Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Jubilación Anticipada por Trabajo Pesado

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Permite a trabajadores y trabajadoras solicitar la pensión de vejez anticipada por trabajo pesado. Los trabajadores y trabajadoras que se acogen a esta pensión también tienen derecho a la PGU.

Requisitos para la Jubilación Anticipada por Trabajo Pesado

  • Haber realizado por al menos cinco años una labor que se encuentre calificada como trabajo pesado, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional.
  • El trabajador afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) debe pagar un 1% adicional si la actividad que desempeña es calificada como trabajo pesado con una rebaja de 1 x 5; y un 2% adicional si la rebaja contemplada es de 2 x 5. El mismo porcentaje debe ser aportado por el empleador.

Requisitos Adicionales para Afiliados Pensionados en el Régimen Antiguo

Requisitos para afiliados pensionados en alguna institución del régimen antiguo (incluye Dipreca o Capredena) Art.

  • La calidad de pensionado en dichas entidades, deberá tenerla la persona afiliada con anterioridad a su fecha de afiliación al Nuevo Sistema Previsional.
  • Deben presentar un tiempo de afiliación al Nuevo Sistema de al menos cinco años.
  • Deben obtener una pensión tal que, sumada a la pensión que se encuentren percibiendo a través del antiguo sistema previsional, sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.

Requisitos Generales Adicionales

  • Tener un monto de pensión igual o mayor al 70% del promedio de tus remuneraciones imponibles y rentas declaradas en los últimos 10 años.
  • Contar con una pensión igual o superior a 12 unidades de fomento (UF).
  • *Debes cumplir con ambos al mismo tiempo.
  • Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
  • Estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cómo Realizar el Trámite?

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web ChileAtiende.

  1. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “autenticar”.
  2. Complete los antecedentes requeridos.

Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión; si no se requiere más información, esta podrá hacerse efectiva en un plazo de 49 días hábiles.

Consulte el estado del trámite o llame al 101 en estos horarios.

Para verificar la documentación a presentar e iniciar la solicitud de pensión, puedes revisar el Folleto Trámite Fácil Pensión de Vejez y Vejez Anticipada.

Documentación Necesaria

¿Qué necesito para comenzar el trámite?

  • Tu cédula de identidad vigente, a menos que por problemas de salud, no fue posible renovarla.
  • Poder notarial en caso de que la solicitud sea presentada por otra persona, por ejemplo, un familiar.
  • Si estás acogido a leyes especiales, debes traer un certificado otorgado por tu empleador, indicando el número de la Ley respectiva.

Consideraciones Importantes

  • Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para calcular su pensión.
  • Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación.
  • Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
  • Al fallecer, el o la causante genera pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios (que reúnan los requisitos).

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.

Información Importante sobre el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Al jubilarte perderás la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el que protege a ti y a tu familia. El SIS realiza un aporte a tu cuenta obligatoria en forma de pensión en caso de invalidez parcial o un monto total en el caso de pensión de invalidez total, como también a tus beneficiarios en caso de fallecer antes de pensionarte. Este seguro te cubre si estás cotizando hasta los 65 años.

Pensión Anticipada para Enfermos Terminales

Durante este período, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explicitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo: alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.

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