Los fondos en tu AFP son de tu propiedad y se destinan a tu futura pensión. A continuación, te presentamos los requisitos y consideraciones importantes para retirar tus fondos de AFP Modelo.

Retiro para Trabajadores Extranjeros

¿Sabías que bajo la ley 18.156 los trabajadores extranjeros en Chile pueden eximirse de cotizar? Esta ley te permite mantener tu afiliación a la seguridad social de tu país de origen, y, además, en caso de que hayas cotizado en Chile, hacer un retiro de esos fondos como técnico extranjero.

Requisitos:

  • Estar afiliado a un instituto u organismo previsional o de seguridad social en tu país de origen.

Una vez que realices el retiro, la AFP informará a tu empleador que no debe seguir pagando tus cotizaciones previsionales. En caso de que continúe cotizando en tu nombre, se entenderá que quieres cotizar en Chile y no podrás realizar un nuevo retiro por los ahorros con ese empleador.

Retiro de Fondos por Tercer Retiro (Ejemplo Histórico)

En el caso del tercer retiro, desde las 9 AM del miércoles 28 de abril del 2021 se podía hacer la solicitud en el sitio web tu10conmodelo.cl. Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link: tu10conmodelo.cl. Para realizar una corrección, deberás cancelar o anular la solicitud para luego ingresar una nueva solicitud.

La AFP tenía un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago del retiro, en el medio de pago que hayas indicado al momento de tu solicitud.

Si seleccionaste Cuenta 2 para recibir tu pago, esta se abriría de manera automática. Desde esta cuenta podrás transferir a tu cuenta bancaria sin costo.

En el caso del retiro 2, los pagos se realizaron de la siguiente manera:

  • Si el retiro era menor o igual a 35 UF, se pagaba en una sola cuota hasta 10 días hábiles de ingresada la solicitud.
  • En caso de que el retiro fuera mayor a 35 UF, este monto se dividía en dos cuotas de 50% cada una, pagadas la primera 10 hábiles posteriores al ingreso de la solicitud y la segunda 10 días hábiles posteriores al primer pago.

La ley que autoriza el 3° retiro de fondos cuenta con un mecanismo voluntario en el que podrás solicitar imponer un 1% adicional, al menos por 12 meses en la AFP. En el caso de los Retiros 1 y 2 no hay mecanismos para la reposición de fondos.

Consideraciones Adicionales

El retiro de ahorros previsionales puede tener un impacto en la obtención de beneficios que se otorgan a través de convenios internacionales de seguridad social, dado que existen países suscritos a estos convenios que contemplan en el acceso a beneficios, un mínimo de meses con aportes previsionales. En ciertos casos estos periodos de cotización pueden ser complementados con los aportes previsionales realizados en Chile.

  • Cuenta bancaria en Chile: Es necesaria para recibir los fondos.

¿Quiénes Pueden Solicitar el Retiro?

  • Sí, todos los pensionados de Vejez, Invalidez definitiva o transitoria y los beneficiarios que reciban pensión de Sobrevivencia, bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán solicitar el retiro.
  • También pueden efectuar el retiro de fondos los menores de 18 años que tengan una cuenta obligatoria o de afiliado voluntario.
  • Sí, podrás realizar la solicitud de retiro.

Trámites y Solicitudes

Los afiliados que presenten la solicitud a través de mandatarios, deberán otorgar los mandatos mediante escritura pública o privada, y en este último caso, con la firma autorizada ante Notario u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría.

Existen dos formularios de solicitud que dependen del tipo de trabajador que la presente:

  • Trabajadores dependientes, al ser el empleador quien debe realizar el pago de las cotizaciones previsionales.
  • Trabajadores independientes obligados a cotizar, en este caso quien realizará el cálculo será hecho por Servicio de Impuestos Internos, al momento de determinar las cotizaciones previsionales.

Información Adicional

  • Consulados Chilenos: Si estás cerca de un consulado chileno, los afiliados también pueden presentar su solicitud de retiro en un Consulado chileno.
  • Deudas Judiciales: Debes comunicarte directamente con el Poder Judicial. Puedes acudir directamente al Poder Judicial para solicitar que aclaren tu situación de deuda. Podrás realizar la solicitud de retiro al igual que cualquier otro afiliado.

Valor de los Fondos de Pensiones

El valor de los fondos de pensiones se expresa en cuotas y en valor cuota. La cantidad de cuotas representa cuántas partes del fondo eres dueño, mientras que el valor cuota es un valor de referencia que permite medir la rentabilidad que va generando el fondo, en el día a día. Por ejemplo: si un afiliado tiene acumulado $100.000 y el valor de la cuota es de $1.000, entonces el capital de este afiliado se expresa en 100 cuotas.

Pensionarse y Convenios Bilaterales

Pensionarte en Chile al cumplir la edad legal. Si tu país tiene un convenio bilateral con Chile, al hacer el trámite de pensión allá, puedes gestionar el trámite con AFP Modelo a través del organismo de enlace, y recibir tu pensión chilena junto a la pensión que recibas allá. Si eres de Perú, el convenio entre ambos países te permite traspasar tus ahorros de pensión a tu organismo de seguridad social peruano.

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