Este artículo detalla los requisitos y procesos necesarios para obtener la liquidación de sueldo siendo parte de la Policía de Investigaciones (PDI), incluyendo información relevante sobre la pensión de retiro y el desahucio.

Pensión de Retiro

La Pensión de Retiro es el beneficio previsional que adquiere el personal de la Policía de Investigaciones al cumplir 20 años de servicios efectivos (Art. Nº 82 DFL.

Desahucio

El Desahucio es una indemnización que tiene derecho a percibir el personal de planta de la Policía de Investigaciones quien, cumpliendo los requisitos, se retira de la Institución con derecho a pensión.

Desahucio para Personal Ingresado Antes del 23 de Septiembre de 1989

  • Regido por antiguo estatuto administrativo (D.F.L. 338 de 1960).
  • En servicio activo se cotiza un 6% de la remuneración imponible.
  • Se computa tiempo institucional y se agrega el tiempo de Conscripción Militar.
  • Equivalente a un mes de sueldo imponible por cada año de servicio, con tope de 24 mensualidades.

Desahucio para Personal Ingresado a Contar del 23 de Septiembre de 1989

Se rige por el artículo N° 133 del D.F.L. (INV) N° 1/80, Estatuto del personal de la PDI. Cotización de un 5% de la remuneración imponible en servicio activo, retiro o montepío.

El personal que se haya retirado de la Institución por causal de invalidez de primera, segunda y tercera clase, de acuerdo a lo dispuesto en el Art.

Departamento de Retiro de la PDI

Desde el mes de Septiembre del 2020, el Departamento de Retiro de la Policía de Investigaciones de Chile es el encargado de recopilar toda la documentación del funcionario policial que pase a retiro. El Depto.

Debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, la atención de público está suspendida en forma presencial.

Trámite en Dipreca

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de Dipreca.

Información Adicional

  • Madre hijo/a no matrimonial. LEY N° 15.386 Art.
  • Personal a Contrata establecido en el Art. N° 1 del DFL.

Importante: pensionados y pensionadas de montepío que se encuentren y acrediten su calidad de estudiantes, de un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación, podrán recibir el beneficio entre los 18 y 24 años de edad.

Importante: considerar que para cada tipo de causante se requiere la documentación indicada en el formulario respectivo.

Importante: si requieres más información, llama al Call Center de Dipreca: 600 6135 600 o al +56 2 2 2818 57 30.

TAG: #Sueldo

Lea también: