En la legislación laboral chilena, los trabajos no son inamovibles. Es decir, puedes renunciar a tu trabajo si lo deseas, independiente de la razón, mientras cumplas con los requisitos que establece la ley.
Renuncia y Pago de Finiquito
Renunciar a un trabajo en Chile es una decisión importante y muchas veces surgen dudas sobre los derechos económicos que tienes al terminar tu relación laboral. Aquí te explicaremos detalladamente qué pagos te corresponden.
¿Qué derechos tengo si renuncio a mi trabajo en Chile?
Cuando decides renunciar a tu trabajo, tienes derecho a ciertos pagos que el empleador debe incluir en el finiquito. Estos incluyen:
- Remuneraciones pendientes: Corresponde al pago de los días trabajados en el mes en curso hasta la fecha efectiva de la renuncia.
- Vacaciones proporcionales y pendientes: Si tienes días de vacaciones acumulados y no utilizados, el empleador debe compensarlos económicamente.
¿Me corresponde finiquito si renuncio?
Sí, siempre. El empleador está obligado a extender y firmar el finiquito, el cual debe incluir los siguientes conceptos:
- Días trabajados pendientes.
- Vacaciones proporcionales y progresivas no utilizadas.
Plazo para el pago del finiquito
El empleador debe pagar el finiquito en un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de renuncia. Si incumple, puede ser denunciado ante la Inspección del Trabajo y multado. Además, el trabajador puede demandar con ayuda de un abogado laboralista.
¿Cómo renunciar correctamente en Chile?
Para que tu renuncia sea válida, debes seguir este procedimiento:
Redactar una carta de renuncia
Debe incluir tu declaración expresa de renuncia y la fecha efectiva del término de la relación laboral. El formato es libre, pero asegúrate de que sea clara y profesional.
Entrega formal de la carta
Entrega la carta personalmente al empleador y solicita que te timbren o firmen una copia como comprobante de recepción.
Renuncia Voluntaria Digital
La Renuncia Voluntaria Digital es un trámite que permite a los trabajadores/as formalizar y ratificar su decisión de renunciar a un contrato de trabajo, utilizando el Portal Mi DT de la Dirección del Trabajo, quien actúa como Ministro de Fe en el proceso. A continuación, se aclaran aspectos clave sobre este procedimiento para que cumplas correctamente con la normativa vigente.
¿Qué es la Renuncia Voluntaria Digital?
Es un proceso que permite a los trabajadores emitir y ratificar su renuncia laboral a través del Portal Mi DT, sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas de la Dirección del Trabajo. Este trámite gratuito ofrece la ventaja de ahorrar tiempo y simplificar los pasos para formalizar el término de la relación laboral.
¿Ratificar la renuncia en el Portal Mi DT es suficiente para informar al empleador?
No. Aunque la ratificación digital es válida ante la Dirección del Trabajo, no exime al trabajador de su obligación de notificar formalmente al empleador. El trabajador debe entregar una copia impresa de la carta de renuncia ratificada de una de las siguientes formas:
- Entrega presencial: Personalmente al empleador, quien debe firmar o timbrar una copia como constancia de recepción.
- Correo certificado: Enviando la carta a la dirección del empleador, lo que garantiza el cumplimiento del aviso legal.
¿Por qué es importante notificar al empleador?
El artículo 159 número 2 del Código del Trabajo establece que es responsabilidad del trabajador informar al empleador sobre su decisión de renunciar. Si no se entrega la carta de renuncia de manera presencial o mediante correo certificado, el empleador podría alegar desconocimiento del término de la relación laboral, lo que puede generar problemas administrativos y legales.
Beneficios del trámite digital
La Renuncia Voluntaria Digital presenta varias ventajas:
- Ahorro de tiempo: No es necesario acudir a las oficinas de la Inspección del Trabajo para ratificar la renuncia.
- Gratuito: El trámite no tiene costo.
- Accesibilidad: Puede realizarse desde cualquier lugar con acceso a internet, a través del Portal Mi DT.
¿Qué sucede si no notifico al empleador mi renuncia digital?
Si no entregas al empleador la carta de Renuncia Voluntaria Digital ratificada, ya sea presencialmente o por correo certificado, estarás incumpliendo con tu obligación legal.
Mitos y Realidades sobre la Renuncia en Chile
Renunciar a un empleo en Chile es una decisión que, además de ser personal, está regulada por normas específicas del Código del Trabajo. Sin embargo, existen muchas ideas equivocadas en torno al proceso de renuncia, lo que puede generar dudas o temores en los trabajadores. Este artículo desglosa algunos de los mitos más comunes y aclara la realidad detrás de ellos.
Mito 1: Si renuncio, pierdo todos mis derechos laborales.
Realidad: Renunciar no implica perder los derechos laborales adquiridos. Además, si corresponde, el empleador debe incluir otros beneficios económicos estipulados en tu contrato o convenio colectivo.
Mito 3: El empleador puede rechazar mi renuncia.
Realidad: El empleador no puede negarse a aceptar una renuncia. La renuncia es un acto unilateral del trabajador que solo requiere ser presentada por escrito. Para que sea válida, debes entregar una carta de renuncia con al menos 30 días de anticipación, salvo que el contrato estipule un plazo distinto. Es recomendable que la carta se entregue en dos copias, asegurándote de que una sea firmada o timbrada como comprobante de recepción.
Mito 4: Si renuncio, el empleador no está obligado a hacer un finiquito.
Realidad: El finiquito es obligatorio en cualquier término de contrato, incluyendo la renuncia. Este documento formaliza la relación laboral y detalla los pagos correspondientes al trabajador. Si el empleador no lo extiende dentro del plazo legal, se expone a sanciones de la Inspección del Trabajo y posibles demandas laborales.
Mito 5: La renuncia siempre debe ser notariada para ser válida.
Realidad: No es obligatorio que la renuncia sea notariada, pero hacerlo puede brindar una mayor seguridad al trabajador. Según la normativa chilena, basta con presentar una carta de renuncia escrita y entregarla al empleador para que sea válida. Además, tienes el derecho de presentar una demanda laboral para exigir el pago de las prestaciones adeudadas. Sin embargo, si el empleador ha incumplido gravemente el contrato de trabajo (por ejemplo, no pagar sueldos o cotizaciones), podrías recurrir al autodespido, lo que te permitiría demandar las indemnizaciones correspondientes.
Mito 9: No puedo renunciar si tengo un contrato indefinido.
Realidad: El contrato indefinido no impide que renuncies en cualquier momento. La única condición es cumplir con el aviso previo estipulado en tu contrato o, en su defecto, en el Código del Trabajo (30 días).
Mito 10: No puedo buscar un nuevo empleo mientras cumplo el aviso previo.
Realidad: Nada te impide buscar otro trabajo durante el período de aviso previo.
El Finiquito en Detalle
El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.
Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.
Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.
Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
¿Cómo se calcula el finiquito?
El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
- Determina la causal de término del contrato: El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador.
- Calcula las remuneraciones pendientes: El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
- Calcula las vacaciones proporcionales: Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año.
- Determina la indemnización por años de servicio: Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.
El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador. El finiquito es un acuerdo entre ambas partes.
El finiquito es un documento crucial que garantiza que ambas partes, trabajador y empleador, han cerrado correctamente la relación laboral.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web Mi DT y oficinas de la Inspección del Trabajo.
Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”.
Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia voluntaria, la que podrá descargar desde el sistema y recibirá por correo electrónico en un plazo máximo de 48 horas.
Como resultado del trámite, habrá ratificado su renuncia.
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