El sistema previsional chileno tiene como objetivo entregar pensiones a quienes hayan terminado su vida laboral activa por haber cumplido la edad legal de jubilación o por algún impedimento para continuar trabajando. Para ello se estableció que, cada trabajador que cotice debe disponer para el ahorro previsional un 10% obligatorio de su renta imponible mensual.
Para financiar los beneficios que otorga este sistema, el afiliado debe efectuar determinadas cotizaciones en la AFP en que se encuentra incorporado, las que se acreditan en Cuentas Personales que se abren para financiar su futura pensión. Para lo anterior, cada afiliada o afiliado a una AFP debe cotizar de manera obligatoria el 10% de su remuneración, sueldo o ingreso imponible en una cuenta de capitalización individual en una AFP.
El ahorro previsional se construye con las cotizaciones mensuales de los trabajadores. Es un registro (Cuenta) expresado en cuotas en el que se imputan las cotizaciones obligatorias de los afiliados, 10% de la renta imponible. Es una cuenta única que se mantiene durante toda la vida y tiene por objetivo acumular fondos para financiar las pensiones del afiliado y sus beneficiarios.
Asimismo, el saldo disminuye producto del pago de pensión o por retiros anticipados de fondos. El saldo de la cuenta aumenta con los movimientos de ingresos que registra, tales como cotizaciones, transferencias, Bono de Reconocimiento si corresponde u otros aportes. En caso de fallecimiento, se utilizan para pagar las pensiones que correspondan a los beneficiarios legales, si los hubiere.
Se debe recordar que los fondos de pensiones están expresados en cuotas, que son una unidad de medida que expresa el valor de los ahorros acumulados por los trabajadores en sus cuentas individuales. La rentabilidad depende del tipo de fondo en que el afiliado mantiene sus recursos previsionales. Los fondos A y B son los más riesgosos, pero en el largo plazo podrían generar mayor ganancia. Cada afiliado puede disponer de hasta siete Cuentas Personales en la Administradora de Fondos de Pensiones en que se encuentra incorporado.
¿Qué es el Bono de Reconocimiento?
El Bono de Reconocimiento (BR) es un beneficio para aquellas personas que cotizaron en el antiguo sistema previsional y luego se cambiaron a una AFP.
¿Quiénes pueden optar al Bono de Reconocimiento?
De acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo, del artículo 12 transitorio del D.L., pueden optar al Bono de Reconocimiento:
- Aquellos que en el Antiguo Sistema Previsional hubieren podido pensionarse con edades inferiores a 65 años, si son hombres y 60 años, si son mujeres, de acuerdo a lo establecido en el D.L.
- Aquellos que hayan sido imponentes de regímenes previsionales a que se refiere el artículo 1° del D.L.
Asimismo, para efectos del cómputo de los 23 años de cotizaciones previsionales exigidas, se considerarán los períodos de cotizaciones registrados en calidad de trabajador independiente en el Sistema de Pensiones del D.L. N° 3.500, de 1980.
Cobro Anticipado del Bono de Reconocimiento
Cuando el afiliado, perteneciente al Antiguo Régimen de previsión, hubiera podido pensionarse en éste con edades inferiores a 60 ó 65 años, según se trate de mujeres u hombres, respectivamente, en conformidad a las normas contenidas en el D.L.
El IPS actuará de oficio tanto para iniciar el trámite de cobro anticipado como para finalizarlo, sin exigir al afiliado que presente solicitud de cobro anticipado, ni tampoco requerimiento alguno por parte de la AFP para su visación, con excepción de aquellos casos especiales en que el IPS considere que hay que adjuntar mayores antecedentes. Para solicitarlo, debes ingresar a tu Sucursal Virtual.
Proceso de Solicitud de Cobro Anticipado
A continuación, se detalla el proceso que sigue la AFP al recibir una solicitud de cobro anticipado del Bono de Reconocimiento:
- Verificar si el afiliado registra otra solicitud en trámite o si su Bono se encuentra en un trámite o estado incompatible con la nueva solicitud de cobro anticipado, según la Matriz de Trámites concurrentes que se define en el Anexo N°6. En caso que la Administradora determine que no procede tramitar la solicitud de cobro anticipado, a más tardar el día hábil siguiente deberá devolver la solicitud de cobro anticipado al trabajador, informándole los motivos por los cuales no fue cursado su requerimiento. Si el motivo obedece a que el Bono de Reconocimiento no está emitido, deberá informarle que una vez emitido, podrá suscribir una nueva solicitud de cobro anticipado.
- Informar la solicitud de cobro anticipado a la empresa de depósito y custodia de valores, a través de una comunicación electrónica, dentro de los 5 días hábiles siguientes al de su recepción.
El Emisor remitirá a la AFP y a la empresa de depósito y custodia de valores un archivo con el resultado de la solicitud de Cobro Anticipado, en un plazo de 60 días desde la fecha de la solicitud, señalando cuando corresponda si procede o no la rebaja de años.
Respecto de los trabajadores que se encuentran incorporados a la Administradora, cuyos cobros anticipados de Bonos fueron aceptados o rechazados, a más tardar el día hábil siguiente de recibidas las respuestas del Emisor, la Administradora registrará en la empresa de depósito y custodia de valores el resultado del trámite de cobro anticipado.
Por la "Solicitud de Trámite Bono de Reconocimiento" (Trámite solicitado: Cobro Anticipado) aceptada, el IPS procederá a emitir un nuevo BR, con la nueva fecha de vencimiento según el procedimiento de emisión; esto último en el caso que la nueva fecha de vencimiento corresponda a una fecha futura.
Consideraciones Adicionales
Cuando el trabajador efectúa cotizaciones especiales por trabajos pesados, puede adelantar su edad de pensión de vejez en un año por cada 5 años de trabajos pesados.
Para la elaboración del referido Informe, el afiliado será entrevistado en la citada sucursal; en este acto se le pedirá una descripción sobre los trabajos realizados, a fin de determinar si ellos revisten la calidad de trabajos pesados.
No esperes que otros te digan cuándo es el mejor día para elegir tu AFP, hoy es el momento para que tú decidas tomar las riendas de tu futuro. Ingresa y simula tu pensión, planifica un plan de ahorro mensual y empodérate de tu futuro. Hoy es el mejor día para comenzar a ocuparte de tu futura jubilación.
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