El Seguro de Cesantía en Chile es un beneficio crucial para los trabajadores que quedan cesantes. Para acceder a este seguro y realizar diversos trámites, es fundamental contar con la Clave Única. A continuación, te explicamos cómo afiliarte al Seguro de Cesantía y cómo obtener tu Clave Única para acceder a los beneficios.

Afiliación al Seguro de Cesantía

La afiliación al Seguro de Cesantía es automática si cumples con los siguientes requisitos:

  • Fuiste contratado con posterioridad al 2 de octubre de 2002.
  • Eres mayor de 18 años.
  • Tienes un contrato regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o eres trabajador(a) de casa particular.

En este caso, usted no debe hacer ningún trámite.

Afiliación Voluntaria

Si fuiste contratado bajo el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o como trabajador(a) de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria a través del sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

  1. Completa tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”.
  2. Ingresa con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  3. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).

Trámites del Empleador

Es el empleador quien debe realizar ciertos trámites para asegurar la correcta incorporación del trabajador al Seguro de Cesantía:

  • Completar el formulario de “Aviso de Iniciación de Servicios” de manera electrónica en la Sucursal virtual de empleadores.
  • También podrá hacerlo a través de PreviRed.com.

Su empleador(a) debe pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al inicio del contrato o el día 13 si el pago es vía electrónica.

En caso de no contar con cédula de identidad, el(la) empleador(a) utilizará el NIC (número de identificación para cotizar) del trabajador o trabajadora.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Solicitud de Beneficios

Para solicitar los beneficios del Seguro de Cesantía:

  1. Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica.
  2. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Fondo de Cesantía Solidario

Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

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