El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio del Estado de Chile dirigido a personas de 18 a 24 años de edad, pertenecientes al 40% de las familias más vulnerables, según el Registro Social de Hogares (RSH). El objetivo de esta política pública es mejorar el ingreso de los jóvenes que reciben un ingreso bruto mensual menor a $535.148 pesos y a $6.421.781 anuales.
¿Cómo saber si tienes pagos pendientes del SEJ?
Para saber si se tienen pagos pendientes y el monto a recibir, Sence habilitó dos plataformas de información, en las que los/as trabajadores/as interesados deben consultar su pago ingresando su RUT y fecha de nacimiento. Debes ingresar al sitio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) destinado para el Subsidio Empleo Joven.
¿Qué hacer ante la suspensión del pago por cotizaciones impagas?
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)
También es importante mencionar el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), que es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Renuncia al SEJ o BTM
Si eres trabajador/a y deseas renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio. Además, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° e inciso tercero del artículo 4° del decreto N°3, de 2012, que aprueba el Reglamento del artículo 21° de la ley N°20.595, las trabajadoras dependientes e independientes podrán acceder al subsidio por una sola vez, por un plazo de 4 años continuos.
En caso de ser empleador, para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Pagos a herederos de beneficiarios fallecidos
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.
Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.
Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas e Ingreso Mínimo Garantizado
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
Información Adicional
- Pagos Mensuales: Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
- Reliquidación: Para entender qué es la reliquidación y por qué se podría notificar la devolución de dineros pagados en exceso, se recomienda revisar la información oficial del SENCE. La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
- Pagos Caducados: Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

