Cada año, AFC Chile envía la cartola anual a sus afiliados, detallando la información de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) correspondiente al período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
¿Quiénes reciben la cartola?
La cartola anual del Seguro de Cesantía se envía solo si hubo movimientos o saldo durante el período informado.
¿Qué información contiene la cartola?
La cartola anual muestra su saldo y movimientos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior. En la cartola del Seguro de Cesantía usted podrá encontrar toda la información sobre los aportes a su Cuenta Individual y su rentabilidad durante un periodo determinado.
Es muy importante tener en cuenta que la cartola no muestra el saldo actualizado a la fecha de emisión. Puede revisar su saldo actualizado y últimos movimientos de su cuenta en la Sucursal virtual de afiliados, ingresando con su ClaveÚnica o clave AFC.
Tipos de Cartolas
AFC Chile envía a sus afiliados tres cartolas al año:
- Cartola anual: Se envía en el mes de febrero e informa los movimientos de su cuenta durante el año anterior.
- Cartolas cuatrimestrales: Se envían en junio y octubre e informan los movimientos de su cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.
¿Cómo acceder a la cartola?
Para acceder a ella, y de manera de resguardar su información, se abre con una contraseña que corresponde a su RUT completo, sin guion ni puntos. Si finaliza en k, debe usar minúscula. Puede acceder a la cartola digital de manera fácil y rápida actualizando su dirección de correo electrónico y su número de celular en la Sucursal virtual de afiliados.
Para solucionar inconsistencias, debe levantar el requerimiento ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC. Desde la fecha de recepción del reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 25 días hábiles para diagnosticar las anomalías informadas y determinar las acciones de regularización respectivas, las que indica a través de un dictamen siempre que la información aportada sea correcta.
En la sección “Mi perfil” podrá actualizar sus datos personales, como dirección de correo electrónico y número de celular.
¿Cuándo se puede cobrar el saldo de la Cuenta Individual?
El saldo de su Cuenta Individual indicado en su cartola solo puede ser cobrado si está cesante y cumple los requisitos de acceso. Si está pensionado, también puede retirar el saldo disponible en su cuenta tramitando en línea o en las sucursales de AFC.
Para acceder a los montos de su Cuenta Individual, el trabajador además debe cumplir con un mínimo de 10 cotizaciones pagadas si tenía contrato indefinido o 5 cotizaciones para contrato a plazo fijo o por obra.
Usted puede acceder a sus fondos siempre que esté cesante y cumpla con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía. Al ingresar, el sistema le mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía.
El afiliado tiene derecho al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, por cualquier causal de cese de la relación laboral. Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio.
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Este es un requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios.
El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.
¿Cómo se realizan los pagos del Seguro de Cesantía?
Los pagos se realizarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía. Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista. Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles.
Si usted se encuentra acogido(a) al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.
Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves.
Afiliación Voluntaria al Seguro de Cesantía
Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, puede afiliarse voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.
¿Cómo notificar si el empleador en la cartola es incorrecto?
Para notificar a AFC que el empleador que aparece en su cartola no corresponde, debe realizar un reclamo ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC.
Cotizaciones al Seguro de Cesantía
La cotización que el empleador paga mes a mes, corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.
Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador seguirá pagando el 4,11% de la remuneración imponible, sin distinguir la duración del contrato. El 3% irá al Seguro de Cesantía, administrado por AFC Chile.
La única diferencia está en el valor de la cotización previsional, que en el caso de los(as) trabajadores(as) corresponde a un 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo, la que debe ser pagada por el(la) empleador(a) en su totalidad.
Opciones Adicionales
También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP. Si usted cumple con los requisitos puede realizar el trámite de manera fácil y sin documentación en la Sucursal Virtual de afiliados o de manera presencial.
Durante la solicitud de retiro de fondos como pensionado(a), usted deberá firmar una declaración jurada en la que manifiesta estar en conocimiento de que no contará con cobertura del Seguro mientras no cuente con nuevas cotizaciones suficientes.
¿Qué hacer si AFC no ha recibido una cotización después del cese laboral?
AFC debe haber recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador, después de haber cesado su relación laboral. Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio.
Representación por Terceros
Usted puede solicitarle a otra persona (residente en Chile) que haga el trámite por usted, mediante el otorgamiento de un mandato especial. Los mandatos que autorizan a un tercero a tramitar y/o retirar los pagos del Seguro de Cesantía, además de estar legalizados conforme lo anteriormente señalado, deben estar autorizados por la fiscalía de AFC Chile.
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