Hoy es el mejor día para comenzar a ocuparte de tu futura jubilación. No esperes que otros te digan cuándo es el mejor día para elegir tu AFP, hoy es el momento para que tú decidas tomar las riendas de tu futuro.
Evaluación de Invalidez
La calificación como inválido y el grado de invalidez deberá ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total.
Tipos de Invalidez
Existen dos tipos principales de invalidez:
- Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%. La invalidez parcial es transitoria por un periodo de 3 años o hasta antes del cumplimento de la edad legal para pensionarse, lo que ocurra primero. Al cumplirse este plazo, el afiliado será citado para suscribir la solicitud de reevaluación de su invalidez, la que puede ser ratificada como parcial, cambiar a total o ser rechazada.
- Invalidez Total: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 66,6%. No requiere reevaluación, ya que pasa a Definitiva Total.
Cuando el afiliado no presenta el requisito de pérdida de menos del 50% de su capacidad de trabajo.
Proceso de Evaluación
Tu evaluación será en uno de los establecimientos autorizados para el trámite. El médico te citará a una consulta donde se constatará tu identidad, se evaluará tu condición física y se realizará una entrevista respecto de las enfermedades o afecciones que presentas. Principalmente te preguntará como ha sido su evolución, los tratamientos que se han efectuado y el posible origen de esta.
Si no puedes asistir a tu cita, la Comisión Médica realizará un peritaje médico en tu domicilio. La incapacidad para acudir se registra al inicio del trámite, con la documentación adecuada. Si el interesado no asiste a la cita, la Comisión Médica le enviará una nueva citación dentro de un día hábil.
Luego de evaluar tu expediente, la Comisión Médica te notificará por carta certificada. La Comisión Médica Regional, desde la evaluación médica tiene un plazo de 60 días para emitir el primer dictamen. Si tu dictamen final aún no ha sido emitido, puedes dirigirte a la Comisión Médica asignada para presentar una alegación o recurso de reposición, con el fin de que evalúen tu situación especial y se te otorgue un plazo adicional para apelar.
Costos Asociados al Trámite
¿Quién cubre los costos asociados al trámite?
- Tratándose de peritajes médicos, psicológicos, kinesiológicos y psicopedagógicos, el valor a financiar por parte de los afiliados es equivalente al de 3 consultas médicas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 159 del D.F.L. No l, de 2005, del Ministerio de Salud. Las AFP o Compañías de Seguro según sea el caso, financiarán la diferencia del costo de dichas interconsultas, peritajes y/o exámenes, en la parte no financiada por los afiliados, pudiendo llegar a ser esta parte el 100% del costo en el caso de afiliados cuya clasificación socio-económica los haga acreedores de 0% de pago.
Beneficios y Pensiones
La Comisión Médica te enviará el dictamen final ejecutoriado por carta certificada, y en base al resultado, continúa tu trámite en AFP Habitat. Si estás cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, recibirás un aporte a tu pensión.
El monto del aporte que realiza el seguro depende del grado de invalidez, ya sea parcial o total. Para los casos cubiertos por el seguro, la AFP debe determinar el Ingreso Base, que, en términos simples, corresponde al promedio de la renta cotizada durante los últimos 10 años. Con los fondos previsionales obligatorios, se revisa si estos son suficientes para cubrir la pensión de referencia del afiliado declarado inválido y su grupo familiar (en caso de sobrevivencia).
En 10 días hábiles comenzarás a recibir tu pensión transitoria. Si tu pensión calculada es menor a 3 UF por ley te pensionaremos por Retiro Programado.
Tipos de Pago
Existen diferentes tipos de pago relacionados con la pensión por invalidez:
- Pago Preliminar: Puedes solicitar un pago preliminar al momento de iniciar el trámite o durante el proceso. Este pago se realizará después del dictamen que otorgue tu invalidez y se emitirán pagos desde la fecha de ingreso de tu solicitud. Los pagos preliminares son adelantos de tu futura pensión y serán descontados al momento de ejecutarse el primer pago definitivo. Asimismo, el afiliado declarado inválido no cubierto por el seguro podrá solicitar un pago preliminar al momento en que quede ejecutoriado el primer dictamen de invalidez parcial.
- Pago Retroactivo: Se te realizará un pago retroactivo al momento de conocer tu grado de invalidez o al seleccionar tu modalidad de pensión, según corresponda. El pago retroactivo se efectuará desde que iniciaste tu trámite de pensión, la finalización de la licencia médica o el cese de funciones (para empleados públicos), según corresponda la última fecha.
- Pago Definitivo: El pago definitivo de la pensión transitoria deberá iniciarse a más tardar el mes siguiente al que se reciba la liquidación del Bono de Reconocimiento.
Recálculo de Pensión Anual
Una vez al año, todas las AFP deben realizar, por ley, un recálculo de pensión a aquellos que se encuentren pensionados bajo la modalidad de retiro programado y renta temporal.
Saldo Retenido
Saldo Retenido: Se retiene el 30% del saldo de la cuenta de capitalización individual del afiliado, que incluye aportes y Bonos de Reconocimiento.
- Tu pensión definitiva se calculará con el 70% del saldo de tus ahorros, y recibirás pagos hasta que se agote ese monto.
- El saldo retenido corresponde al 30% de tus saldos vigentes al momento en que se te otorgó la pensión de invalidez definitiva parcial.
- Si tu grado de invalidez aumenta por encima de 2/3, alcanzando la invalidez definitiva total.
Pensión de Sobrevivencia
Los requisitos dependen de tu parentesco con el afiliado. Para que el cónyuge no inválido y padre de hijo no matrimonial sea beneficiario de una Pensión de Sobrevivencia de una afiliada pensionada, la pensión de ella debe haber sido devengada a partir de octubre del 2008 en adelante.
Sistema SCOMP
Es un sistema electrónico que reúne las alternativas de pensión ofrecidas por Compañías de Seguros y AFP, cuya utilización es de carácter obligatorio tanto para los afiliados como para los beneficiarios de pensión de sobrevivencia, al momento de optar por una modalidad de pensión.
Ingresa y simula tu pensión, planifica un plan de ahorro mensual y empodérate de tu futuro.
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