El Seguro de Cesantía es un beneficio clave para los trabajadores en Chile, y entender cómo funciona y cómo consultar tu saldo es fundamental. Tu empleador juega un rol importante en la financiación de este seguro.
Rol del Empleador en el Financiamiento del Seguro de Cesantía
Su empleador tiene un rol clave para financiar el Seguro de Cesantía. La cotización al Seguro de Cesantía corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador.
Es importante saber que este descuento de su sueldo se realiza sólo cuando el o la trabajador(a) tiene un contrato de trabajo indefinido o es un(a) trabajador(a) de casa particular. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.
Su empleador deberá pagar sus cotizaciones durante los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al pago de su remuneración. Usted debe comprobar que el pago de cotizaciones haya sido realizado por su empleador(a).
¿Qué hacer si tu empleador no paga las cotizaciones?
Si su empleador no pagó sus cotizaciones, usted puede interponer un reclamo en la Sucursal Virtual de afiliados, sección Mis trámites > Información de mi cuenta > Cotizaciones, saldos y cartolas, adjuntando su contrato de trabajo y sus liquidaciones de sueldo. También puede dirigirse a cualquier sucursal, presentando los documentos anteriormente señalados.
Por ley, el período máximo de cotización es de 11 años, por cada relación laboral. Si usted tiene una licencia médica transitoria, y su contrato es indefinido, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa y mutuales), mientras dure su licencia.
El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
¿Cómo Consultar tu Saldo Actualizado y Movimientos de Cuenta?
Una de las preguntas más frecuentes de nuestros afiliados es cuánto dinero tienen ahorrado en su Seguro de Cesantía. Puede revisar su saldo actualizado y últimos movimientos de su cuenta en la Sucursal virtual de afiliados, ingresando con su ClaveÚnica o clave AFC.
Cartolas Informativas
- Cartola anual: se envía en el mes de febrero e informa los movimientos de su cuenta durante el año anterior.
- Cartolas cuatrimestrales: se envían en junio y octubre e informan los movimientos de su cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.
Para acceder a ella, y de manera de resguardar su información, se abre con una contraseña que corresponde a su rut completo, sin guion ni puntos. Si finaliza en k, debe usar minúscula. La cartola no muestra el saldo actualizado a la fecha de emisión de la cartola.
¿Qué hacer ante inconsistencias en la cartola?
Para notificar a AFC que el empleador que aparece en su cartola no corresponde, debe realizar un reclamo ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC. Ante cualquier otra inconsistencia, debe levantar el requerimiento ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC.
Puede acceder a la cartola digital de manera fácil y rápida actualizando su dirección de correo electrónico y su número de celular en la Sucursal virtual de afiliados.
Acceso a los Fondos del Seguro de Cesantía
Usted puede acceder a sus fondos siempre que esté cesante y cumpla con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía.
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Afiliación al Seguro de Cesantía
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica.
También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación). Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Información Adicional para Empleadores
Pagar las cotizaciones de sus trabajadores(as), cuyos porcentajes de aportes dependerá del tipo de contrato. Pagar las cotizaciones de un(a) trabajador(a) que se encuentre con licencia médica. Recuerde que los trámites de movimiento de personal pueden realizarse ingresando a Sucursal Virtual de empleadores.
Si el(la) trabajador(a) cuenta con contrato de trabajo desde antes del 2 de octubre de 2002 y no está afiliado automáticamente al Seguro de Cesantía, puede hacerlo voluntariamente a través del formulario que se encuentra en este sitio web ingresando con su ClaveÚnica. Una vez realizada la solicitud AFC le notifica en 5 días si la solicitud fue aprobada o rechazada.
Una vez que el trabajador cuente con su cédula de identidad chilena, debe informar a AFC. Para ello, debe ingresar a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”. La incorporación o afiliación de un(a) trabajador(a) extranjero(a) a AFC Chile la debe realizar el empleador en la Sucursal Virtual de empleadores con su clave de empleador. Una vez dentro, seleccionar la opción “Mis trámites”> “Afiliación o registro” >” Afiliación de mis trabajadores”.
Otros Trámites Disponibles
- Consulta de rezagos por aclarar: en caso que se hayan generado rezagos por diferencias entre el RUT y el nombre del trabajador o por el pago de cotizaciones no correspondientes al tipo de contrato registrado, deberá rectificarlo en el menú “Rezagos”.
- Regularización de mora presunta o reconocimiento de la deuda: puede revisar el detalle de la deuda y aclararla informando las fechas que correspondan si es por movimiento de personal u otro motivo. También puede regularizar una cotización que ya fue pagada, indicando la fecha y canal por el cual se realizó el pago.
- Solicitud para aclarar boletín: en caso que tenga una deuda que haya sido informada al boletín laboral, podrá ingresar una solicitud adjuntando los documentos que acrediten el pago en la entidad respectiva.
- Planilla de saldo de remuneraciones: usted puede cargar los datos de aquellos trabajadores a los cuales les debe saldos o en el caso del pago de cotizaciones especiales de trabajadores temporeros. Una vez registrada la información puede pagar en BancoEstado.

