El Seguro de Cesantía en Chile es un sistema de protección social diseñado para brindar apoyo económico a los trabajadores en caso de desempleo. ¿Sabías que existen requisitos y condiciones establecidos por la ley para acceder a estos beneficios?

Orígenes y Evolución del Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía en Chile tiene su origen en el año 2002, cuando comenzó a implementarse como una medida de protección económica para los trabajadores dependientes en situaciones de desempleo. Esta historia está marcada por múltiples transformaciones y mejoras continuas, siempre con el objetivo de priorizar el bienestar de los trabajadores.

En abril de 2015, se llevó a cabo otra reforma significativa que incrementó las tasas de reemplazo y fortaleció las prestaciones. Además, se implementaron medidas transitorias (como la Ley de Protección del Empleo, vigente desde abril de 2020 hasta octubre de 2021) para entregar una ayuda especial a los afectados por la pandemia del COVID-19. La Ley de Acceso Flexible también tuvo un rol de gran importancia, pues amplió significativamente el número de afiliados desempleados que pudieron acceder al Seguro de Cesantía durante la emergencia sanitaria.

Objetivo Principal del Seguro de Cesantía

El objetivo principal del Seguro de Cesantía es brindar respaldo financiero a los trabajadores que se encuentren desempleados, garantizando una protección económica durante el periodo en el cual están buscando un nuevo empleo. A través de este sistema, se establece una cuenta individual llamada Cuenta de Cesantía, en la cual se acumulan los fondos provenientes de las cotizaciones realizadas por los empleadores y los trabajadores.

Aportes al Seguro de Cesantía

En el caso de contratos indefinidos, todos los trabajadores que tengan este tipo de contrato tendrán acceso a fondos de respaldo, los cuales corresponden al 3% de la remuneración imponible.

  • Aporte del empleador: El empleador realizará un aporte del 2,4% de la remuneración imponible del trabajador.

Por otro lado, en el caso de los contratos a plazo fijo por obra o servicios, la dinámica es diferente.

  • Aporte del empleador: El empleador asume la totalidad del aporte, que corresponde al 3% de la remuneración imponible del trabajador.

Los trabajadores que están bajo un contrato de aprendizaje, aquellos que son menores de 18 años y aún no han cumplido esa edad, así como los pensionados, excepto aquellos cuya pensión se haya otorgado debido a una invalidez parcial, no están sujetos a esta regla.

Plazos y Modalidades de Pago

El empleador cuenta con un plazo de 10 días hábiles después de realizar el pago de la remuneración de un trabajador, para cumplir con las cotizaciones correspondientes al Seguro de Cesantía.

Estas alternativas brindan flexibilidad al empleador para cumplir con sus obligaciones en relación a las cotizaciones del Seguro de Cesantía.

  • Pago presencial: Se puede realizar en las sucursales de Banco Estado o Servipag, utilizando las planillas proporcionadas por la AFC.
  • Pagos online: La página de PREVIRED es una opción autorizada y eficiente que facilita el proceso de pago en línea.

Calendario de Cobro de Beneficios

El seguro de cesantía establece un calendario específico para el cobro de los beneficios, el cual está determinado por la AFC.

  • Giros de cuenta individual: Los días 3, 13 o 23 de cada mes.
  • Fondo de Cesantía Solidario: Los días 30 de cada mes o el día 13 del mes siguiente.
  • Pensiones: Los días 15 o 28 de cada mes.

El primer pago del seguro de cesantía se realizará, como mínimo, 30 días después de finalizar la relación laboral.

La Superintendencia de Pensiones (SP) señaló que durante el año 2023 no habrá modificaciones en el valor máximo mensual sobre el cual se calculan las cotizaciones del Seguro de Cesantía.

Afiliación y Requisitos

Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Importante: las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.

Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

Beneficio de Lagunas Previsionales

El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile.

Causales de Término de Contrato Cubiertas

Algunas de las causales de término de contrato cubiertas por el Seguro de Cesantía incluyen:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.
  • Vencimiento del plazo de contrato (Art.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.
  • Necesidades de la empresa (Art.
  • Quiebra del empleador (Art.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.

Fondo de Cesantía Solidario

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.

Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.

Financiamiento y Solicitud

El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.

Beneficios Adicionales

Beneficios adicionales del Seguro de Cesantía:

  • Primer pago al 70% promedio de sus remuneraciones: últimas si tuvo contrato fijo y últimas 10 en caso de indefinido.
  • Aporte a AFP: 10,10% de aporte a la pensión mientras esté cobrando el Seguro de Cesantía. Este es un beneficio vigente desde el 1 de mayo, por lo que sus pagos a partir de esa fecha contemplan este aporte.
  • ¡Importante! Se trata de un beneficio adicional, que consiste en dos pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Se activa siempre que el beneficiario permanezca cesante y se hayan agotado sus fondos, independiente del tipo de contrato que tuvo.

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