Muchos adolescentes, por diversas circunstancias, necesitan ingresar al mundo laboral. En Chile, la normativa vigente establece como edad mínima legal de ingreso a un empleo los 15 años, pero bajo ciertas condiciones y protecciones especiales.

Requisitos para el Trabajo Adolescente Protegido

Para que un adolescente de 15 años pueda trabajar legalmente en Chile, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Desarrollar trabajos calificados como trabajo adolescente protegido. Es aquel trabajo que no perjudique el desarrollo, la asistencia regular a clases y que sea seguro.
  2. Contar con la autorización por escrito del padre, madre o de ambos; o de quien tenga el cuidado personal o representación legal; o a falta de ellos, del Inspector del Trabajo respectivo.
  3. Acreditar haber culminado la enseñanza media o estar cursando esta o la enseñanza básica. En el caso de estudiantes, deben presentar junto al contrato de trabajo el certificado de alumno regular, el cual deberá actualizarse cada 6 meses.

Condiciones Laborales para Adolescentes

La ley establece ciertas restricciones para proteger a los trabajadores adolescentes:

  • Jornada laboral: No será superior a 30 horas semanales, con un máximo de 6 horas diarias en periodo escolar y 8 horas diarias en periodo de vacaciones. Sin posibilidad de realizar horas extraordinarias.
  • Horario: En ningún caso podrá efectuarse trabajo de noche.
  • Contrato: La existencia de un contrato es obligatoria, el que deberá registrarse en la Inspección Comunal del Trabajo respectiva. Se recomienda formalizar un contrato de trabajo a plazo fijo, considerando que su período de trabajo no siempre será mayor a 30 días.

Autorización para Trabajar

La autorización para trabajo de menores de edad permite que las personas que ejercen la patria potestad sobre un menor (madres y padres) o sus tutores legales redacten una autorización para que el menor (menor de 18 años) trabaje, lo cual es necesario para que el menor firme válidamente un contrato de trabajo.

Recomendamos firmemente exigir siempre un contrato laboral por escrito. Este documento debe detallar el período de trabajo, el horario, el sueldo y las condiciones de pago. Además, asegura que el trabajador esté cubierto por las cotizaciones de salud y AFP, y protegido en caso de accidentes laborales.

Trabajo Infantil Ilegal

En Chile, el trabajo infantil sigue presente ilegalmente, afectando a cientos de miles de niños. Menores de 15 años no pueden trabajar, pero desde los 15 años, pueden hacerlo en actividades protegidas con autorización de sus padres, respetando jornadas máximas y sin trabajo nocturno.

Se considera trabajo infantil cuando menores de 14 años trabajan o cuando entre 15 y 17 años realizan labores peligrosas.

Sanciones para Empleadores

Las sanciones para empleadores que infrinjan la normativa sobre trabajo infantil van de 2 a 60 UTM según la gravedad de la infracción.

Es importante destacar que la contratación de menores de edad es una práctica que se realiza habitualmente en período de vacaciones, momento donde los jóvenes buscan generar unos ingresos y adquirir experiencia en el mercado laboral. Para ello, en Chile existen normas establecidas que deben ser cumplidas por parte del empleador.

La Mesa Regional de Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajador adolescente, coordinada por el Seremi del Trabajo y Previsión Social, realizó una campaña de difusión sobre los Derechos y Responsabilidades del trabajador adolescente en el terminal AGRO de Arica, haciendo un llamado a respetar la legislación existente que protege a los adolescentes trabajadores.

La coordinadora de la Oficina de Protección OPD Gobernación Marcela Fernández, valoró que este tipo de campañas existan, y que se realicen en lugares de alta concurrencia de personas.

Estadísticas Relevantes

Las cifras nos señalan que 135.485 adolescentes entre 15 y 17 años trabajan, el 67% de los adolescentes trabajadores son hombres y el 33% son mujeres.

Sí, los menores de 18 años pueden convenir contratos de trabajo de pazlo fijo o indeterminado (indefinidos). Un trabajador menor de edad debe trabajar con un contrato de trabajo, sin excepción. Al tomar en cuenta que su período de trabajo no siempre será mayor a 30 días, se recomienda formalizar un contrato de trabajo a plazo fijo.

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