En Chile, un potente sistema frontal puede afectar varias regiones, provocando cortes de luz y, en ocasiones, la suspensión del suministro de agua potable. Ante esta situación, es fundamental conocer tus derechos laborales y las responsabilidades de tu empleador.

¿Qué dice la ley sobre tu jornada laboral en caso de corte de agua?

De acuerdo con la información proporcionada por el Gobierno, la empresa debe suspender las labores y avisar a la Inspección del Trabajo correspondiente si un corte de luz afecta la provisión de agua y genera condiciones de inseguridad para los trabajadores.

La seremi del Trabajo, Karen Medina, precisó que la ley establece que el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de Seguridad y Salud en el trabajo. Esto implica que el establecimiento debe contar con agua potable para el consumo de sus trabajadores y disponer de servicios higiénicos con agua para su funcionamiento.

En ese contexto, en caso de no contar con condiciones de funcionamiento básicas, "sea por las vías regulares de suministro o a través de métodos de emergencia", los trabajadores no deben continuar sus funciones y "el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas".

¿Qué debe hacer el empleador?

  • Garantizar las condiciones adecuadas de seguridad y salud en el trabajo.
  • Asegurar el suministro de agua potable para el consumo de los trabajadores.
  • Disponer de servicios higiénicos con agua para el funcionamiento adecuado.
  • Suspender las labores si no se puede garantizar el suministro de agua.

¿Qué puedes hacer si te obligan a trabajar sin suministro de agua?

Si se te obliga a continuar tus labores sin el suministro de agua, puedes denunciar la irregularidad ante la oficina del trabajo. El directivo precisó que cuando el recinto no cuente con agua para los trabajadores es aconsejable que se suspendan las labores y se retomen cuando llegue el suministro.

Si prestas servicios en Viña del Mar, por ejemplo, puedes interponer la denuncia en la Inspección del Trabajo de dicha ciudad.

Corte de agua por lluvias: ¿Me pueden despedir si no puedo ir a trabajar?

No. Esto está prohibido. Si el trabajador se encuentra aislado, refugiado o ha sido evacuado y se ve imposibilitado de acudir a sus labores, no puede ser despedido ni sancionado. Por otro lado, si, a raíz del sistema frontal, se producen retrasos en el transporte o cortes de ruta, el empleador no puede sancionar ni descontar remuneraciones.

¿Qué hacer si te despiden por causal de fuerza mayor debido al mal tiempo?

En ese caso, la Dirección del Trabajo recomienda hacer las denuncias correspondientes a través del fono 600 450 4000 o en www.direcciondeltrabajo.cl.

Histórico de la Dirección del Trabajo (2017)

El ministerio del Trabajo, junto a la DT, señalaron que los trabajadores no pueden efectuar labores sin suministro de agua.

Ante un corte de agua anunciado, la Dirección del Trabajo y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social explicaron que, según la normativa vigente, el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

En esa línea, el ministerio llamó a los trabajadores a que concurran a sus lugares de trabajo, donde "sus empleadores evaluarán la existencia de condiciones adecuadas para el funcionamiento de sus empresas".

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