El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio dirigido a determinados trabajadores, que entrega una cifra de hasta $42.377. Aquellos empleados que postularon y se mantienen cumpliendo con los requisitos pueden acceder al depósito proporcional a su salario, diseñado para complementar sus ingresos.

En tanto, aquellos que nunca lo han solicitado, pueden realizar el proceso completo a través de Internet. Revisa a continuación los detalles del beneficio a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

¿Quiénes pueden postular al SEJ?

Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año.

Requisitos para ser beneficiario

Para ser beneficiario (Recibes el pago):

  • Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
  • Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

¿Cómo y cuándo postular?

Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Durante todo el año a través del sitio web del Sence.

Montos y Pagos del Subsidio

Cada fin de mes llega el pago mensual del Subsidio al Empleo Joven, que facilita hasta $42.377 a trabajadores menores de 25 años. Para este mes, el depósito del Subsidio al Empleo Joven se comienza a entregar desde el lunes, 30 de septiembre, y el monto está determinado según la renta de junio.

El detalle se puede consultar ingresando al sitio del Sence, junto con el historial de pagos y el perfil, en caso de necesitar actualizar los datos.

Tipos de Pago

  • Pago Mensual: El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
  • Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Consideraciones sobre el Monto

  • A mayor renta, el monto aumenta.
  • El monto se mantiene constante.
  • A mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del Subsidio

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
  • El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
  • Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Dónde solicito la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

Consideraciones Importantes

Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

¿Qué hacer en caso de reintegro de dineros pagados en exceso?

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

Buzón Ciudadano

Para realizar diversas solicitudes relacionadas con el SEJ, se debe utilizar el Buzón Ciudadano:

  • ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
  • En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ? “Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
  • En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as? “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
  • ¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ? Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.

SEJ y el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

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