El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio destinado a empleados menores de 25 años, con el cual pueden solicitar un aporte monetario para complementar sus ingresos. La ayuda social se encuentra a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).
Requisitos para Postular al Subsidio al Empleo Joven
Para postular al Subsidio al Empelo Joven, ten en cuenta lo siguiente:
- Puedes postular los 365 días del año.
- Durante todo el año a través del sitio web del Sence.
- Se puede postular los 365 días del año.
- Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
Calendario de Pagos Mensuales del Subsidio al Empleo Joven 2024
El Sence ha puesto a disposición el calendario de pagos mensuales para este año. Los pagos mensuales del Subsidio al Empleo Joven consideran el siguiente calendario:
- Enero: miércoles 31, según la renta de octubre.
- Febrero: jueves 29, según la renta de noviembre.
- Marzo: jueves 28, según la renta de diciembre.
- Abril: martes 30, según la renta de enero.
- Mayo: viernes 31, según la renta de febrero.
- Junio: viernes 28, según la renta de marzo.
- Julio: miércoles 31, según la renta de abril.
- Agosto: viernes 30, según la renta de mayo.
- Septiembre: lunes 30, según la renta de junio.
- Octubre: miércoles 30, según la renta de julio.
- Noviembre: viernes 29, según la renta de agosto.
- Diciembre: lunes 30, según la renta de septiembre.
El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). En tanto, el pago anual correspondiente a 2023, se concretará en agosto de 2024.
Modalidades de Pago
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual. Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
- Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Consideraciones Importantes
- El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
- ¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Extensión del Subsidio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Documentación Necesaria para la Extensión por Estudios
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?
Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven?
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ?
Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ?
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
¿Qué pasa con mi pago mensual de SEJ si mi empleador me postula y soy beneficiario del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
¿En base a qué se calcula el monto del subsidio que recibiré?
Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
- A mayor renta, el monto aumenta.
- El monto se mantiene constante.
- A mayor renta, el monto disminuye.
¿Qué es la reliquidación? ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso?
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

