La Seguridad Social es un derecho fundamental. Por eso, el Estado chileno se esfuerza por garantizar el acceso a asistencia médica y proteger a las personas en situaciones como la vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, maternidad, accidentes laborales o la pérdida del sostén del hogar, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

El Sistema de Pensiones en Chile

El Sistema de Pensiones en Chile se compone de 3 pilares que operan de manera coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario. A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado proporciona una serie de beneficios dirigidos, actualmente, al 90% más vulnerable de la población con el fin de brindar protección y evitar la pobreza en la vejez.

Este pilar solidario es un beneficio estatal que favorece a todas las personas a partir de los 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población y que acrediten residencia en Chile por al menos veinte años, contando desde los 20 años de edad. Considera el pago mensual de $206.173 a los pensionados que reciben actualmente una pensión base menor o igual a $702.101.

Afiliación a una AFP

La afiliación es la relación jurídica que se establece entre un trabajador y el Sistema de Pensiones. De acuerdo con la ley, la afiliación se define como la relación entre un trabajador y el Sistema de Pensiones.

Al comenzar a prestar servicios, según lo estipulado en el contrato laboral, y en caso de que el trabajador no esté afiliado previamente a una AFP, la persona se incorpora automáticamente a la AFP que cobre la menor comisión por recibir y administrar sus cotizaciones previsionales obligatorias. Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema.

Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Proceso de Incorporación

Los dependientes que inician labores por primera vez deberán realizar esta incorporación dentro de los 30 días siguientes al inicio de labores. Deben suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP licitada. Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización.

Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.

Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria

En su AFP, el afiliado tendrá una Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria en la que se depositará mensualmente la cotización para el sistema de pensiones establecida por ley, y que hoy es por el 10% de la remuneración imponible o renta mensual. Busca fomentar la contratación de trabajadores jóvenes y también incentivar la cotización desde temprana edad.

Afiliación para Trabajadores Migrantes

La población de migrantes en Chile ha aumentado considerablemente en los últimos años. El trabajador debe afiliarse a la AFP con su pasaporte o documento de identificación de su país de origen y el contrato de trabajo para cotizar en una cuenta individual con identificación provisoria.

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