“Hace muchos meses que no recibo el pago de la pensión de alimentos”. Desafortunadamente, esta frase no es nueva. Si te encuentras en esta situación, es crucial saber qué pasos seguir y qué opciones legales están disponibles para ti.
Entendiendo la magnitud de la deuda
Antes de tomar decisiones, es importante entender la magnitud del monto adeudado. Para eso, es importante hacer una solicitud de liquidación de la deuda de pensión de alimentos.
Es por lejos, una de las solicitudes más recurrentes que realizan las personas que tienen una causa de pensión de alimentos, ya que permite conocer oficialmente, a través del tribunal, las fechas y montos de todos los pagos y abonos, junto con los períodos impagos.
A diferencia de muchos trámites en los que sí necesitas contar con representación de un abogado o abogada, solicitar una liquidación no es uno de ellos.
Opciones para perseguir el cumplimiento
Frente al no pago de pensión de alimentos existen diversos mecanismos legales cada vez más eficientes para lograr un resultado exitoso. Si bien entendemos el desgaste de perseguir un cumplimiento en esta materia, recomendamos actuar en un plazo breve para obtener mejores resultados.
Por otro lado, si una persona lleva años con un contrato de trabajo, puede ser tremendamente conveniente perseguir el cumplimiento a través de un descuento de su remuneración por parte de su empleador.
En Total Abogados entendemos que no en todos los casos se puede contar con esta información, ya que existen casos en que el vínculo entre el alimentante y el alimentario es prácticamente inexistente.
La nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo, pone al tribunal de familia en un rol mucho más activo para identificar el patrimonio del deudor y perseguir su cumplimiento.
Estas solicitudes las puedes realizar por tu cuenta o asistido por un abogado o abogada. Esta segunda alternativa es altamente recomendable, ya que no sólo significa un ahorro de tiempo, sino que te permite obtener un correcto seguimiento de tu causa de cumplimiento, y ser mucho más eficiente.
Medidas que puede ordenar el tribunal
El tribunal puede decretar una o más de las siguientes medidas:
- Ordenar arresto nocturno (22:00 a 6:00 horas) hasta por 15 días.
- Ordenar arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
- Ordenar su arraigo o prohibición para salir del país hasta que se pague lo adeudado.
Además, el tribunal puede:
- Oficiar al empleador, en el caso que el o la deudora sea trabajador dependiente, para que retenga de su remuneración, la suma correspondiente a la pensión alimenticia para que la deposite en la cuenta del alimentario que corresponda.
- Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
- Retener su devolución de impuesto a la Renta.
- Embargar y rematar sus bienes hasta el pago total de la deuda alimenticia.
Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.
Será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro).
El Servicio de Registro Civil e Identificación será la institución a cargo de este registro.
Para ser inscrito en este registro, se requiere:
- Que los alimentos se encuentren regulados por el tribunal, en forma provisoria o definitiva, o acordados por las partes con aprobación judicial; y
- Que adeuden pensiones, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.
La ley 21.389 estableció para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores, las siguientes sanciones:
- Si solicita un crédito bancario igual o superior a 50 unidades de fomento, el banco retendrá parte de los fondos, también se retendrán devoluciones de impuestos, dineros por venta de inmuebles o vehículos.
- No podrán renovar licencias de conducir ni pasaportes.
- No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado (estos se destinarán al pago de las deudas).
- Si es funcionario o funcionaria pública o de elección popular, la institución en la que trabaja le retendrá un porcentaje de su sueldo. Asimismo, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
- Se establece como una forma de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de la pensión de alimentos.
- Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del o de la deudora despedido o despedida del trabajo.
- Se establece como parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
- Si vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
- Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
- Estas deudas serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.
Se cancela la inscripción cuando se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.
La cancelación de la inscripción en el Registro debe ser ordenada por el tribunal respectivo.
¿Qué hacer si creciste sin recibir pensión de alimentos?
Si creciste sin recibir pensión de alimentos de tu papá, puede que te preguntes qué derechos tienes y qué pasos podrías seguir ahora. En Chile, el derecho a recibir pensión de alimentos está protegido por la ley, y existen mecanismos legales para exigir el cumplimiento de esta obligación, incluso si ya eres mayor de edad.
- Si tu papá nunca cumplió con su obligación, podrías demandar el pago de las pensiones alimenticias que quedaron impagas. Lo importante acá es que la pensión haya sido regulada vía mediación o tribunal de familia.
- El incumplimiento reiterado de la pensión alimenticia podría ser considerado como abandono de deberes parentales.
- En algunos casos, se podría evaluar si el incumplimiento afectó tu bienestar emocional y desarrollo personal.
- Un abogado de familia puede ayudarte a evaluar tu caso y determinar las mejores opciones legales.
- En caso de que tu papá no cuente con los recursos suficientes para cubrir las pensiones adeudadas, la ley permite que esta obligación se extienda a los abuelos.
- Aunque ya no seas menor de edad, puedes exigir pensión alimenticia si estás estudiando y no tienes recursos propios para mantenerte. Si superaste la edad legal de los 28 años, no podrás solicitar que se regule la pensión de alimentos porque ya estás fuera del plazo fijado por ley.
Crecer sin el apoyo económico de tu papá puede ser difícil, pero la ley chilena ofrece herramientas para buscar justicia y exigir lo que te corresponde, siempre y cuando haya estado regulada la pensión.
Actúa rápido, pero sin perder el control
Si no tienes una respuesta satisfactoria, y la situación se mantiene en el tiempo, asesórate, evalúa tus opciones y da inicio a las acciones que establece la ley para obtener el cumplimiento forzado de la obligación. Mientras más tiempo pase en inactividad de las partes (demandante y demandado), la deuda seguirá creciendo, generando un menoscabo familiar importante y reduciendo tus opciones de obtener el cumplimiento de la deuda.
En Total Abogados, contamos con un equipo de expertos en derecho de familia listos para asesorarte y acompañarte en cada paso.
TAG: #Pension #Alimenticia

