El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio estatal destinado a empleadores y jóvenes trabajadores. Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil y se puede postular los 365 días del año a través del sitio web del Sence.
¿Cómo Postular al SEJ?
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
Modalidades de Pago
Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
Pago Mensual
- Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
Pago Anual
- El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo. ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!
Requisitos Importantes
Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Extensión del Beneficio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
Extensión por Estudios
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria).
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
Extensión por Maternidad
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
Renuncia al Beneficio
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
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