Este artículo proporciona una visión detallada sobre la simulación de pensión ProVida, abordando aspectos clave como el ahorro previsional, los beneficios disponibles, y los cambios introducidos por la reforma previsional. Exploraremos las opciones de ahorro voluntario, el funcionamiento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), y cómo los Fondos Generacionales se adaptan a las necesidades de los afiliados a lo largo de su vida laboral.
Ahorro Previsional Voluntario (APV) con ProVida
ProVida ofrece diversas alternativas para complementar tu ahorro obligatorio a través del Ahorro Previsional Voluntario (APV). Algunas de las características y opciones disponibles son:
- Flexibilidad: Tú decides cuándo ahorrar o no. La cuenta no se cierra, solo queda sin movimientos y continúa rentando según el o los Fondos elegidos.
- Ahorro Adicional: En tu Sucursal Virtual, elige “Abrir APV” y luego “Ahorrar Más”. Escoge “Comenzar a Ahorrar”.
- Descuento por Empleador: Existe la opción de "Descuento Mensual Realizado por mi Empleador, desde mi Liquidación de Sueldo”. Solicítalo en tu Sucursal Virtual.
- Cambio o Distribución de Fondos: Ingresa a tu Sucursal Virtual o ProVida App. Selecciona la opción Cambio o Distribución de Fondos, elige la cuenta (Cuenta Obligatoria o Cuenta 2).
Giros y Disponibilidad de Fondos
ProVida ofrece opciones para acceder a tus fondos de forma rápida y eficiente:
- Giro Rápido: El mismo día si el monto no supera los $500.000 y la solicitud fue realizada antes del mediodía. Si fue realizada después, el depósito estará dentro de las 24 horas hábiles siguientes a tu solicitud. Si el monto es inferior a $500.000 estará disponible el 4° día hábil desde la solicitud.
- Giro Rápido en Efectivo: Servipag: Disponibilidad Inmediata.
- Giro en Efectivo: Servipag y Retiro en Banco Estado: Disponible el 4° día hábil.
Es importante tener en cuenta lo siguiente:
- (2) El Valor Cuota para Giro Anticipado corresponde al del día hábil anteprecedente a la fecha de la solicitud.
- (3) Para Giro Diferido, se utiliza el valor cuota del día hábil subsiguiente a la fecha de la solicitud.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal diseñado para complementar los ingresos de los pensionados. Algunos puntos clave sobre la PGU son:
- Complemento a la Pensión: Sí, la PGU reconoce y complementa los ingresos de actuales y futuros pensionados.
- Compatibilidad con el Trabajo: Puedes optar a la PGU porque cumples uno de los requisitos que es tener más de 65 años y no hay un impedimento respecto a trabajar, tampoco es requisito estar pensionado.
- Reajustes: Tiene reajustes automáticos el 1° de febrero de cada año. Este reajuste se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
- Bonificación de Salud: Sí, continuarás recibiendo la Bonificación de Salud con la PGU.
- Monto de la PGU: El monto de la PGU aumentará a $250.000 y se implementará gradualmente.
- Pagos: Efectivamente, si además del beneficio de la PGU tienes una parte de tu pensión autofinanciada con tus propios ahorros o por cualquier otro concepto, entonces recibirás dos pagos.
Es importante tener en cuenta que:
- Edad: No, la PGU es para mayores de 65 años. Sin embargo, existe el Aporte Previsional Solidario por Invalidez (APSI), el cual está destinado para menores de 18 años con discapacidad mental, física y/o sensorial severa que pertenezcan al 60% de la población más vulnerable.
- Información Falsa: Si diste datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos intencionadamente, serás sancionado con la pena establecida en el artículo 467 del Código Penal. Además, deberás restituir al IPS las sumas indebidamente percibidas.
- Suspensión del Beneficio: El beneficiario no cobra la PGU durante 6 meses continuos.
Reforma Previsional y Cotizaciones
La reforma previsional introduce cambios importantes en el sistema de cotizaciones y la administración de fondos:
- Cotización del Empleador: A partir del quinto mes después de la publicación de la ley, la cotización a cargo del empleador aumentará gradualmente hasta llegar al 8,5%.
- Seguro Social: Lo que considera el texto es un mecanismo donde un porcentaje de la cotización será destinada al Seguro Social. Ese dinero se acumula en bonos y se devuelve cuando la persona se jubila. A esto se le conoce como cotización de rentabilidad protegida, con el que se financiará el beneficio por año cotizado.
- Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Actualmente, los empleadores ya se hacen cargo del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), estimado en un 1,5% de la remuneración imponible de los trabajadores para efectos de esta ley.
- Administración de Fondos: 1,5% del “préstamo de los y las trabajadoras”, que será administrado por el FAPP.
- Autopréstamo: Es importe señalar que el texto aprobado de la reforma no considera el Autopréstamo, entendiéndose como tal, a la posibilidad del afiliado de retirar parte de sus ahorros previsionales.
Fondos Generacionales
Los Fondos Generacionales están diseñados para facilitar que los Afiliados estén en el Fondo adecuado según su edad, adaptándose con el tiempo a medida que se acercan a su edad de jubilación.
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