Los procesos de contratación de personal requieren la evaluación e implementación de diferentes esquemas laborales. Uno de ellos se refiere a la duración de la jornada de trabajo. Es así que muchas empresas optan por ofrecer el contrato a tiempo parcial. En consecuencia, cubren sus necesidades operativas de forma más eficiente. Por lo tanto, aquí hablaremos del contrato laboral a medio tiempo.
¿Qué es un Contrato a Tiempo Parcial?
Un contrato a tiempo parcial es el que establece menos horas que la jornada completa. En Chile, no existe una Ley de Contrato de Trabajo. Según la reciente Ley 21561 que modifica el CT, el contrato a tiempo parcial tiene 30 horas semanales o menos. Para la jornada de trabajo de 45 horas, 30 horas representan los ⅔. No obstante, con la nueva jornada de 40 horas, el legislador cambió el criterio para fijarlo en 30 horas. Aquí cambió el criterio de cálculo por un número exacto de 30 horas. Si se mantuviese el criterio de ⅔ para el contrato de trabajo a medio tiempo, esta habría sido de 26,66 horas.
Derechos Laborales en Contratos a Tiempo Parcial
En Chile, los trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial gozan de los derechos que se contemplan en el CT. Como resultado, encontramos que los tipos de contrato de trabajo a tiempo parcial pueden ser los mismos de jornada completa. En este contrato de trabajo a tiempo parcial el trabajador ejecuta una obra material o intelectual. Sin embargo, la duración del contrato de trabajo a medio tiempo no podrá renovarse en forma sucesiva más de dos veces. El contrato de trabajo a tiempo parcial de plazo indefinido es aquel en que no existe un plazo de terminación.
Además de este criterio, la Dirección del Trabajo hace otra clasificación de tipos de contrato de trabajo. Esto lo hace en la última Encuesta Laboral ENCLA 2019. Se basa en la cantidad de horas del contrato de trabajo a medio tiempo. El CT da libertad a los empleadores para decidir cuándo usar el contrato de trabajo a tiempo parcial. El deseo de mayor flexibilidad es una de las prioridades del trabajador chileno. Este tipo de contrato de es una opción que deja tiempo libre para familia o estudios. En este sentido, el Workmonitor 2022 de la consultora Randstad confirma su importancia. Con un contrato de trabajo a media jornada, las empresas pueden acceder a más talento.
Beneficios de un Contrato a Media Jornada
Un contrato de trabajo a tiempo parcial permite que el trabajador esté en mejores condiciones durante la jornada. La base de cálculo para el pago de horas extraordinarias no puede ser inferior al salario mínimo fijado por la Ley. Este contrato de trabajo no recibe los mismos niveles de gratificación del 4,75 previsto en el art. Este tipo de contrato de trabajo no puede excluirse de los beneficios de feriado anual, vacaciones e indemnizaciones.
Tipos de Jornadas Laborales en Chile
En Chile existen distintos tipos de jornadas laborales de acuerdo al tipo de empresa. Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer de qué se trata cada una de estas jornadas en detalle. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal. En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.
Jornadas Especiales:
- 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
- 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
- 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.
Por otro lado, es importante recordar que el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado. Bisemanal: Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas. Jornada Parcial: Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora.
De acuerdo a lo que dispone el Código del Trabajo (CT), en Chile existen muchos tipos de jornada laboral y para definir su horario dependerán factores como el rubro en el que se esté desarrollando cada trabajador. Pero empecemos por lo primero: ¿Qué significa la jornada laboral? Su definición se encuentra especificada en el artículo 21 del CT y se trata del tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. También conocido como “jornada ordinaria larga” por su extensión de 12 horas.
Entre los tipos de jornada laboral también se encuentra el bi-semanal, tratándose de trabajos que se realizan en “apartados de centros urbanos” y su distribución ordinaria es de 90 horas que pueden ser repartidas en 10, 11 o 12 días con derecho a descanso de cuatro, tres o dos días íntegros que también podrán ser compensatorios en domingos y festivos trabajados. Art. “La jornada parcial es aquella que no es superior a dos tercios de la jornada ordinaria de trabajo. Vale decir, 30 horas semanales o menos.
En este inciso del artículo 22, se establece que ciertos trabajadores pueden quedar excluidos de la limitación de jornada de trabajo. Es muy conocido que empleadores otorgan el artículo 22, inciso segundo a sus empleados para evitar el registro de asistencia de ellos. Si esto fuera alguno de los casos, se deberá establecer una jornada laboral determinada en contrato y el trabajador deberá registrar su ingreso y salida diaria en el registro de asistencia.
Horas Extras
Es importante remarcar que el Código del trabajo tiene una serie de artículos especialmente dedicados a diferentes labores. Es importante que las horas extras se pacten por escrito y con una vigencia no superior a 3 meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes. Según lo mencionado en el párrafo anterior, no puede existir una situación de horas extra permanente en el tiempo. Es decir, debe pagarse mínimo un 50% más sobre el valor que se paga por la hora ordinaria. Es decir, si la hora ordinaria vale $1.000, la hora extraordinaria debe ser pagada a lo menos en $1.500.
De esta misma forma se pagan las horas extras de trabajo realizadas el día domingo, festivo o en horario nocturno, siempre que se trate de trabajadores no autorizados para trabajar esos días. En el caso de que la jornada sea de 45 horas semanales, debe dividirse el sueldo del empleador por 30 y el resultado multiplicarse por 28. El resultado debe dividirse por 180; obteniendo así el valor de la hora ordinaria.
El valor de la hora ordinaria diaria obtenida debe aumentarse en un 50% (recargo legal) o por el porcentaje que se haya pactado si es superior. Para obtener el valor de la hora extraordinaria, debe multiplicarse por el número de horas extras que en la respectiva semana se ha consignado en el registro de control de asistencia. Por ejemplo, si el sueldo del trabajador es de $500.000, la hora de trabajo ordinaria vale $2.593, por ende la hora extraordinaria vale $3.890 ($2.593+$1.296 (50% de recargo legal)).
En este caso, debe multiplicarse el valor de la hora por el número de horas que comprende la jornada semanal del trabajador. Al resultado debe sumarse lo percibido por concepto de semana corrida. El resultado obtenido debe dividirse por el número de horas ordinarias que contempla la jornada semanal. A igual valor se llega si se multiplica el valor hora incrementado por la semana corrida por el factor 1,5.
Entonces, si la hora ordinaria vale $3.000 y el trabajador trabaja 20 horas a la semana, esto nos daría $60.000. La ley establece que se puede trabajar a diario un máximo de 2 horas extras y un total de 12 horas a la semana. Las horas extras son controladas mediante los registros de asistencia que cada empleador tiene la obligación de llevar a través de un libro de asistencia del personal, un reloj control de registro o un sistema con huella digital, entre otras alternativas que existen.
Descanso y Colación
“La jornada de trabajo se dividirá en dos partes, dejándose entre ellas, a lo menos, el tiempo de media hora para la colación. No. No es obligación otorgar descanso para colación cuando los trabajadores tienen una jornada de trabajo diaria de 2 o 3 horas. No existe razón alguna para obligar a los trabajadores a tomar el descanso de colación en el recinto de la empresa. Sí. Sólo se ha limitado el período de descanso para colación a un tiempo mínimo, no inferior a media hora, por lo que, en principio, no habría inconveniente para que las partes puedan acordar un lapso superior a media hora.
Consideraciones Adicionales
En un contexto normal, efectivamente se pueden descontar las horas no trabajadas. Bajo ninguna circunstancia. El empleador no se puede eximir de la obligación de otorgar un trabajo que ha sido convenido por contrato. El atraso no es razón suficiente para impedir que un trabajador ingrese. Si un trabajador debe desplazarse para llegar a su trabajo nocturno dentro del horario de toque de queda, no podrá realizarlo. Por el contrario, si un trabajador se encuentra trabajando ya en horario de toque de queda, deberá esperar hasta que el toque de queda acabe para poder salir.
En una semana típica, un trabajador dependiente en la OCDE, contratado por una jornada completa, dedica 40,3 horas a la semana en su empleo. En las últimas dos décadas, este promedio ha caído en la mayoría de los países de la organización. Las reducciones más importantes han ocurrido en Chile, Eslovaquia y el Reino Unido, con una caída de unas dos horas de trabajo habitual a la semana. La media de horas trabajadas en una jornada completa varía entre las 37 horas a la semana en Dinamarca y algo más de 48 en México. En Chile el promedio es cercano a 46. Estas diferencias reflejan diversidad en las leyes sobre jornadas ordinarias y extraordinarias, y en el espacio de negociación entre trabajadores y empleadores respecto de esta temática.
Impacto de la Reducción de la Jornada Laboral
¿Qué sucede con la productividad, salarios y empleo cuando en una economía se reduce por ley la jornada laboral? La respuesta depende de qué hay detrás de la cantidad de horas de trabajo en la situación inicial. Por un lado, es posible que la economía esté en un equilibrio de trabajo excesivo. Este sería el caso si, por ejemplo, los trabajadores prefieren trabajar menos horas que las actuales, pero al mismo tiempo quieren ser vistos como trabajadores comprometidos para mejorar sus oportunidades de desarrollo. Ello lleva a todos a permanecer más horas en el empleo, en una competencia por quién se ve mejor ante el empleador. En este caso, una reducción legal de las horas elevaría el bienestar de los trabajadores, sin efectos negativos sobre la productividad.
Sin embargo, también puede ser que el cambio restrinja las oportunidades de los trabajadores y sus empleadores, con los consecuentes efectos negativos sobre empleo, salarios y productividad. Los estudios empíricos muestran efectos diversos de estos cambios legales. En Francia (1982) y Alemania (1985) se redujo el empleo entre los trabajadores afectados, mientras que en Brasil (1988) y en la provincia de Quebec en Canadá (1997) no hubo un impacto aparente en la ocupación. Más recientemente, la rebaja en la jornada en Francia decretada a inicios de los 2000 no parece haber tenido efectos en el empleo agregado. Sin embargo, de acuerdo a la literatura, un grupo relevante de trabajadores tomó un segundo empleo, mientras que otros fueron reemplazados por trabajadores desempleados a quienes se les pagó un salario menor.
Así, reducir la jornada legal tiene efectos inciertos: puede elevar el bienestar de los trabajadores, pero también puede reducirlo, limitando sus oportunidades de empleo y los salarios. Por ello, una propuesta en este sentido, como la de rebajar la jornada ordinaria de 45 a 40 horas a la semana que está en discusión en el Congreso, debe diseñarse de forma particularmente cuidadosa. Un camino razonable es combinar la rebaja de la jornada con nuevas opciones para elevar la productividad.
Propuesta de Jornada de 180 Horas Mensuales
La jornada de 180 horas al mes propuesta al Congreso por el Ejecutivo es una opción interesante. Por una parte, conlleva una reducción de las horas trabajadas: como el mes tiene más de cuatro semanas, 180 horas mensuales es una jornada más corta que 45 horas semanales. Por la otra, permite organizar la jornada de manera más dinámica, haciéndose cargo de algunas de las naturales diferencias en las necesidades de trabajadores y empresas en los distintos sectores productivos, temporadas del año y momentos del ciclo económico. Bajo esta modalidad, trabajadores y empleadores podrían, individualmente, pactar jornadas mensuales sobre la base de las mismas horas y días continuos que en la jornada actual de 45 horas a la semana.
El empleador tendría así la opción de responder a pedidos extraordinarios de producción que la rígida jornada actual a veces impide tomar, elevando la productividad. El trabajador trabajaría menos horas: el equivalente a unas 41,5 horas a la semana. Una de las críticas a esta idea es que serán los empleadores quienes escojan los horarios; a los trabajadores no les quedará más que aceptar. Es muy cierto que trabajadores y empleadores no tienen el mismo poder de negociación. Pero es la regulación la que resguarda que no se produzcan abusos.
La nueva jornada está diseñada sobre la base de los mismos máximos de horas y días de trabajo continuo, y los mismos días de descanso, feriados y vacaciones. Si la protección actual parece adecuada, entonces la que ofrece las 180 horas mensuales también lo debiera. Pocas veces nos vemos enfrentados a la posibilidad de cambios en la regulación laboral que puedan favorecer a trabajadores y empleadores a la vez. La jornada de 180 horas mensuales es una de ella, pues combina adecuadamente la reducción de jornada que proponen unos, con la posibilidad de ajustarse ante el ciclo económico que demandan otros, resguardando la calidad de vida de los trabajadores.
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