En Chile, existen diversos incentivos dirigidos a fomentar la participación laboral femenina, especialmente entre los grupos más vulnerables. Dos de los programas más destacados son el IFE Laboral y el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM). A continuación, se detallan los requisitos, beneficios y procedimientos para acceder a estos apoyos.

IFE Laboral: Incentivo para el Empleo Formal

El IFE Laboral es un incentivo diseñado para que trabajadores y trabajadoras, que previamente se encontraban cesantes, se empleen formalmente. Este programa otorga un subsidio por la nueva relación laboral que se establece.

Requisitos para Postular al IFE Laboral

  • Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Al momento de la postulación, es necesario adjuntar el contrato de trabajo e ingresar los datos de la Cuenta RUT o cuenta corriente para el depósito del beneficio, en caso de ser beneficiario.

El IFE Laboral también beneficia a los empleadores, incentivando la contratación de mujeres pertenecientes a los grupos más vulnerables.

Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. El monto del bono varía de acuerdo con la renta que se recibe y se paga si se mantienen al día las cotizaciones previsionales y de salud.

Requisitos para ser Beneficiaria del BTM

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que se percibe el bono.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

También son beneficiarios los empleadores de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

Se puede acceder al beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Formas de Pago del BTM

Existen dos formas de pago:

  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  • Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales, que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.

¿Cómo funciona el pago?

  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
  • Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

Importante: En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, se puede dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Consideraciones sobre la Renta y el Monto del Bono:

  • A mayor renta, el monto aumenta.
  • El monto se mantiene constante.
  • A mayor renta, el monto disminuye.

¿Cómo Postular al BTM?

Se puede postular los 365 días del año.

Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Tabla Resumen de Requisitos y Pagos

Beneficio Requisitos Principales Forma de Pago
IFE Laboral Nuevo contrato de trabajo, cesantía previa Depósito en Cuenta RUT o cuenta corriente
Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) Edad, vulnerabilidad, renta, cotizaciones al día Anual (agosto) o Mensual (anticipos)

Información Adicional

En caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.

Es un beneficio en dinero que entrega el Estado a los empleadores(as) que contratan mujeres.

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

TAG: #Trabajo

Lea también: