Si decidiste pensionarte, en ProVida te facilitan el proceso para que tu solicitud sea ágil y segura. Puedes solicitar tu Pensión por videollamada o solicitando el preingreso en el formulario.

¿Cómo Solicitar tu Pensión?

En ProVida queremos que tu solicitud sea ágil y segura. Por eso puedes solicitar tu Pensión por videollamada o solicitando el preingreso en el formulario.

La Pensión de Vejez es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP.

Preingreso de la Solicitud

Puedes preingresar tu solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo.

Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios.

Si ingresas la solicitud en nombre del afiliado, indícalo en el formulario. En algunos casos se necesitará más información tuya y un ejecutivo te llamará.

En 5 días hábiles tendrás noticias sobre tu solicitud. Recibirás noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

Recepción del Pago

Tú eliges cómo cobrar tu Pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que podrás acceder si cumples con los requisitos.

A través de nuestro sitio web ChileAtiende, podrás consultar si cumples con los requisitos para pedir la Pensión Garantizada Universal (PGU). Solo debes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento.

Si deseas acceder al beneficio de inmediato, ingresa tu ClaveÚnica y continúa los pasos que te indique la plataforma hasta terminar el proceso.

Puedes solicitar la PGU en:

  • Una sucursal ChileAtiende. Recuerda que tienes la posibilidad de agendar tu visita. No olvides llevar tu cédula de identidad.
  • AFP o compañía de seguros.

Requisitos para la PGU

  • Tener 65 años cumplidos para acceder al beneficio.
  • Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados.
  • Debes pertenecer al 90% con menores ingresos del país.
  • En caso de estar pensionado, debes tener una pensión menor a $702.101.

Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $702.101 y $1.114.446 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.

Causales de Suspensión de la PGU

  • No cobro de la PGU durante 6 meses continuos. Puedes solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.
  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
  • Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).

Importante: puedes interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión (ver Ley N° 19.880).

Documentos y Requisitos Adicionales

El titular del beneficio, su facultado o apoderado, deberá indicar los siguientes antecedentes, según se requiera, sobre pensión de gracia, premio nacional u otro tipo de pensión de competencia del Servicio de Tesorerías.

Documentos que se deben adjuntar:

  1. Solicitud de Pago de Pensión (Primera vez):
    • Solicitud de Pago: Puede ser completada por el pensionado (titular del beneficio), su facultado o apoderado, según corresponda.
    • Decreto o Resolución: Documento a través del cual le fue otorgada la pensión.
    • Copia Cédula de Identidad del Pensionado: Si el trámite lo realiza el facultado.
  2. Cambio de Medio de Pago y/o Dirección: Indicar el medio de pago, según lo indicado en letra b del punto 1 anterior, y/o su actual dirección. Llene y adjunte la Solicitud Medio de Pago.
  3. Solicitud de comprobante del egreso del pago: Lo puede solicitar el pensionado, su facultado o apoderado. En el caso del facultado y apoderado, se deberá indicar el Rut del pensionado. Para su envío, se requiere que señale un correo electrónico.

Medios de Pago

Las pensiones o premios nacionales sólo son pagadas a través de los siguientes medios de pago:

  • Pago por Caja Banco (Pago Cash): Los pagos por Caja se efectúan en cualquier sucursal del BancoEstado y caducan a los 90 días, contados desde su fecha de emisión. Señálelo en su solicitud de pago, si opta por este medio de pago.
  • Cuenta bancaria: Debe ser personal del titular, facultado o del apoderado. La cuenta bancaria no debe ser bipersonal o multipersonal ni pertenecer a un tercero. Indicar nombre del banco, tipo y número de la cuenta de requerir este medio de pago.

Apoderado

El apoderado deberá adjuntar, además de lo señalado para el punto 1, 2 o 3 precedente, copia del Poder Notarial vigente con firma electrónica avanzada. En caso que el documento no cuente con firma electrónica avanzada, el trámite debe ser presencial en las oficinas de las Tesorerías Regionales o Provinciales.

Apoderado: Persona natural que el beneficiario deberá individualizar (Nombre y Rut) en el poder notarial, con facultad para retirar, cobrar y percibir el beneficio en vez del titular.

Clave Única: Debe corresponder al beneficiario o facultado para gestionar cualquiera de los trámites de pensión señalados.

Consideraciones Adicionales

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas.

Dependerá de varios factores, como tus Ahorros, edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios.

Una vez pensionado recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión.

De acuerdo con la ley, solo podrás retirar la plata que ahorraste a través de pagos mensuales de Pensión cuando te jubiles. En algunos casos podrías acceder al Excedente de Libre Disposición.

Si te pensionaste en una AFP tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes se entregarán en un solo pago a tus herederos o al Estado, según la ley.

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