo.

Requisitos para acceder al FCS

Para acceder al FCS se requiere:

  • Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.

Teléfonos para consultar por el Seguro de Cesantía

De forma temporal, el (02) 2353 6200 es el número en el cual están respondiendo dudas y consultas sobre el Seguro de Cesantía.

Otras consultas relacionadas con el sistema previsional

A continuación, se responden algunas preguntas frecuentes relacionadas con el sistema previsional en Chile:

  • ¿Qué beneficios permite el APV?
  • ¿Quién efectúa las cobranzas de las cotizaciones que no son canceladas por el empleador?
  • Las Lagunas Previsionales son los períodos en los que no realizas tus cotizaciones obligatorias. Los aportes no realizados oportunamente no pueden ser cubiertos en forma posterior.
  • ¿Por qué ahorrar?
  • En abril comienza la Declaración de Impuesto a la Renta. Ingresa a tu sitio privado con tu RUT y clave de acceso, y en simples pasos habrás actualizado tus datos.
  • ¿Cuál es el trámite que sigue a una Solicitud de desafiliación?
  • Si ya cuentas con el beneficio, esta Ley no tendrá impacto.
  • ¿Desde cuándo el Instituto de Previsión Social comenzó a pagar la PGU?
  • ¿Qué medios de pagos habrá para el pago de la PGU?
  • ¿Hay pensionados que reciben el Beneficio Aporte Previsional Solidario por Vejez y que no cambiaron automáticamente a la PGU?
  • ¿Puedo revertir el cambio a PGU para volver a recibir el APSV?
  • ¿La PGU es para todas las personas pensionadas?
  • En el caso de tener el pago de pensión ajustado a la Pensión Básica Solidaria ¿La PGU se sumará al monto entregado?
  • ¿Personas con Garantía Estatal pueden acceder a la PGU?
  • ¿Se mantendrá el beneficio de Cuota mortuoria para beneficiario de PGU?
  • ¿Las personas beneficiarias de pensión de sobrevivencia deben ser mayores de 65 años para acceder a la PGU?
  • ¿Si soy exonerado político puedo acceder a la PGU?
  • ¿Si tengo una renta vitalicia puedo acceder a la PGU?
  • ¿Desde qué edad y dónde se puede postular a la PGU?
  • ¿Si soy pensionado por invalidez puedo acceder a la PGU?
  • Quienes tienen pensión de reparación, siendo mayor de 65 ¿tienen derecho a la PGU?
  • ¿El monto de la PGU contemplará algún descuento?
  • ¿Las personas pensionadas que no tienen Aporte Previsional Solidario por estar fuera del 60% más vulnerables, tendrán derecho a la PGU?
  • ¿A quiénes está dirigido?
  • ¿Quién determina el monto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia?

Toda persona natural que ejerza una actividad con un ingreso, podrá afiliarse y cotizar como independiente en este sistema previsional.

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