AFP PlanVital es una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) fundada en 1981. A continuación, se detalla información relevante sobre sus oficinas en Providencia, horarios de atención y otros servicios importantes.
Ubicación de Oficinas en Providencia
AFP PlanVital cuenta con varias oficinas ubicadas en la comuna de Providencia:
- Oficina ubicada en Las Bellotas N° 269, Providencia.
- Oficina ubicada en Padre Mariano N° 41, Providencia.
- Oficina ubicada en Avda. Costanera Andrés Bello Nº 1253, Providencia.
- Oficina ubicada en Calle Francisco Noguera N° 190.
- Punto de Atención Mall de Costanera Center.
Además de estas ubicaciones, AFP PlanVital también tiene oficinas en La Florida, Puente Alto.
Horario de Atención
El horario de atención general de las oficinas de AFP PlanVital es el siguiente:lunes a jueves de 08:45 a 17:30 horas.
Otros Puntos de Atención
Además de las oficinas mencionadas, existen otros canales de atención:
- Canal de Pago Presencial CCAF Los Héroes El Quisco y Peñaflor.
- Puntos de atención de la Superintendencia de Pensiones en Santiago y regiones.
Entrega de Cartolas
La entrega de la cartola de las distintas AFPs tiene una periodicidad cuatrimestral, es decir, se entrega cada cuatro meses o tres veces al año. Todas las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) envían las cartolas en los meses de febrero, junio y octubre de cada año.
Acceso a la Sucursal Virtual
La clave para acceder a la sucursal virtual de AFP PlanVital es única e intransferible. Esta clave sirve para ingresar a los servicios disponibles en el sitio web. A través de la sucursal virtual, puedes obtener un certificado que sirve para ser presentado en entidades comerciales, bancarias o Fonasa.
Comisiones en AFP PlanVital
Las comisiones que se deben pagar en AFP PlanVital Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria son del 11,16% de tu Renta Imponible, que se desglosa de la siguiente manera:
- 10% de la renta declarada.
- 1,16% sobre la renta declarada.
Es importante tener en cuenta que las comisiones pueden modificarse previo aviso anticipado de 30 días en caso de rebaja, o 90 días ante un aumento; deben informarse en su AFP.
Comisiones Médicas
Las Comisiones Médicas, creadas por el D.L. N° 3.500, de 1980, son las entidades encargadas de determinar la condición de invalidez de aquellas personas que, sin cumplir los requisitos de edad para obtener pensión de vejez, y como consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo. Existen Comisiones Médicas en cada región del país y una Comisión Médica Central.
Para efectuar la calificación del grado de invalidez de una persona, las Comisiones Médicas se rigen por las llamadas Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Nuevo Sistema Previsional, que entrega un marco objetivo para la ponderación de cada caso y que le da sustento al dictamen respectivo.
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