El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jóvenes de las familias más vulnerables. Es una ayuda económica administrada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que se facilita a trabajadores de hasta los 24 años de edad, a través de una postulación.

Ya puedes consultar con tu RUT si eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) del Sence, que otorga hasta casi $650 mil a personas que cumplan con requisitos como tener entre 18 y 24 años, pertenecer al Registro Social de Hogares y trabajar de manera dependiente o independiente.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

  • Jóvenes entre 18 y 24 años.
  • Pertenecer al Registro Social de Hogares.
  • Trabajadores dependientes o independientes.

Monto del Subsidio al Empleo Joven

El monto del subsidio varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

El Sence confirmó que ya se encuentra disponible la información referente al pago anual del Subsidio al Empleo Joven, por el que se pueden recibir hasta $646.973 desde el jueves, 29 de agosto.

Formas de Pago

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

  • Pago Mensual: Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
  • Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

El Sence informó que este 29 de agosto se realizará el pago anual a quienes lo eligieron. Respecto al depósito del periodo 2023, cuya entrega corresponde a agosto de 2024, se puede revisar el monto asignado y la forma de pago, ingresando al sitio de Consulta y escribiendo el RUT junto al año de nacimiento.

En paralelo, para el viernes, 30 de septiembre, está agendada la entrega del pago mensual del subsidio, con el que se podrán recibir hasta $42.377.

Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.

Importante: Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Requisitos para Postular

Para postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil. Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.

También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

Es importante cumplir con requisitos adicionales, como tener al día las cotizaciones de pensión y salud, no trabajar en instituciones estatales o empresas con aporte estatal mayor al 50%.

¿Cómo y Cuándo Postular?

Durante todo el año a través del sitio web del Sence. Se puede postular los 365 días del año. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

Extensión del Subsidio

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

  • Extensión por Estudios: Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
  • Extensión por Maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Compatibilidad con Otros Beneficios

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

Renuncia al Subsidio

  • Trabajador/a: Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
  • Empleador: “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Montos de un Familiar Fallecido

Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.

Reliquidación y Devolución de Dineros

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Pagos Caducados

¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

TAG: #Empleo #Subsidio

Lea también: