El sistema de pensiones es un tema que ha ganado relevancia en la agenda pública. Ante este debate, es crucial reconocer los méritos de quienes hicieron posible la modernización de la seguridad social en Chile durante la década de los 80.
Las bondades del régimen de reparto habían sido cuestionadas en 1960, cuando se constituyó la Comisión de Estudios de la Seguridad Social, bajo la dirección de Jorge Prat Echaurren. El diagnóstico de los diferentes regímenes e instituciones obtenido en 1964 fue muy concluyente al señalar que el sistema previsional a esas alturas estaba “condenado a desplomarse por injusto, por oligárquico, por discriminatorio y por ser ineficazmente oneroso, tanto para los ganadores de sueldos o salarios como para la producción nacional”.
Sin embargo, existe evidencia de que las pensiones del sistema de capitalización individual no lograron satisfacer todas las expectativas de muchos actuales pensionados de las AFP. Una primera explicación tiene que ver con la precariedad del empleo, la rotación laboral y el trabajo por cuenta propia, fenómenos que tendrían como efecto que algunas personas no ingresan a una AFP o si lo hacen, sus ahorros presentan lagunas de varios años sin cotizar; también porque una fracción de ellos no impone el 10% que corresponde a sus verdaderos ingresos, con el fin obtener un mayor sueldo líquido.
Una tercera explicación es el aumento de la esperanza de vida al nacer, lo cual implica que los pensionados, al tener una mayor longevidad, ven que el fondo acumulado en una AFP debe repartirse entre más años y por ende disminuye el monto mensual del retiro programado o renta vitalicia de esos haberes.
Sin profundizar en la discusión técnica sobre las ventajas y desventajas del actual sistema previsional, está claro que el proyecto de ley para el mejoramiento de las pensiones que se discute hoy en el parlamento procura hacerse cargo de sus deficiencias con un importante consenso de no volver al sistema de reparto. El acuerdo político coincide hasta hoy en aumentar la tasa de cotización en un 4% con cargo al empleador.
Uno de los grandes aportes económicos de la capitalización individual en los diversos fondos de pensiones es el haber incrementado el ahorro interno y la inversión para la productividad de nuestro país.
Desde el punto de vista productivo dicha billonaria capitalización ha permitido una inversión directa de MMUS$1.067 y una indirecta de MMUS$155 en proyectos de infraestructura, con sólo el aporte de 0,73% de esos fondos.
Si bien es cierto que, desde la perspectiva histórica, fue una decisión correcta el haber optado por la capitalización individual para el sistema previsional de nuestro país, no es menos cierto que para las jóvenes generaciones el valor esperado de la pensión está estrechamente ligada a un adecuado monto de las actuales remuneraciones.
Remuneraciones de las Fuerzas Armadas
En otras palabras, las Fuerzas Armadas (FF.AA.) se ven forzadas a compensar sueldos comparativamente bajos, en relación a profesionales y técnicos equivalentes del mundo civil, con asignaciones que no forman parte del sueldo imponible pero que incrementan significativamente el total haberes mensuales, amén de las mencionadas retribuciones. Cuando el servidor pasa a retiro la institución envía el expediente y cese de sueldo a la Subsecretaría para las FF.AA., que calcula y concede beneficios.
Una vez revisado por la Contraloría General de la República (CGR), Capredena otorga al retirado una pensión fiscal de por vida, con un monto fijo, que se calcula respecto de los años de servicio en un porcentaje que varía entre 20/30 y 100% del último sueldo imponible. Esto es factible porque el monto de la pensión en un sistema de reparto, como el que todavía rige para las FF.AA., no dice relación con las cotizaciones acumuladas durante la vida laboral que exige sistema de capitalización individual.
En este último la cotización previsional, efectiva y continua, del 10%, del sueldo de cualquier trabajador condiciona el monto de la pensión, anticipada o de vejez diferenciada para hombres y mujeres. En cambio, las cotizaciones de los servidores de las fuerzas armadas alcanzan al 6,5%, un 6% corresponde a la cotización previsional y un 0,5% al fondo revalorizador de pensiones. Cabe mencionar que los militares en servicio aportan un 5% al fondo de desahucio, mientras que en las ocupaciones civiles lo asume el respectivo empleador.
La cuestión de fondo es que la mantención de un sistema de reparto no se sustenta financieramente, aun cuando sea una legítima retribución para la abnegada carrera militar, y que se arguye mantener, porque la idoneidad militar no sería aplicable en las actividades civiles o porque los militares estarían impedidos de ofrecerla a otros países.
Tomando como referencia los datos expuestos por el vicepresidente ejecutivo de Capredena en la Cámara de Diputados el monto total de las pensiones que pagó ese organismo el año 2015 fue de MM$911.270 (0,54% del PIB), un 66% fueron pensiones de retiro e inutilidad y un 34% pensiones de montepío. Estas pensiones son financiadas en un 89,33% con aportes del Estado y sólo un porcentaje muy menor con las cotizaciones de quienes se encuentran en servicio activo. El aporte fiscal creció también como promedio un 6% anual entre los años 2011 al 2015.
Aunque esta cifra impresiona por su magnitud es más preocupante que, aun así, más del 16% de los militares en retiro recibe mensualmente una cantidad inferior al sueldo mínimo.
Según lo expresara el presidente de la República, “…no sacamos nada con tener los mejores equipos técnicos, el mejor equipamiento bélico, la mejor tecnología si no contamos también con los mejores equipos humanos para poder hacer buen uso de ese equipamiento y de esas tecnologías”, agregando a continuación que dicha ley “…busca adecuar la carrera militar a esta nueva realidad que vivimos los chilenos, que tenemos una de las expectativas de vida más altas del mundo…”
En síntesis, la iniciativa legal eleva el límite máximo de años de servicio de los oficiales de 38 a 41 años y de los suboficiales de 35 a 40 años. También posterga el derecho a recibir pensión completa de 30 a 35 años de servicio.
Modernización de la Carrera Militar
El tema de la carrera militar había venido estudiándose entre los años 2003-2007 por el comité de directores del personal de las FF.AA., cuyos integrantes arribaron a nueve proposiciones para cambiar la normativa vigente con el fin de: crear carreras temporales o específicas, alargue de la carrera, ascenso por méritos, escalafón de complemento, nuevo sistema de remuneraciones, retiro por edad cumplida, desahucio a los 25 años, eliminación de beneficios y medidas de transición.
Al respecto, un reciente artículo precisa las principales finalidades del proyecto sobre modernización de la carrera profesional, el cual aún se encuentra en la Cámara de Diputados siguiendo el primer trámite constitucional, y que esencialmente son: la “…necesidad de retener por más tiempo en servicio al personal de las FF.AA.” y la “…conveniencia de contener el gasto previsional de Capredena”.
Asimismo, el proyecto de ley contempla la creación del escalafón de servicios generales y el aumento de la permanencia en la base de selección para el ascenso, ambas en el sentido retener a oficiales y a suboficiales calificados dentro de la institución.
Analizar la situación de la estructura piramidal española con la limitación de vacantes de plazas para los grados de capitán de fragata y equivalentes (75% del total de su promoción) y oficiales superiores (40% del total de su promoción) del escalafón de oficiales y para los grados de suboficial y suboficiales mayores del escalafón de suboficiales.
A continuación, se presenta una tabla con datos relevantes sobre las pensiones y cotizaciones en el contexto de las Fuerzas Armadas:
| Concepto | Descripción | Porcentaje/Monto |
|---|---|---|
| Pensiones pagadas por Capredena (2015) | Monto total de las pensiones pagadas por Capredena | MM$911.270 (0,54% del PIB) |
| Tipos de pensiones | Distribución de las pensiones | 66% retiro e inutilidad, 34% montepío |
| Financiamiento de pensiones | Origen de los fondos para las pensiones | 89,33% aportes del Estado, resto cotizaciones |
| Aporte fiscal | Crecimiento promedio anual del aporte fiscal | 6% (2011-2015) |
| Militares en retiro bajo sueldo mínimo | Porcentaje de militares en retiro que reciben menos del sueldo mínimo | Más del 16% |
| Cotización previsional FF.AA. | Cotización previsional de los servidores de las Fuerzas Armadas | 6,5% (6% previsional, 0,5% fondo revalorizador) |
Gestión de Remuneraciones en Chile
La gestión de remuneraciones en Chile es un aspecto fundamental para las empresas, ya que garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales y contribuye al bienestar de los trabajadores. Remuneración se define como la contraprestación en dinero y/o especies que el empleador debe pagar al trabajador por el servicio prestado.
- Sueldo Base: Es la remuneración fija pactada en el contrato de trabajo.
- Gratificaciones legales en Chile: La ley establece que las empresas deben compartir con sus trabajadores un porcentaje de las utilidades.
- Bonos e incentivos: Son pagos adicionales que buscan recompensar el desempeño o cumplimiento de metas específicas.
- Horas Extraordinarias: Las horas trabajadas más allá de la jornada ordinaria deben ser remuneradas con un recargo del 50% sobre el valor de la hora normal.
La remuneración debe ser pagada dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al trabajado. La digitalización de los procesos de remuneración aporta eficiencia y precisión. La correcta gestión de las remuneraciones en Chile en 2025 requiere un conocimiento actualizado de la legislación, una aplicación rigurosa de las normativas y el apoyo de herramientas tecnológicas que faciliten el proceso.
TAG: #Sueldo

