Lo primero y más importante es definir qué es un finiquito: este es un acuerdo entre trabajador y empleador, por el cual ambas partes ratifican el término de la relación laboral.

En el cual se entiende que finalizan las obligaciones laborales pendientes, con renuncia a las acciones y derechos a interponer cualquier reclamo o demanda con posterioridad a la firma. Este importante documento debe ser dispuesto por el empleador y facilitar para el pago del trabajador dentro de diez días hábiles; este plazo se cuenta desde la separación o despido del trabajador.

Habitualmente el trabajador comete el error de firmarlo sin saber exactamente cuánto dinero le deben, peor aún, siempre o casi siempre terminan engañados recibiendo mucho menos dinero del que por derecho les corresponde, sea por la premura económica, por la desesperación y especialmente por la falta de orientación o asesoría legal. Por lo que cabe señalar que es muy importante que te asesores con un Abogado Laboral, porque el finiquito implica renunciar a ejercer cualquier reclamo o acción judicial posterior.

Consideraciones:

  • El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. En el caso en que el trabajador no se encuentre conforme con lo estipulado dentro del finiquito, éste puede abstenerse de firmar hasta lograr un nuevo acuerdo o redacción del finiquito, si es tu caso, busca un Abogado Laboral.
  • La firma del finiquito se debe realizar frente a un ministro de fe, te recomendamos la Inspección del Trabajo, pero en Notaría también es válido.
  • El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones de AFP, de salud y cesantía del trabajador. Si no es así, el fin del contrato no puede realizarse y aplica la LEY BUSTOS.

En el finiquito se deben pagar:

  1. Remuneraciones pendientes.
  2. Feriado Legal
  3. Feriado Proporcional
  4. Feriado Progresivo (si correspondiere)
  5. Años de Servicio.
  6. Aviso Previo.
  7. Beneficios Sindicales (si correspondiere)
  8. Otras Indemnizaciones

En caso de despido o renuncia, el artículo 177 del Código del Trabajo, modificado por la ley N.º 20.684, establece el plazo de 10 días hábiles, por lo que lo más recomendable es iniciar las acciones interponiendo, lo antes posible, un Reclamo Administrativo en la Inspección del Trabajo.

En la actualidad es posible hacer eso en línea en dt.gob.cl con su clave única personal. Además, es posible hacer este mismo tramite presencial. Estos 10 días, pues es aquel el plazo que tiene el empleador para poner a disposición de su trabajador el finiquito.

El plazo se cuenta desde que termina la relación laboral, separación del trabajador de sus funciones, ya sea por despido o la renuncia. Si este plazo ya paso y el empleador no se ha comunicado para coordinar la firma y pago del finiquito y posterior a la instancia administrativa de la Inspección del Trabajo, se debe interponer una demanda por el despido injustificado.

Preguntas frecuentes sobre el no pago del finiquito

¿Qué sucede si firmé mi finiquito y aún no me lo han pagado?

Cuando ya has firmado el finiquito y el empleador incumple con el pago, la vía más eficaz es interponer una demanda ante el tribunal de cobranza laboral.

Es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral, ya que, una vez firmado el finiquito, la Inspección del Trabajo pierde competencia y únicamente un tribunal puede obligar al empleador a cumplir mediante un juicio ejecutivo laboral. Este procedimiento tiene efectos similares a una sentencia judicial y, por lo general, es relativamente rápido.

Despido o renuncia: ¿Qué hacer si pasaron más de 10 días sin pago?

Tras la terminación de la relación laboral -ya sea por despido o renuncia- el empleador tiene un plazo de 10 días hábiles para poner a disposición del trabajador el finiquito.

Si este plazo se excede y no recibes el pago, lo ideal es presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo. Es importante recordar que, salvo que exista un acuerdo de pago en cuotas entre las partes, el finiquito debe abonarse en un solo acto.

Sin contacto a los 10 días: ¿Qué implica no recibir la llamada para firmar el finiquito?

Si, transcurridos 10 días desde la finalización de tu contrato, el empleador no se pone en contacto para formalizar la firma del finiquito, debes actuar de inmediato. Iniciar un reclamo a la brevedad es esencial, ya que los plazos para ejercer acciones legales comienzan a contar desde ese momento.

¿Puedo rechazar que me paguen el finiquito en cuotas?

La ley te respalda para rechazar el pago fraccionado de tu finiquito. Si el empleador intenta ofrecer el pago en cuotas, no estás obligado a aceptarlo.

¿Qué hacer si ya firmé el finiquito en cuotas y no recibo el pago?

En caso de que ya hayas firmado el finiquito con la modalidad de pago en cuotas y el empleador incumpla, la acción recomendada es interponer una demanda ante el Juzgado de Cobranza Laboral correspondiente.

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