En Chile, el Seguro de Cesantía es un derecho para los trabajadores afiliados, que les permite acceder a beneficios económicos en caso de desempleo. Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Retiro de Fondos de Cesantía para Pensionados
Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Requisitos y Trámites
Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP. No debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que cualquier pensión por AFP. No debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite.
Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
Dónde Realizar el Trámite
Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
Consulta y Reclamos ante la Superintendencia de Pensiones (SP)
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web, oficinas, call center y correo postal de la SP. Carta dirigida a la Superintendencia de Pensiones (SP) para realizar una consulta o reclamo sobre temas previsionales y Seguro de Cesantía.
Importante: si realiza la consulta online, puede incluir un documento adjunto (PDF o Word) de no más de tres páginas y con un peso máximo de 2 megabytes (MB). Importante: la aplicación solo permite realizar consultas. Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos y haga clic en "Enviar". Llame al call center de la Superintendencia de Pensiones al 600 831 2012, desde red fija.
Beneficios Adicionales del Seguro de Cesantía
La afiliación al Seguro de Cesantía es permanente e irrenunciable. Primer pago al 70% promedio de sus remuneraciones: últimas si tuvo contrato fijo y últimas 10 en caso de indefinido.
Aporte a AFP durante el Cobro del Seguro de Cesantía
Aporte a AFP: 10% de aporte a la pensión mientras esté cobrando el Seguro de Cesantía. Este es un beneficio vigente desde el 1 de mayo, por lo que sus pagos a partir de esa fecha contemplan este aporte.
Fondo de Cesantía Solidario
¡Importante! Se trata de un beneficio adicional, que consiste en dos pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Se activa siempre que el beneficiario permanezca cesante y se hayan agotado sus fondos, independiente del tipo de contrato que tuvo.
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