El Seguro de Cesantía es un derecho para los trabajadores en Chile que han perdido su empleo. Para poder acceder a este beneficio, es fundamental cumplir con ciertos requisitos y conocer el proceso de solicitud. A continuación, te explicamos detalladamente lo que necesitas saber para cobrar el Seguro de Cesantía en caso de renuncia (y otras causales de término de contrato), así como los pasos a seguir.
Requisitos Generales para Acceder al Seguro de Cesantía
Para ser elegible al Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante: Es decir, haber perdido tu empleo.
- Cotizaciones pagadas: Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Tipo de contrato: Ser trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado antes de esta fecha, puedes afiliarte de manera voluntaria.
Afiliación al Seguro de Cesantía
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Para ello, completa tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”, ingresando con tu ClaveÚnica. También puedes solicitar la incorporación en tu trabajo para que tu empleador realice tu afiliación.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Causales de Término de Contrato que Permiten Acceder al Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía puede ser solicitado en diversas causales de término de contrato, incluyendo:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
- Necesidades de la empresa (Art.).
- Quiebra del empleador (Art.).
Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.
Documentación Necesaria para Solicitar el Seguro de Cesantía
Para realizar la solicitud del Seguro de Cesantía, necesitarás presentar ciertos documentos que acrediten el término de tu relación laboral. Estos documentos pueden variar dependiendo de la causal de término, pero generalmente incluyen:
- Finiquito: Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal.
- Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe. Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento a través de la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa.
- Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
- Contrato de trabajo menor a 30 días: Si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: Para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo.
- Vencimiento de un contrato a plazo fijo (art.
- Término de la obra, faena o servicio que dio origen al contrato (art.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.
¡Tenga en cuenta! Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Puedes solicitar el Seguro de Cesantía de las siguientes maneras:
- Online: Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. También puedes pedir el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica.
- Presencial: Puedes hacer tu solicitud de manera presencial en una sucursal de AFC.
Recuerda escanear o sacar foto de los documentos necesarios para adjuntarlos a tu solicitud. Si no puedes tramitar tu Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a tu nombre.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y Giros Mensuales
Cada afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante, podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Para hacer uso del Fondo de Cesantía Solidario, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
Subsidio de Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Obligaciones Adicionales
Para mantener el beneficio, debes completar tu perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
Consideraciones Importantes
- La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
- Si presentas documentación falsa, podrías ser sancionado legalmente.

