Uno de los insumos que benefician a las personas que, por diversas razones, quedan sin trabajo, es el denominado Seguro de Cesantía. El seguro de cesantía es un sistema de protección social en Chile que busca resguardar a los trabajadores ante la pérdida involuntaria de empleo.
Si decides renunciar a tu trabajo en Chile, es importante que conozcas el procedimiento para cobrar el seguro de cesantía.
✅ No, si renuncias voluntariamente en Chile, no puedes acceder al seguro de cesantía. Si renuncias a tu trabajo en Chile, el acceso al seguro de cesantía dependerá de ciertas condiciones.
Sin embargo, existe una excepción: si tu renuncia se debe a causas justificadas, como acoso laboral, incumplimientos del contrato por parte del empleador, o condiciones de trabajo que pongan en riesgo tu salud, podrías tener derecho a acceder a tu fondo de cesantía.
Requisitos Generales para Acceder al Seguro de Cesantía
Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
Requisitos Específicos:
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
- Ser trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”.
Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía
El trámite se realiza mediante la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y se realiza tanto de manera física como virtual.
- Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Ingresa con tu ClaveÚnica.
- Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
- En caso de no querer recurrir presencialmente a las oficinas de AFC, debes ingresar al sitio web de la administradora, y hacer click en Sucursal Virtual. Después de ello, se obtiene el saldo del Seguro. En la parte de arriba, encontrarás la opción "Cobro del Seguro", donde se detalla el proceso. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Una vez que tu solicitud sea aprobada, recibirás el monto correspondiente a tu fondo de cesantía acumulado.
Documentación Necesaria
Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas. Escanearlo o sacar foto. Si presenta documentación falsa, podría ser sancionado legalmente.
El finiquito es el más común. Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal, quien debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado con alguna de las siguientes frases: “leyó y ratificó ante mi”, “firmó y ratificó ante mi”, “ratificó ante mi” o “leyó, firmó y ratificó ante mi”.
Otros documentos que pueden ser requeridos:
- - Emitida y firmada por el empleador. - Debe tener timbre y logo o membrete de la empresa. ¡Tenga en cuenta! Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
- Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe. Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento a través de la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa. Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.
- Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
- Contrato de trabajo menor a 30 días: si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado.
Consideraciones Adicionales
Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.
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