La jubilación es una etapa de la vida que implica una serie de cambios, tanto personales como económicos. Una de las decisiones más importantes que debes tomar al momento de jubilar es cómo recibir tu pensión.
El sistema de pensiones en Chile se basa en el ahorro individual obligatorio. Cada trabajador debe cotizar el 10% de su sueldo en una cuenta de capitalización individual administrada por una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
¿Cómo Solicitar la Pensión de Vejez?
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud, a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las oficinas ChileAtiende. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de vejez.
Si la respuesta al requerimiento es positiva, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para dar inicio a la selección de la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
Las personas interesadas pueden pensionarse en forma anticipada (antes de cumplir el requisito de edad), siempre y cuando logren financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y las rentas declaradas.
Modalidades de Pensión: Retiro Programado vs. Renta Vitalicia
En Chile, existen dos modalidades principales: el retiro programado y la renta vitalicia.
Retiro Programado
En el retiro programado, la AFP sigue siendo la responsable de invertir tu dinero y de entregarte tu pensión con cargo a tu cuenta de capitalización individual. En el retiro programado, la pensión se calcula cada año en función del saldo disponible en tu cuenta, la rentabilidad de los fondos, tu esperanza de vida y la tasa de interés vigente. Como puedes ver, por lo general, el retiro programado te ofrece una pensión más alta al principio, pero que va bajando con el tiempo.
En el retiro programado, puedes cambiar de modalidad de pensión en cualquier momento, siempre que cumplas con los requisitos legales. En el retiro programado, los fondos que haya en tu cuenta de capitalización individual serán pagados como herencia en el eventual caso de que no tengas beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
Renta Vitalicia
En la renta vitalicia, la compañía de seguros se vuelve propietario de tus ahorros, con el compromiso de pagarte tu pensión fija mes a mes. En la renta vitalicia, la pensión se determina al momento de contratar el seguro, en función del saldo traspasado, tu edad, sexo, grupo familiar y la tasa de interés vigente. La renta vitalicia te ofrece una pensión más baja al principio, pero que se mantiene igual con el tiempo.
En la renta vitalicia, no puedes cambiar de modalidad de pensión, ya que el contrato es irrevocable. En la renta vitalicia, dejas de ser dueño de los fondos que traspasas a la compañía de seguros y no puedes acceder a ellos. En la renta vitalicia, no hay herencia, pero existe la posibilidad de contratar voluntariamente el período garantizado, para asegurar las rentas no percibidas a los beneficiarios del fallecido durante un tiempo determinado.
¿Cuál es la Mejor Opción?
No hay una respuesta única a esta pregunta, ya que ambas modalidades de pensión pueden ser una buena opción, dependiendo del caso. Si crees que vivirás más de lo esperado, te conviene la renta vitalicia, ya que te garantiza una pensión de por vida. Por otro lado, si tienes beneficiarios de pensión de sobrevivencia, te conviene la renta vitalicia, ya que les asegura una pensión hasta su fallecimiento. También, si prefieres la seguridad y la garantía, te conviene la renta vitalicia, ya que te ofrece una pensión fija e invariable.
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