En Chile, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son supervisadas por la Superintendencia de Pensiones (SP). Este es un órgano contralor que representa al Estado, y su objetivo principal es vigilar y controlar tanto a las AFP como a las Administradoras de Fondos de Cesantía.
Funciones de la Superintendencia de Pensiones
La Superintendencia de Pensiones no solo se enfoca en las AFP, sino que también fiscaliza de manera integral a otras entidades como las Cajas de Compensación y las Mutuales. Además, se ocupa de los beneficios y materias de los regímenes de la seguridad social administrados por otras entidades. A continuación, se detallan algunas de las fiscalizaciones específicas:
- AFP: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de los pensionados.
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de los pensionados.
- Compañías de Seguros de Vida: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de los pensionados.
- COMPIN: Se fiscaliza su administración de licencias médicas, subsidios por incapacidad laboral, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, calificación de discapacidad mental para acceder a subsidio, calificación de invalidez para acceder a asignación familiar al duplo.
- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de los pensionados y la revalorización de pensiones de la Ley N° 15.386.
- Empresas con administración delegada de la Ley N° 16.744: Se fiscaliza su administración del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Instituciones descentralizadas del Estado: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de los funcionarios.
- Instituto de Previsión Social: Se fiscaliza su administración de las prestaciones familiares de trabajadores y pensionados, subsidio familiar, subsidio para personas con discapacidad mental, bono bodas de oro, y subsidio de cesantía del sector privado.
Supervisión Basada en Riesgos (SBR)
La Supervisión Basada en Riesgos (SBR) es una metodología utilizada por la Superintendencia de Pensiones para fiscalizar a las entidades. Esta metodología orienta las actividades de supervisión hacia las fuentes de mayor exposición, optimizando así el uso de sus recursos. La SBR se aplica a las entidades fiscalizadas considerando las debidas adaptaciones según la complejidad, naturaleza y tamaño de las operaciones de cada entidad.
Conflictos de Interés y Paraísos Fiscales
La Superintendencia de Pensiones revisa las sociedades que integran los miembros de los directorios y altos gerentes de las AFP, así como aquellas en las que participan sus cónyuges. El objetivo es evitar que estas sociedades puedan hacer negocios relacionados con las inversiones que realizan las AFP con los fondos previsionales de los trabajadores. Sin embargo, la norma tiene limitaciones, ya que directores y gerentes de AFP solo están obligados a declarar sus sociedades constituidas en Chile, dejando fuera aquellas creadas en el extranjero.
CIPER detectó casos de directores y gerentes de AFP relacionados con sociedades en paraísos fiscales. Algunos ejemplos incluyen:
- Juan Benavides Feliú: Presidente de AFP Habitat entre 2014 y 2019, vinculado a la Fundación Altinum, que operó en Panamá.
- Patrick Muzard Le Minihy de la Villeherve: Gerente de Negocios Internacionales de AFP Habitat, vinculado a una sociedad de exploración minera.
- Isidoro Palma Penco: Director de AFP Cuprum, vinculado a Praco Didacol, una sociedad automotora colombiana registrada en Panamá.
- Eduardo Vildósola Cincinnati: Ex director y gerente general de AFP Capital, vinculado a Cepa Enterprises, firma constituida en Panamá.
- Juan Pablo Coeymans Moreno: Miembro del directorio de AFP Modelo desde 2017, con lazos familiares con los socios de Klein and Cliton Investment, que opera en Islas Vírgenes Británicas.
Estos casos plantean preguntas sobre la idoneidad de administrar fondos de pensiones para aquellos que utilizan paraísos fiscales para mantener bajo reserva su patrimonio o planificar una baja tributación. Aunque no es ilegal tener una empresa en un paraíso fiscal, se subraya la necesidad de una mirada global al tema, más allá del mercado de las administradoras de fondos de pensiones.
Cómo Realizar Consultas o Reclamos
Los afiliados pueden realizar consultas o reclamos sobre temas previsionales y Seguro de Cesantía a través de los siguientes medios:
- Sitio web: Completar los datos requeridos y enviar la consulta online, adjuntando un documento (PDF o Word) de no más de tres páginas y con un peso máximo de 2 MB.
- Call center: Llamar al 600 831 2012 desde red fija.
- Correo postal: Enviar una carta dirigida a la Superintendencia de Pensiones (SP).
Funcionamiento del Sistema de AFP
Las AFP se financian a través del cobro de comisiones a sus afiliados. El sistema de AFP surgió a través del Decreto Ley Nº 3.500, publicado en noviembre de 1980, que reemplazó el antiguo sistema de pensiones (INP, cajas de empleados, etc.).
La Cuenta de Capitalización Individual de las AFP corresponde a la cuenta personal de cada afiliado que contiene sus cotizaciones por renta, ahorros voluntarios e intereses ganados por las inversiones de la AFP. Con el sistema de Multifondos, la AFP separa los dineros en cinco fondos de inversión, con distinto riesgo de capital.
Modalidades de Pensión
Existen diferentes modalidades de pensión que los afiliados pueden elegir:
- Renta vitalicia inmediata: El afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta mensual fija en UF para toda la vida y, tras su fallecimiento, a sus beneficiarios de pensión. En esta modalidad, los fondos previsionales del afiliado se traspasan a la Compañía de Seguros de Vida.
- Renta temporal con renta vitalicia diferida: El afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta mensual fija reajustable en UF a partir de una fecha posterior a la jubilación. Mientras tanto, recibe una pensión financiada con fondos retenidos en su cuenta de capitalización individual en la AFP.
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