Cuando pienses en pensionarte o si ya lo estás pensando, seguramente tendrás muchas preguntas y dudas sobre el proceso. Por eso, queremos que tengas disponible toda la información necesaria desde un inicio y conozcas cuáles son los pasos del trámite de pensión, los plazos y qué cosas hay que tener en consideración. Es por esto que a continuación te contamos todo sobre los pasos del trámite de pensión.

¡Importante! Recuerda que el trámite de pensión es completamente gratuito y nuestros asesores estarán presente en cada una de las etapas si así lo necesitas. Además, lo único que necesitas para comenzar es tener tu Cédula de Identidad vigente o un poder notarial en caso de que lo realice una tercera persona por ti.

Ten en consideración que, la duración total aproximada es de 3 meses si no tienes bono de reconocimiento y 4 meses, en caso de tenerlo.

Pasos para el Trámite de Pensión

  1. Paso 1: Agenda una videollamada para ingresar tu solicitud de pensión.

    Agenda una videollamada a través de nuestro Centro de Atención Virtual, donde uno de nuestros asesores te atenderá de manera 100% digital para que puedas ingresar tu solicitud y comenzar con tu trámite de pensión. Te contamos cómo agendar acá, o si prefieres puedes ir a la sucursal más cercana.

  2. Paso 2: Bono de reconocimiento.

    Si cotizaste en el Sistema Previsional antiguo y cumples con los requisitos para obtener el bono de reconocimiento, éste se enviará a liquidar un mes antes de cumplir la edad legal. Si aún no lo solicitas, puedes agendar una videollamada o acercarte a la sucursal más cercana para solicitarlo, solo necesitas tu Cédula de identidad vigente y el certificado de tus imposiciones que puedes solicitar directamente en el IPS.

  3. Paso 3: Recibe tu Certificado de Saldo.

    Luego de 10 días hábiles de ingresada tu solicitud de pensión, emitiremos tu Certificado de Saldo, el que mostrará todo el ahorro que acumulaste a lo largo de tu vida laboral, más la rentabilidad que generaron. Este Certificado tiene una validez de 35 días, el cual te enviaremos por correo electrónico para que lo descargues desde Cuprum.cl.

    ¿Cómo descargar el Certificado de Saldo? Ingresa a Cuprum.cl con tu Rut y Clave de Acceso, a la derecha, en Detalle, presiona Ver y se desplegará un listado de documentos y solicitudes para que finalmente identifiques tu Certificado de Saldo y haciendo clic en Detalles podrás descargarlo.

  4. Paso 4: Solicita las ofertas de pensión.

    Luego de revisar tu Certificado de Saldo , podrás pedir, a través de una videollamada con nuestros asesores, las opciones que tienes para pensionarte y que te entrega el Sistema de Ofertas y Consultas, SCOMP.

    ¿Qué es el SCOMP? SCOMP es una institución externa que reúne las alternativas de pensión ofrecidas por Compañías de Seguros y las AFP.

  5. Paso 5: Ofertas de Pensión.

    4 días después de que hayas solicitado las ofertas de pensión, SCOMP las enviará a tu correo electrónico. Estas ofertas tienen una vigencia de 12 días hábiles desde la fecha de emisión.

  6. Paso 6: Asesoría y aceptación de una oferta.

    Para seleccionar una de las opciones disponible para ti, vuelve a agendar una videollamada para que te podamos asesorar de la mejor manera. Luego, y si así lo prefieres, podrás elegir la opción y modalidad de pensión que más te acomode y recibirás tu pago de pensión en 10 días hábiles. En el caso de no tomar una decisión, puedes hacerlo en otro momento, siempre y cuando tus ofertas de pensión sigan vigentes.

Pensión por edad legal

Si estás cercano a cumplir los 60 años en el caso de ser mujer o 65 años en el caso de ser hombre, existen varias alternativas a las que puedes optar para pensionarte, entérate de las diferencias y elige informado.

Pensión de Sobrevivencia

Es un derecho para tu familia.

  • Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.
  • Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
  • Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.
  • El cónyuge debe estar en situación de discapacidad.
  • Personas con discapacidad de cualquier edad. La invalidez debe estar declarada por la Comisión Médica Regional (COMERE) y debe haberse producido antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años (según corresponda).

Información Adicional

La persona trabajadora puede ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que está afiliada. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en las oficinas ChileAtiende.

Las personas afiliadas tenían cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la AFP enterará el aporte adicional que corresponda, con cargo a la compañía de seguros.

Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al pensionado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.

La ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich explicó que "la Ley N° 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos permite convertir a Unidades Tributarias Mensuales las pensiones decretadas con anterioridad al 18 de noviembre de 2021 y que se encuentran fijadas actualmente en pesos, ingresos mínimos mensuales u otros valores.

Se desplegará un listado de las causas que el RUT solicitante posee en familia y se debe seleccionar la correspondiente a la pensión de alimentos vigente.

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